Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Burguillos del Cerro. (03068/2023)
Aprobación definitiva del Reglamento de régimen interno del Programa Colaborativo Rural "El Fogón de San Gregorio II"
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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Ayuntamiento de Burguillos del Cerro
Anuncio 3068/2023
Poner en práctica mecanismos, materiales didácticos recursos educativos acorde al colectivo
participante.
Fomentar la colaboración y el trabajo en equipo mediante la participación solidaria, y la adquisición de
normas y hábitos de trabajo individual y colectivo.
Consolidar el grupo de participantes, partiendo del análisis de las expectativas previas.
Elaborar la metodología específica de intervención, actuación y formación en base a los perfiles socioculturales-económicos de los/as participantes.
Artículo 4. Derechos y deberes.
4.1. Derechos.
a) La libertad de conciencia e intimidad personal, que incluye, entre otras cosas, la libertad de opinión.
b) A la igualdad en el trato sin discriminación alguna por razón de edad, raza, sexo o religión.
c) A manifestar su opinión sobre los aspectos del programa que le afecten.
d) La integridad física y moral.
e) A la garantía de sus derechos laborales de acuerdo con la legislación vigente.
f) A la utilización de las instalaciones y medios de que dispone el centro para los fines que les son propios.
Además, los/as beneficiarios/as del programa tendrán derecho:
g) A la adquisición de una formación teórica y práctica necesaria para el desempeño adecuado de un oficio o
de un puesto de trabajo que requiera un determinado nivel de cualificación.
h) A una formación que asegure tanto el desarrollo personal como laboral.
i) A una evaluación objetiva mediante criterios objetivos y públicos.
4.2. Deberes.
a) Respetar la dignidad de cuántas personas formen parte del programa, así como mantener una actitud
cívica en su comportamiento personal.
b) Cumplir las obligaciones establecidas para su desarrollo, conforme a las reglas establecidas.
c) Respetar las normas internas del programa, así como las que se deriven específicamente del contrato de
trabajo y demás disposiciones concordantes.
Además, los/as beneficiarios/as del Programa quedarán obligados a:
d) Obedecer las instrucciones del personal encargado de su formación, Monitores/as, Coordinadora-Técnica
Tutora, en el ejercicio regular de sus funciones.
e) Adoptar medidas de seguridad e higiene en el trabajo, utilizando correctamente las protecciones y medio
que el programa pone a su disposición.
f) Realizar las tareas concretas que les sean encomendadas bajo la dirección del Monitor/a y CoordinadoraTécnica en su caso, pudiendo ser adoptadas por el equipo de formadores las oportunas medidas de vigilancia
y control para verificar tanto el cumplimiento de las obligaciones como el grado de aplicación del/la
trabajador/a participante.
g) Participar activamente en las clases complementarias de su formación integral, cumpliendo con las tareas
que les sean encomendadas por los/as Docentes.
h) Guardar el debido respeto a los/as compañeros/as, manteniendo la corrección y colaboración con ellos/as
en el trabajo cuando sea necesario.
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop
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Poner en práctica mecanismos, materiales didácticos recursos educativos acorde al colectivo
participante.
Fomentar la colaboración y el trabajo en equipo mediante la participación solidaria, y la adquisición de
normas y hábitos de trabajo individual y colectivo.
Consolidar el grupo de participantes, partiendo del análisis de las expectativas previas.
Elaborar la metodología específica de intervención, actuación y formación en base a los perfiles socioculturales-económicos de los/as participantes.
Artículo 4. Derechos y deberes.
4.1. Derechos.
a) La libertad de conciencia e intimidad personal, que incluye, entre otras cosas, la libertad de opinión.
b) A la igualdad en el trato sin discriminación alguna por razón de edad, raza, sexo o religión.
c) A manifestar su opinión sobre los aspectos del programa que le afecten.
d) La integridad física y moral.
e) A la garantía de sus derechos laborales de acuerdo con la legislación vigente.
f) A la utilización de las instalaciones y medios de que dispone el centro para los fines que les son propios.
Además, los/as beneficiarios/as del programa tendrán derecho:
g) A la adquisición de una formación teórica y práctica necesaria para el desempeño adecuado de un oficio o
de un puesto de trabajo que requiera un determinado nivel de cualificación.
h) A una formación que asegure tanto el desarrollo personal como laboral.
i) A una evaluación objetiva mediante criterios objetivos y públicos.
4.2. Deberes.
a) Respetar la dignidad de cuántas personas formen parte del programa, así como mantener una actitud
cívica en su comportamiento personal.
b) Cumplir las obligaciones establecidas para su desarrollo, conforme a las reglas establecidas.
c) Respetar las normas internas del programa, así como las que se deriven específicamente del contrato de
trabajo y demás disposiciones concordantes.
Además, los/as beneficiarios/as del Programa quedarán obligados a:
d) Obedecer las instrucciones del personal encargado de su formación, Monitores/as, Coordinadora-Técnica
Tutora, en el ejercicio regular de sus funciones.
e) Adoptar medidas de seguridad e higiene en el trabajo, utilizando correctamente las protecciones y medio
que el programa pone a su disposición.
f) Realizar las tareas concretas que les sean encomendadas bajo la dirección del Monitor/a y CoordinadoraTécnica en su caso, pudiendo ser adoptadas por el equipo de formadores las oportunas medidas de vigilancia
y control para verificar tanto el cumplimiento de las obligaciones como el grado de aplicación del/la
trabajador/a participante.
g) Participar activamente en las clases complementarias de su formación integral, cumpliendo con las tareas
que les sean encomendadas por los/as Docentes.
h) Guardar el debido respeto a los/as compañeros/as, manteniendo la corrección y colaboración con ellos/as
en el trabajo cuando sea necesario.
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Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
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