Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Cordobilla de Lácara. Organismo Autónomo de Recaudación y Gestión Tributaria (Badajoz). Servicio de Administración de Recursos Humanos (Badajoz). (02987/2023)
Aprobación definitiva de la imposición y ordenación del precio público para la utilización de aire acondicionado en el Antiguo Pabellón Polideportivo
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Ayuntamiento de Cordobilla de Lácara

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ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTOS
Ayuntamiento de Cordobilla de Lácara
Cordobilla de Lácara (Badajoz)
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Aprobación definitiva de la imposición y ordenación del precio público para la utilización de aire acondicionado en el Antiguo
Pabellón Polideportivo

Acuerdo del Pleno de fecha 28 de marzo de 2023, de la entidad de Cordobilla de Lácara por el que se aprueba
definitivamente el establecimiento y ordenación del precio público para utilización de aire acondicionado en el antiguo
pabellón polideportivo.
Al no haberse presentado reclamaciones durante el plazo de exposición al público, queda automáticamente elevado a
definitivo el acuerdo plenario provisional de 28 de marzo, del corriente el establecimiento y ordenación del precio público
para utilización de aire acondicionado en el antiguo pabellón polideportivo, cuyo texto íntegro se hace público, para su
general conocimiento y en cumplimiento del artículo 17.4 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas
Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo.
"3.º.- Aprobación inicial, si procede, del establecimiento y ordenación de precio público para utilización de aire
acondicionado en el antiguo pabellón polideportivo.
Siguiendo instrucciones de la Presidencia por mí, el Secretario-Interventor se procede a dar lectura de la propuesta de
aprobación inicial del establecimiento y ordenación del precio público para utilización de aire acondicionado en el antiguo
pabellón polideportivo para su examen y deliberación.
Visto lo anterior, se procede a examen y deliberación, tras lo cual y de conformidad con lo dispuesto en los artículos 22.2.d) y
49 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de Bases del Régimen Local, el Pleno adopta por mayoría de los miembros
presentes (3) tres votos a favor, Grupo PSOE; (2) dos en contra Grupo Extremeños.
Primero. Con fecha 20 de marzo de 2023, el servicio de la tesorería municipal presentó su propuesta en la que argumentaba
la necesidad de tramitar el procedimiento para el establecimiento e imposición de precios públicos.
Segundo. Con fecha 20 de marzo de 2023, se incoó por la Alcaldía el procedimiento para el establecimiento e imposición de
precios públicos.
Tercero. Con fecha 20 de marzo de 2023, se emitió informe técnico económico sobre el coste y rendimiento del servicio en el
que justificó el importe de los precios públicos y el grado de cobertura financiera de los costes correspondientes.
Cuarto. Con fecha 28 de marzo de 2023, se emitió informe jurídico comprobándose la viabilidad y legalidad del proyecto
propuesto de acuerdo con la normativa que resulta de aplicación, así como con las reglas internas, que, en su caso, tenga
aprobadas la entidad en sus reglamentos orgánicos.
Quinto. Con fecha 28 de marzo de 2023, se emitió por la Intervención informe en el que se evaluó el impacto económicofinanciero de la propuesta del servicio, así como el cumplimiento de la normativa aplicable y en particular, los principios de
estabilidad presupuestaria y sostenibilidad financiera.
INFORME-PROPUESTA DE RESOLUCIÓN
Primero. Aprobar el acuerdo regulador para la Imposición, establecimiento y ordenación de precio público antiguo pabellón
polideportivo, instalación de aire acondicionado, por un importe del precio público de 10,00 euros/día (por aparato de aire
acondicionado en funcionamiento al día) según obra en el informe económico-financiero.
Segundo. Exponer al público el anterior acuerdo mediante anuncio que se insertará en el tablón de anuncios municipal
durante el plazo de 30 días hábiles, a contar desde el siguiente al de publicación de dicho anuncio en el Boletín Oficial de la
Provincia, dentro del cual las personas interesadas podrán examinar el expediente y presentar las alegaciones que estimen
oportunas.
Asimismo, estará a disposición de las personas interesadas en la sede electrónica de esta entidad dirección:
https://cordobilladelacara.sedelectronica.es".
Contra el presente acuerdo, conforme al artículo 19 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales,
aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, se podrá interponer recurso contencioso-administrativo,
ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Mérida, en el plazo de dos meses a contar
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Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
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