Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Los Santos de Maimona. Delegación de Economía y Hacienda. Servicio de Planificación Presupuestaria, Control del Gasto (Badajoz). (02578/2023)
Convocatoria del Ayuntamiento de Los Santos de Maimona para la concesión de ayudas extraordinarias de apoyo social para contigencias 2023
22 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Ayuntamiento de Los Santos de Maimona
Anuncio 2578/2023
acciones de inserción social, laboral y/o formativas o análogas con el fin de propiciar su integración y de
abandonar el proceso de exclusión o riesgo de exclusión social en que se encuentra la unidad familiar.
15. Reintegro.
1. Sin perjuicio de otras responsabilidades a que hubiere lugar, procederá el reintegro total o parcial de la
ayuda cuando concurra alguna de las causas previstas en el apartado siguiente.
2. Serán causa de reintegro:
a) Cualesquiera conductas fraudulentas u omisivas que dieran lugar a la concesión indebida de
la prestación.
b) No justificar el destino dado a la ayuda, total o parcialmente. En este último caso, procederá
la devolución del importe no justificado adecuadamente.
3. En el caso de obtención concurrente de otras subvenciones o ayudas, se procederá al reintegro del exceso
obtenido sobre el coste de la actuación financiada.
4. Las cantidades a reintegrar tendrán la consideración de ingresos de Derecho Público, siguiéndose para su
cobranza el procedimiento previsto en la normativa de régimen local y estatal que resulte de aplicación en
este ámbito.
Disposición adicional primera. Confidencialidad de los datos y colaboración entre Administraciones
Todos los datos e informes que, con relación a personas beneficiarias de las ayudas extraordinarias de apoyo social para
contingencias o a sus unidades económicas de convivencia que pudieran ser requeridos o solicitados por las
administraciones públicas extremeñas competentes se limitarán a los que resulten imprescindibles para la comprobación
del cumplimiento de los requisitos de acceso a las ayudas y de las obligaciones establecidas en el presente Acuerdo.
Las administraciones públicas extremeñas garantizarán la confidencialidad de los datos obtenidos en la tramitación de los
expedientes por parte de los organismos competentes, en los términos previstos en la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de
diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales.
Disposición adicional segunda. Normativa supletoria.
En todo lo no previsto en las presentes bases, se estará a lo dispuesto en el decreto 110/2021, de 22 de septiembre, por el
que se regulan las ayudas extraordinarias de apoyo social para contingencias, a las disposiciones de la Ley 39/2015, de 1 de
octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, en lo que se refiere al procedimiento
para la solicitud, trámite y resolución de las ayudas del Programa de Colaboración Económica Municipal de Ayudas
Extraordinarias de Apoyo Social para Contingencias, a cuantas disposiciones legales o reglamentarias pudieran resultar
aplicables según la naturaleza de las ayudas del Programa de Colaboración Económica Municipal de Ayudas Extraordinarias
de Apoyo Social para Contingencias, decreto 110/2021, de 22 de septiembre. También se estará a lo dispuesto en la ley
7/2016, del 21 de julio, de medidas extraordinarias contra la exclusión social, así como a la Orden de 2 de enero de 2023, por
la que se actualizan los límites de ingresos y los importes de las ayudas contemplados en el decreto 110/2021, de 22 de
septiembre, por el que se regulan las ayudas extraordinarias de apoyo social para contingencias y a la Resolución de 16 de
febrero de 2023, del Vicepresidente Segundo y Consejero, por la que se ordena la publicación en el Diario Oficial de
Extremadura del acuerdo de 1 de febrero de 2023, del Consejo de Gobierno de la Junta de Extremadura, por el que se
aprueba el Programa de Colaboración Económica Municipal para ayudas extraordinarias de apoyo social para contingencias
para 2023.
En Los Santos de Maimona, a la fecha de firma digital.- El Alcalde-Presidente, Manuel Lavado Barroso.
___________
ANEXO I
CUANTÍAS MÁXIMAS
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop
Página 12 de 22
Anuncio 2578/2023
acciones de inserción social, laboral y/o formativas o análogas con el fin de propiciar su integración y de
abandonar el proceso de exclusión o riesgo de exclusión social en que se encuentra la unidad familiar.
15. Reintegro.
1. Sin perjuicio de otras responsabilidades a que hubiere lugar, procederá el reintegro total o parcial de la
ayuda cuando concurra alguna de las causas previstas en el apartado siguiente.
2. Serán causa de reintegro:
a) Cualesquiera conductas fraudulentas u omisivas que dieran lugar a la concesión indebida de
la prestación.
b) No justificar el destino dado a la ayuda, total o parcialmente. En este último caso, procederá
la devolución del importe no justificado adecuadamente.
3. En el caso de obtención concurrente de otras subvenciones o ayudas, se procederá al reintegro del exceso
obtenido sobre el coste de la actuación financiada.
4. Las cantidades a reintegrar tendrán la consideración de ingresos de Derecho Público, siguiéndose para su
cobranza el procedimiento previsto en la normativa de régimen local y estatal que resulte de aplicación en
este ámbito.
Disposición adicional primera. Confidencialidad de los datos y colaboración entre Administraciones
Todos los datos e informes que, con relación a personas beneficiarias de las ayudas extraordinarias de apoyo social para
contingencias o a sus unidades económicas de convivencia que pudieran ser requeridos o solicitados por las
administraciones públicas extremeñas competentes se limitarán a los que resulten imprescindibles para la comprobación
del cumplimiento de los requisitos de acceso a las ayudas y de las obligaciones establecidas en el presente Acuerdo.
Las administraciones públicas extremeñas garantizarán la confidencialidad de los datos obtenidos en la tramitación de los
expedientes por parte de los organismos competentes, en los términos previstos en la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de
diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales.
Disposición adicional segunda. Normativa supletoria.
En todo lo no previsto en las presentes bases, se estará a lo dispuesto en el decreto 110/2021, de 22 de septiembre, por el
que se regulan las ayudas extraordinarias de apoyo social para contingencias, a las disposiciones de la Ley 39/2015, de 1 de
octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, en lo que se refiere al procedimiento
para la solicitud, trámite y resolución de las ayudas del Programa de Colaboración Económica Municipal de Ayudas
Extraordinarias de Apoyo Social para Contingencias, a cuantas disposiciones legales o reglamentarias pudieran resultar
aplicables según la naturaleza de las ayudas del Programa de Colaboración Económica Municipal de Ayudas Extraordinarias
de Apoyo Social para Contingencias, decreto 110/2021, de 22 de septiembre. También se estará a lo dispuesto en la ley
7/2016, del 21 de julio, de medidas extraordinarias contra la exclusión social, así como a la Orden de 2 de enero de 2023, por
la que se actualizan los límites de ingresos y los importes de las ayudas contemplados en el decreto 110/2021, de 22 de
septiembre, por el que se regulan las ayudas extraordinarias de apoyo social para contingencias y a la Resolución de 16 de
febrero de 2023, del Vicepresidente Segundo y Consejero, por la que se ordena la publicación en el Diario Oficial de
Extremadura del acuerdo de 1 de febrero de 2023, del Consejo de Gobierno de la Junta de Extremadura, por el que se
aprueba el Programa de Colaboración Económica Municipal para ayudas extraordinarias de apoyo social para contingencias
para 2023.
En Los Santos de Maimona, a la fecha de firma digital.- El Alcalde-Presidente, Manuel Lavado Barroso.
___________
ANEXO I
CUANTÍAS MÁXIMAS
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop
Página 12 de 22