Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de La Roca de la Sierra. (03047/2023)
Aprobación definitiva del Reglamento de régimen interno del programa colaborativo rural "Cancho del Búho"
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Ayuntamiento de La Roca de la Sierra

Anuncio 3047/2023

1.- El respeto a su dignidad personal y a su conciencia cívica, moral y religiosa.
2.- Ser formados en condiciones de libertad y dignidad, en la comprensión y en la tolerancia.
3.- Formular ante la dirección y personal docente cuantas iniciativas, sugerencias y reclamaciones estimen
oportunas.
4.- Una evaluación objetiva mediante criterios objetivos y públicos.
5.- La adquisición de una formación teórica y práctica necesaria para el desempeño adecuado de un oficio o
de un puesto de trabajo que requiera un determinado nivel de cualificación, y recibir orientación profesional
para conseguir el máximo desarrollo personal, profesional y social de acuerdo con sus capacidades,
aspiraciones e intereses.
6.- Ser formados de acuerdo con unas adecuadas condiciones de seguridad e higiene en el trabajo.
7.- Elegir de forma democrática a sus representantes, encargados de hacer llegar al equipo directivo todas
aquellas cuestiones que consideren de interés. Dichos representantes no tendrán la condición de
«Representante legal de los trabajadores» recogido en el Estatuto de los Trabajadores en su Título II, capítulo
I: Del derecho de representación colectiva, sino como mero transmisor entre el alumnado - trabajador y la
dirección de este proyecto de aprendizaje y cualificación profesional.
Artículo 5.- Deberes del alumnado - trabajador y equipo técnico:
Son deberes:
1.- Asistir y seguir con aprovechamiento las enseñanzas teórico-prácticas que se impartan, de acuerdo con las
normas de funcionamiento notificadas por la Dirección en función del proyecto aprobado por el
Ayuntamiento y su normativa de aplicación (duración del contrato, vacaciones remuneradas, jornada laboral,
horario semanal, descansos, etc.). La jornada laboral es de siete horas y media, de siete y cuarenta y cinco a
quince y cuarto horas, donde se incluye un descanso de treinta minutos para el desayuno.
2.- Respetar la dignidad y funciones de cuantas personas trabajan en dicho programa.
3.- Cumplir con las obligaciones del plan de formación y realizar de forma responsable las tareas que se
derivan del mismo.
4.- Respetar los horarios y cumplirlos con puntualidad.
5.- Participar activamente tanto en el trabajo como en las clases teóricas.
6.- No discriminar por razón de raza, sexo o cualquier otra circunstancia personal o social.
7.- Cumplir las orientaciones dadas por el equipo técnico del Programa.
8.- Obligación de observar las medidas legales y reglamentarias de seguridad e higiene en el trabajo.
9.- Cumplir las presentes normas de régimen interno.
TÍTULO TERCERO.- NORMAS DE CONVIVENCIA
Artículo 6.- Faltas de asistencia.
Las faltas de asistencia en el Programa Colaborativo Rural, podrán ser justificadas o sin justificar. La
acumulación de estas últimas será causa de expulsión de este programa.
1. Faltas justificadas: Son aquellas que tienen su origen en circunstancias ajenas a la voluntad del alumnado trabajador y miembros del equipo docente que le impiden acudir a trabajar.
a) Por motivos de salud: Si por motivos de salud se produce una falta de asistencia, ésta debe
acreditarse mediante un justificante o parte de baja médica. La falta de asistencia durante la
totalidad de la jornada laboral por este motivo requiere la baja laboral o que el médico
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Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
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