Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Villagonzalo. Área de Fomento. Servicio de Planificación y Seguimiento de Proyectos (Badajoz). (02852/2023)
Aprobación inicial modificación de crédito 12/2023, mediante crédito extraordinario con cargo al remanente líquido de tesorería para gastos generales "Aportación municipal obra Programa de Fomento Agrario Garantía de Rentas AEPSA 2023"
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Ayuntamiento de Villagonzalo

Anuncio 2852/2023

ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTOS
Ayuntamiento de Villagonzalo
Villagonzalo (Badajoz)
Anuncio 2852/2023
Aprobación inicial modificación de crédito 12/2023, mediante crédito extraordinario con cargo al remanente líquido de
tesorería para gastos generales "Aportación municipal obra Programa de Fomento Agrario Garantía de Rentas AEPSA 2023"

Expediente número: 210/2023.
Anuncio de aprobación inicial.
Procedimiento: Expediente de modificación de créditos número 12/2023, crédito extraordinario financiado con cargo al remanente líquido de tesorería para gastos generales "Aportación municipal obra Programa de Fomento
del Empleo Agrario "Garantía de Rentas" AEPSA 2023". Importe 33.100,00 euros.

El Pleno de este Ayuntamiento, en sesión extraordinaria celebrada el día 18 de mayo de 2023, acordó la aprobación inicial
del expediente de modificación de créditos número 12/2023 del presupuesto municipal vigente para el ejercicio 2023, en la
modalidad de crédito extraordinario financiado con cargo al remanente líquido de tesorería para gastos generales
resultante de la liquidación presupuestaria del ejercicio 2022.
En cumplimiento de lo dispuesto en los artículos 169.1 y 177.2 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que
se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, se somete el expediente a información
pública por espacio de quince (15) días hábiles, a contar desde el día siguiente a la inserción del presente anuncio en el
Boletín Oficial de la Provincia, para que los interesados puedan examinarlo en la Secretaría-Intervención de este
Ayuntamiento y formular las observaciones o reclamaciones que estimen pertinentes.
Si transcurrido dicho plazo no se hubiesen presentado alegaciones o reclamaciones, se considerará definitivamente
adoptado dicho acuerdo, sin necesidad de acuerdo plenario expreso.
En Villagonzalo, a fecha de la firma digital.- El Alcalde, José Luis Marín Barrero.

BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

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