Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Trasierra. (03091/2023)
Aprobación definitiva de la Ordenanza reguladora de la recogida de residuos
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Ayuntamiento de Trasierra

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ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTOS
Ayuntamiento de Trasierra
Trasierra (Badajoz)
Anuncio 3091/2023
Aprobación definitiva de la Ordenanza reguladora de la recogida de residuos

APROBACIÓN DEFINITIVA
Al no haberse presentado reclamaciones durante el plazo de exposición al público, queda automáticamente elevado a
definitivo el acuerdo plenario inicial aprobatorio de la Ordenanza municipal reguladora de regulación de todas aquellas
conductas y actividades dirigidas al depósito y la recogida de residuos de competencia municipal, cuyo texto íntegro se hace
público, para su general conocimiento y en cumplimiento de lo previsto en el artículo 70.2 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, de
Bases del Régimen Local.
Ordenanza de Recogida de Residuos
ÍNDICE
Exposición de motivos.
Título I. Disposiciones generales.
Artículo 1. Objeto y ámbito de aplicación.
Artículo 2. Definiciones.
Artículo 3. Marco competencial.
Artículo 4. Prestación de los servicios.
Artículo 5. Obligaciones de los usuarios.
Artículo 6. Actuaciones no permitidas y obligaciones en relación con el abandono y la entrega incorrecta de los
residuos.
Artículo 7. Financiación de los servicios de recogida.
Título II. Del servicio de recogida.
Capítulo 1. Disposiciones generales sobre el servicio de recogida.
Artículo 8. Actuaciones incluidas en el servicio de recogida.
Artículo 9. Modalidades del servicio de recogida.
Artículo 10. Información sobre separación y recogida de residuos.
Artículo 11. Sensibilización, educación e información sobre separación y recogida de residuos.
Artículo 12. Contenedores.
Capítulo 2. Disposiciones sobre la recogida de los distintos residuos.
Sección 1.ª. Recogida separada de los residuos de competencia municipal.
Artículo 13. Disposiciones generales.
Artículo 14. Reglas específicas para la recogida de residuos generados como consecuencia de actividades
económicas.
Artículo 15. Recogida separada de residuos de envases ligeros.
Artículo 16. Recogida separada de residuos de papel y cartón (incluidos los envases de este material).
Artículo 17. Recogida separada de residuos de envases de vidrio.
Artículo 18. Recogida separada de biorresiduos. Compostaje doméstico y compostaje comunitario.
Artículo 19. Normas específicas sobre la recogida de residuos de envases, residuos de papel cartón no
envases y biorresiduos.
Artículo 20. Recogida separada de residuos de medicamentos y de sus envases.
Artículo 21. Recogida separada de residuos de aparatos eléctricos y electrónicos.
Artículo 22. Recogida separada de residuos de pilas y acumuladores.
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

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