Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Torremejía. Delegación de Economía y Hacienda. Servicio de Planificación Presupuestaria, Control del Gasto (Badajoz). (02560/2023)
Ordenanza sobre tráfico, circulación de vehículos a motor y seguridad vial del municipio de Torremejía
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Ayuntamiento de Torremejía
Anuncio 2560/2023
hubiera sido sancionado en el año inmediatamente anterior por exceder la tasa de alcohol
permitida, así como al que circule con una tasa que supere el doble de la permitida.
2. Las sanciones de multa podrán hacerse efectivas con una reducción del 50% sobre la cuantía correspondiente que se
haya consignado correctamente en el boletín de denuncia por el agente o, en su defecto, en la notificación posterior de
dicha denuncia realizada por el instructor del expediente, siempre que dicho pago se efectúe durante los 20 días naturales
siguientes a aquel en que tenga lugar la citada notificación. El abono anticipado con la reducción anteriormente señalada,
salvo que proceda imponer además la medida de suspensión del permiso o de la licencia de conducir, implicará únicamente
la renuncia a formular alegaciones (artículo 94 LSV) y la terminación del procedimiento sin necesidad de dictar resolución
expresa, sin perjuicio de la posibilidad de interponer los recursos correspondientes.
En caso de efectuar alegaciones el denunciado, se entenderá su renuncia al descuento del 50% y se procederá a la
tramitación del expediente sancionador, conforme al artículo 95 de la LSV.
Cuando el infractor no acredite su residencia legal en territorio español, el agente denunciante fijará provisionalmente la
cuantía de la multa y, de no depositarse su importe, inmovilizará el vehículo.
En todo caso, se tendrá en cuenta lo previsto en el párrafo anterior respecto a la reducción del 50% y el depósito o el pago
de la multa podrá efectuarse en moneda de curso legal en España o de cualquier otro país con quien España mantenga tipo
oficial de cambio.
Capítulo II.- Recursos.
Artículo 39.- Recursos.
Contra las resoluciones sancionadoras podrá interponerse el recurso de reposición de carácter potestativo previsto en el
artículo 96 del Real Decreto Legislativo 6/2015 de 30 de octubre, que aprueba el texto refundido de la Ley sobre Tráfico,
Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial, ante el órgano que dictó el acto, en el plazo de un mes contado desde el
día siguiente al de su notificación.
El recurso se entenderá desestimado cuando haya transcurrido un mes desde su interposición sin que se haya notificado
resolución expresa.
DISPOSICIÓN DEROGATORIA
Quedan derogadas cuantas disposiciones anteriores del Ayuntamiento, de igual o inferior rango, regulen las materias
contenidas en esta Ordenanza.
DISPOSICIÓN FINAL
La presente Ordenanza ha sido aprobada por acuerdo plenario del Ayuntamiento en sesión celebrada el día 27/04/2023, y
entrará en vigor al día siguiente al de su publicación íntegra en el Boletín Oficial de la Provincia.
En Torremejía, a fecha de la firma digital.- El Alcalde, Francisco Trinidad Peñato.
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop
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hubiera sido sancionado en el año inmediatamente anterior por exceder la tasa de alcohol
permitida, así como al que circule con una tasa que supere el doble de la permitida.
2. Las sanciones de multa podrán hacerse efectivas con una reducción del 50% sobre la cuantía correspondiente que se
haya consignado correctamente en el boletín de denuncia por el agente o, en su defecto, en la notificación posterior de
dicha denuncia realizada por el instructor del expediente, siempre que dicho pago se efectúe durante los 20 días naturales
siguientes a aquel en que tenga lugar la citada notificación. El abono anticipado con la reducción anteriormente señalada,
salvo que proceda imponer además la medida de suspensión del permiso o de la licencia de conducir, implicará únicamente
la renuncia a formular alegaciones (artículo 94 LSV) y la terminación del procedimiento sin necesidad de dictar resolución
expresa, sin perjuicio de la posibilidad de interponer los recursos correspondientes.
En caso de efectuar alegaciones el denunciado, se entenderá su renuncia al descuento del 50% y se procederá a la
tramitación del expediente sancionador, conforme al artículo 95 de la LSV.
Cuando el infractor no acredite su residencia legal en territorio español, el agente denunciante fijará provisionalmente la
cuantía de la multa y, de no depositarse su importe, inmovilizará el vehículo.
En todo caso, se tendrá en cuenta lo previsto en el párrafo anterior respecto a la reducción del 50% y el depósito o el pago
de la multa podrá efectuarse en moneda de curso legal en España o de cualquier otro país con quien España mantenga tipo
oficial de cambio.
Capítulo II.- Recursos.
Artículo 39.- Recursos.
Contra las resoluciones sancionadoras podrá interponerse el recurso de reposición de carácter potestativo previsto en el
artículo 96 del Real Decreto Legislativo 6/2015 de 30 de octubre, que aprueba el texto refundido de la Ley sobre Tráfico,
Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial, ante el órgano que dictó el acto, en el plazo de un mes contado desde el
día siguiente al de su notificación.
El recurso se entenderá desestimado cuando haya transcurrido un mes desde su interposición sin que se haya notificado
resolución expresa.
DISPOSICIÓN DEROGATORIA
Quedan derogadas cuantas disposiciones anteriores del Ayuntamiento, de igual o inferior rango, regulen las materias
contenidas en esta Ordenanza.
DISPOSICIÓN FINAL
La presente Ordenanza ha sido aprobada por acuerdo plenario del Ayuntamiento en sesión celebrada el día 27/04/2023, y
entrará en vigor al día siguiente al de su publicación íntegra en el Boletín Oficial de la Provincia.
En Torremejía, a fecha de la firma digital.- El Alcalde, Francisco Trinidad Peñato.
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