Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Don Álvaro. (02664/2023)
Corrección de error del edicto publicado el 11 de mayo de 2023 sobre las bases específicas con convocatoria reguladoras de las ayudas para el fomento de la natalidad 2023
3 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Ayuntamiento de Don Álvaro
Anuncio 2664/2023
ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTOS
Ayuntamiento de Don Álvaro
Don Álvaro (Badajoz)
Anuncio 2664/2023
Corrección de error del edicto publicado el 11 de mayo de 2023 sobre las bases específicas con convocatoria reguladoras
de las ayudas para el fomento de la natalidad 2023
RESOLUCIÓN RECTIFICATORIA DE LAS BASES REGULADORAS DE LA CONCESIÓN DE AYUDAS ECONÓMICAS PARA EL
FOMENTO DE LA NATALIDAD 2023 EN EL MUNICIPIO DE DON ÁLVARO
Visto que con fecha 18 de abril de 2023 se aprobaron las bases de la convocatoria reguladora de las ayudas para el fomento
de la natalidad en este municipio de Don Álvaro.
Visto que en las citadas bases se ha cometido un error en lo que respecta al plazo de presentación de solicitudes, por cuanto
hay contradicción entre la base 6.ª en la que se indica que el plazo de solicitud de ayuda es de siete días a contar desde el
siguiente a la publicación de la correspondiente convocatoria en el Boletín oficial de la Provincia y la base 10.ª en la que se
indica que el plazo de solicitud es desde el día siguiente a la publicación de las bases de la convocatoria en el BOP y hasta el
día 26 de diciembre de 2023.
Visto lo dispuesto en el 109.2 de la Ley 38/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común, según el cual las
administraciones públicas podrán rectificar en cualquier momento, de oficio o a instancias de los interesados, los errores
materiales, de hecho o aritméticos existentes en sus actos.
RESUELVO
Primero: Rectificar el error material cometido en las bases.
Donde dice:
"La solicitud de ayuda, con arreglo al modelo que se incorpora como anexo I a las presentes
bases y que incluye declaración responsable del solicitante de no estar incurso en prohibición
para ser beneficiario de subvenciones, se presentará por el interesado en el registro general
del Ayuntamiento de Don Álvaro o por cualquiera de los medios previstos en el artículo 16.4 de
la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las
Administraciones Públicas, durante el plazo de siete días, a contar desde el día siguiente a la
publicación de la correspondiente convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia,
acompañada de la siguiente documentación…
Debe decir:
"La solicitud de ayuda, con arreglo al modelo que se incorpora como anexo I a las presentes
bases y que incluye declaración responsable del solicitante de no estar incurso en prohibición
para ser beneficiario de subvenciones, se presentará por el interesado en el registro general
del Ayuntamiento de Don Álvaro o por cualquiera de los medios previstos en el artículo 16.4 de
la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las
administraciones públicas, desde el día siguiente a la publicación de las bases de la
convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia y hasta el día 26 de diciembre de 2023,
acompañada de la siguiente documentación…
Segundo: Publicar la presente resolución certificatoria en el BOP.
Tercero: Dar cuenta de la presente resolución al Pleno de la Corporación, en la siguiente sesión que se
celebre.
Don Álvaro, a fecha de la firma digital.- El Alcalde, Esteban Cortés Almendro.
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop
Página 2 de 3
Anuncio 2664/2023
ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTOS
Ayuntamiento de Don Álvaro
Don Álvaro (Badajoz)
Anuncio 2664/2023
Corrección de error del edicto publicado el 11 de mayo de 2023 sobre las bases específicas con convocatoria reguladoras
de las ayudas para el fomento de la natalidad 2023
RESOLUCIÓN RECTIFICATORIA DE LAS BASES REGULADORAS DE LA CONCESIÓN DE AYUDAS ECONÓMICAS PARA EL
FOMENTO DE LA NATALIDAD 2023 EN EL MUNICIPIO DE DON ÁLVARO
Visto que con fecha 18 de abril de 2023 se aprobaron las bases de la convocatoria reguladora de las ayudas para el fomento
de la natalidad en este municipio de Don Álvaro.
Visto que en las citadas bases se ha cometido un error en lo que respecta al plazo de presentación de solicitudes, por cuanto
hay contradicción entre la base 6.ª en la que se indica que el plazo de solicitud de ayuda es de siete días a contar desde el
siguiente a la publicación de la correspondiente convocatoria en el Boletín oficial de la Provincia y la base 10.ª en la que se
indica que el plazo de solicitud es desde el día siguiente a la publicación de las bases de la convocatoria en el BOP y hasta el
día 26 de diciembre de 2023.
Visto lo dispuesto en el 109.2 de la Ley 38/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común, según el cual las
administraciones públicas podrán rectificar en cualquier momento, de oficio o a instancias de los interesados, los errores
materiales, de hecho o aritméticos existentes en sus actos.
RESUELVO
Primero: Rectificar el error material cometido en las bases.
Donde dice:
"La solicitud de ayuda, con arreglo al modelo que se incorpora como anexo I a las presentes
bases y que incluye declaración responsable del solicitante de no estar incurso en prohibición
para ser beneficiario de subvenciones, se presentará por el interesado en el registro general
del Ayuntamiento de Don Álvaro o por cualquiera de los medios previstos en el artículo 16.4 de
la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las
Administraciones Públicas, durante el plazo de siete días, a contar desde el día siguiente a la
publicación de la correspondiente convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia,
acompañada de la siguiente documentación…
Debe decir:
"La solicitud de ayuda, con arreglo al modelo que se incorpora como anexo I a las presentes
bases y que incluye declaración responsable del solicitante de no estar incurso en prohibición
para ser beneficiario de subvenciones, se presentará por el interesado en el registro general
del Ayuntamiento de Don Álvaro o por cualquiera de los medios previstos en el artículo 16.4 de
la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las
administraciones públicas, desde el día siguiente a la publicación de las bases de la
convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia y hasta el día 26 de diciembre de 2023,
acompañada de la siguiente documentación…
Segundo: Publicar la presente resolución certificatoria en el BOP.
Tercero: Dar cuenta de la presente resolución al Pleno de la Corporación, en la siguiente sesión que se
celebre.
Don Álvaro, a fecha de la firma digital.- El Alcalde, Esteban Cortés Almendro.
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop
Página 2 de 3