Administración Local. Mancomunidades. Mancomunidad de Aguas y Servicios de la Comarca de Llerena. (02806/2023)
Bases y convocatoria para la provisión de dos puestos de Dinamizador/a Deportivo/a mediante el sistema de concurso-oposición
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Mancomunidad de Aguas y Servicios de la Comarca de Llerena

Anuncio 2806/2023

sanitarias en materia de actividad físico-deportiva, que mejoren su salud y su calidad de vida.
c) Desarrollar labores de gestión de las instalaciones deportivas.
d) Elaborar y presentar a la entidad beneficiaria Informes trimestrales de la labor desarrollada para su
valoración. Los Informes podrán tener una periodicidad distinta a la trimestral si así lo deciden los
responsables de la mancomunidad beneficiaria.
e) Garantizar que en las actividades organizadas y en los soportes publicitarios empleados aparezca el
logotipo oficial del Programa de Dinamización Deportiva, así como el logotipo "Extremadura deporte desde la
base" y el de las diputaciones provinciales de Badajoz y Cáceres. Estos logotipos serán facilitados por la
Dirección General de Deportes a las entidades beneficiarias.
f) Utilizar las aplicaciones informáticas indicadas por la Dirección General de Deportes o Diputaciones
Provinciales de Badajoz y Cáceres para la recogida de información de las actividades desarrolladas u otras
que se soliciten.
g) Realizar labores de organización que puedan ser requeridas por las entidades beneficiarias para la
realización de las tareas deportivas encomendadas.
h) Elaborar estudios e informes técnicos dentro del ámbito deportivo para el mejor desarrollo del Programa
de Dinamización Deportiva u otros de naturaleza deportiva que la Dirección General de Deportes o las
Diputaciones Provinciales consideren oportunos.
i) Prestar la colaboración que se precise por la Dirección General de Deportes para la redacción y
actualización del Censo de Instalaciones Deportivas de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
j) Responsabilizarse de la ejecución de las actividades y funciones encomendadas y realizar las labores de
seguimiento y evaluación de las mismas, presentando la correspondiente memoria, en la fecha y forma
establecidas. En dicho seguimiento y evaluación será determinante la valoración de la condición física y la
calidad de vida de las personas usuarias de los servicios de actividad físico-deportiva.
k) Coordinar las actividades deportivas que se realicen en el entorno de las entidades beneficiarias con las
promovidas por las Administraciones firmantes y otras entidades públicas y privadas.
l) Asesorar a la entidad beneficiaria de cuantos temas se soliciten en materia deportiva, incluida la gestión de
recursos extraordinarios.
m) Coordinar su actividad con la de organizaciones, grupos, estamentos, entidades y asociaciones con sede en
el territorio de las entidades beneficiarias, así como con el resto de personal contratados en la misma,
realizando un trabajo conjunto y coordinado con éstos.
n) Fomentar y dinamizar el tejido asociativo deportivo del entorno de las entidades beneficiarias.
Tercera. Requisitos de los/as aspirantes.
Para ser admitidos/as a la realización de las pruebas selectivas, las personas aspirantes deberán reunir los
siguientes requisitos a la fecha de finalización del plazo de presentación de instancias y mantenerse durante
todo el proceso selectivo:
a). Ser español/a o tener la nacionalidad de cualquiera de los Estados miembros de la Unión
Europea de acuerdo con la Ley 17/1993, de 23 de diciembre y los requisitos establecidos en
Real Decreto 543/2001, de 18 de mayo, sobre Acceso al Empleo Público de la Administración
General del Estado y sus organismos públicos de Nacionales de otros Estados a los que es de
aplicación el derecho a la libre circulación de trabajadores.
b). Tener cumplidos los 16 años de edad y no exceder de la edad de jubilación forzosa, ambas
referidas al día en que finalice el plazo de presentación de instancias.
c). Poseer el Grado en Ciencias de la Actividad Física y el Deporte o la Licenciatura
correspondiente, o contar con titulación homologada (Disposición adicional 1.ª de la Ley
15/2015, de 16 de abril, por la que se ordena el ejercicio de las profesiones del deporte en
Extremadura).
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

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