Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Fregenal de la Sierra. (02671/2023)
Bases y convocatoria procedimiento para la selección de tres plazas de Agente de Policía Local
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Ayuntamiento de Fregenal de la Sierra

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ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTOS
Ayuntamiento de Fregenal de la Sierra
Fregenal de la Sierra (Badajoz)
Anuncio 2671/2023
Bases y convocatoria procedimiento para la selección de tres plazas de Agente de Policía Local

BASES PROCESO SELECTIVO PARA CUBRIR 3 PLAZAS DE POLICÍA LOCAL (FUNCIONARIO/A DE CARRERA) POR OPOSICIÓN
LIBRE
Por decreto de la Alcaldía de fecha ocho de mayo de 2023, se han aprobado las bases de la convocatoria para cubrir 3 plazas
de Agente de Policía Local como funcionario de carrera, mediante el procedimiento de oposición libre, siendo el contenido
del acuerdo del siguiente tenor literal:
«BASES GENERALES Y PROGRAMA POR LOS QUE SE REGIRÁ LA CONVOCATORIA PARA PROVEER TRES PLAZAS DE AGENTE DE
LA POLICÍA LOCAL (FUNCIONARIO DE CARRERA) MEDIANTE EL PROCEDIMIENTO DE OPOSICIÓN LIBRE, VACANTES EN LA
PLANTILLA DEL PERSONAL FUNCIONARIO DEL EXCMO. AYUNTAMIENTO DE FREGENAL DE LA SIERRA
Primera.- Objeto de la convocatoria.
1.1. Es objeto de la presente convocatoria la provisión en propiedad, por el sistema de oposición libre, de Tres plazas de
Agente de la Policía Local, correspondientes una a la oferta de empleo público de 2021, aprobada por decreto de la Alcaldía
número 201 de 10 de julio de 2021 publicada en el DOE número 144 de 28 de julio de 2022 , y las otras dos a la oferta de
empleo público 2023, aprobada por decreto de la Alcaldía número 30 de 25 de enero de 2023 publicada en el BOP número
20 Badajoz de fecha 30 de enero de 2023, ampliada por decreto de la Alcaldía del Ayuntamiento de Fregenal de la Sierra de
fecha 19 de abril de 2023 publicado en el BOP número 77 de 25 de abril 2023.
1.2. Las plazas convocadas se encuentran encuadradas en la escala de Administración Especial, subescala de Servicios
Especiales, clase Policía Local, escala Básica, categoría Agente, grupo C, subgrupo C-1, según artículo 76 del Real Decreto
Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido del Estatuto Básico del Empleado Público, y el
artículo 12.3 del Decreto 218/2009, de 9 de octubre, por el que se aprueban las Normas- Marco de los Policías Locales de
Extremadura.
1.3. El ingreso conllevará la adscripción a los correspondientes puestos de trabajo vacantes contemplados en la vigente
relación de puestos de trabajo de personal funcionario, con las características, condiciones de dedicación específicas,
funciones, dependencia jerárquica y restantes determinaciones que corresponden a estas plazas.
1.4. Están dotada con las retribuciones básicas correspondientes al subgrupo C-1 y demás retribuciones complementarias,
asignadas al puesto al que se adscriba, conforme a la vigente legislación y a lo que la Corporación tenga acordado.
1.5. Estará, además, sujeto a lo dispuesto en la Ley 53/84, de 26 de diciembre, de Incompatibilidades del Personal al Servicio
de las Administraciones Públicas. Por tanto, no será compatible el ejercicio de las funciones con el desempeño de ningún
puesto o actividad en el sector público, delimitado por el artículo 1 de la citada Ley, ni actividad privada incompatible sujeta
a reconocimiento de compatibilidad.
1.6. Al presente proceso le será de aplicación la Ley 7/85, de 2 de abril, reguladora de las Bases de Régimen Local; Real
Decreto Legislativo 781/86, de 13 de abril, por el que se aprueba el Texto Refundido de las disposiciones legales vigentes en
materia de Régimen Local; Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido del
Estatuto Básico del Empleado Público; la Ley 30/1984, de 2 de agosto; la Ley 7/2017, de 1 de agosto, de Coordinación de
Policías Locales de Extremadura; Ley 13/2015, de 8 de abril, de Función Pública de Extremadura; Decreto 64/2022, de 8 de
junio, por el que se regulan los sistemas de selección, provisión de puestos de trabajo y movilidad de las Policías Locales de
Extremadura, así como el Tribunal Único; el Decreto 218/2009, de 9 de octubre, por el que se aprueban las Normas-Marco
de los Policías Locales de Extremadura, en todo lo que no contradiga al Decreto 64/2022; La Ley Orgánica 3/2018, de 5 de
diciembre, de Protección de Datos Personales y Garantía de los derechos digitales; Decreto 201/ 1995, de 26 de diciembre,
por el que se aprueba el Reglamento General de Ingreso del personal al servicio de la Comunidad Autónoma de
Extremadura; Decreto 364/1995, de 10 de marzo, Reglamento General de Ingreso del personal al servicio de la
Administración General del Estado. Igualmente, por la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo
Común de las Administraciones Públicas y Ley 40/2015, de 1 de octubre, del Régimen Jurídico del Sector Público. Y demás
normativa que resulte de aplicación.
Segunda.- Requisitos de las personas aspirantes.

BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

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