Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Los Santos de Maimona. Delegación de Economía y Hacienda. Servicio de Planificación Presupuestaria, Control del Gasto (Badajoz). (02578/2023)
Convocatoria del Ayuntamiento de Los Santos de Maimona para la concesión de ayudas extraordinarias de apoyo social para contigencias 2023
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Ayuntamiento de Los Santos de Maimona
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escritura pública.
7.º. Cualquier otra variación que obedeciese a motivos no expuestos en este
artículo, deberá ser acreditada mediante la aportación de la documentación que
considere procedente.
g) Informe de vida laboral de las personas integrantes de la unidad familiar mayores de 16 años
expedido por la Tesorería General de la Seguridad Social.
h) Certificado de pensiones y prestaciones de todas las personas integrantes de la unidad
familiar emitido por el Instituto Nacional de la Seguridad Social.
i) Certificado de bienes inmuebles de las personas integrantes de la unidad familiar emitido por
la Gerencia Territorial del Catastro.
j) Certificado de prestaciones y/o subsidios de todas las personas integrantes de la unidad
familiar mayores de 16 años emitido por el Servicio Público de Empleo Estatal.
k) En caso de préstamo hipotecario, copia de la escritura de formalización del préstamo y
certificado bancario acreditativo del importe mensual a abonar en la anualidad
correspondiente y de las mensualidades pendientes de pago.
l) En caso de alquiler, copia del contrato de alquiler vigente y último recibo de abono del
mismo.
m) En caso de alojamiento temporal, copia del contrato de alquiler vigente y, en su caso, último
recibo de abono del mismo o, tratándose de establecimientos hoteleros, factura o presupuesto
acreditativo del periodo e importe del alojamiento temporal.
En caso de traslado del mobiliario y enseres personales deberán aportarse dos presupuestos o facturas
acreditativas del concepto e importe, salvo que por la localidad de residencia no fuera posible al existir una
única persona profesional y así conste en el informe social correspondiente.
n) En caso de gastos en instalaciones y/o equipamiento básico, dos presupuestos o facturas
acreditativas del concepto e importe, salvo que por la localidad de residencia fuera imposible al
existir una única persona profesional y así conste en el informe social correspondiente.
ñ) En caso de gastos de asistencia sanitaria o sociosanitaria no cubiertos por el Sistema
Sanitario Público, informe del personal facultativo o técnico especialista correspondiente
acreditativo de su necesidad, así como factura o presupuesto acreditativo del concepto e
importe. Además, en caso de desplazamientos en vehículo particular, deberá hacerse constar
en el informe social el origen y destino del desplazamiento y la duración del tratamiento.
Asimismo, en caso de alojamiento para recibir tratamiento, deberá aportarse factura o
presupuesto acreditativo del periodo e importe del alojamiento.
o) En caso de solicitar la ayuda para gastos destinados a atender una carencia crítica,
documentación fehaciente acreditativa de los gastos o de la necesidad de su realización.
p) En caso de gastos de endeudamiento previo, factura/s o recibos acreditativos de los mismos,
emitidos por la persona física o jurídica, entidad o administración acreedora.
12. Informe Social.
1. Salvo en el supuesto recogido en el artículo 8.3, en la tramitación del procedimiento deberá emitirse un
informe social por los Servicios Sociales de Atención Social Básica, utilizando el modelo que figura en el anexo
III o el que se pudiera establecer en disposiciones de desarrollo de las presentes bases.
2. El informe social tendrá el siguiente contenido mínimo:
a) Datos de identificación del/la profesional que lo emite.
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop
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escritura pública.
7.º. Cualquier otra variación que obedeciese a motivos no expuestos en este
artículo, deberá ser acreditada mediante la aportación de la documentación que
considere procedente.
g) Informe de vida laboral de las personas integrantes de la unidad familiar mayores de 16 años
expedido por la Tesorería General de la Seguridad Social.
h) Certificado de pensiones y prestaciones de todas las personas integrantes de la unidad
familiar emitido por el Instituto Nacional de la Seguridad Social.
i) Certificado de bienes inmuebles de las personas integrantes de la unidad familiar emitido por
la Gerencia Territorial del Catastro.
j) Certificado de prestaciones y/o subsidios de todas las personas integrantes de la unidad
familiar mayores de 16 años emitido por el Servicio Público de Empleo Estatal.
k) En caso de préstamo hipotecario, copia de la escritura de formalización del préstamo y
certificado bancario acreditativo del importe mensual a abonar en la anualidad
correspondiente y de las mensualidades pendientes de pago.
l) En caso de alquiler, copia del contrato de alquiler vigente y último recibo de abono del
mismo.
m) En caso de alojamiento temporal, copia del contrato de alquiler vigente y, en su caso, último
recibo de abono del mismo o, tratándose de establecimientos hoteleros, factura o presupuesto
acreditativo del periodo e importe del alojamiento temporal.
En caso de traslado del mobiliario y enseres personales deberán aportarse dos presupuestos o facturas
acreditativas del concepto e importe, salvo que por la localidad de residencia no fuera posible al existir una
única persona profesional y así conste en el informe social correspondiente.
n) En caso de gastos en instalaciones y/o equipamiento básico, dos presupuestos o facturas
acreditativas del concepto e importe, salvo que por la localidad de residencia fuera imposible al
existir una única persona profesional y así conste en el informe social correspondiente.
ñ) En caso de gastos de asistencia sanitaria o sociosanitaria no cubiertos por el Sistema
Sanitario Público, informe del personal facultativo o técnico especialista correspondiente
acreditativo de su necesidad, así como factura o presupuesto acreditativo del concepto e
importe. Además, en caso de desplazamientos en vehículo particular, deberá hacerse constar
en el informe social el origen y destino del desplazamiento y la duración del tratamiento.
Asimismo, en caso de alojamiento para recibir tratamiento, deberá aportarse factura o
presupuesto acreditativo del periodo e importe del alojamiento.
o) En caso de solicitar la ayuda para gastos destinados a atender una carencia crítica,
documentación fehaciente acreditativa de los gastos o de la necesidad de su realización.
p) En caso de gastos de endeudamiento previo, factura/s o recibos acreditativos de los mismos,
emitidos por la persona física o jurídica, entidad o administración acreedora.
12. Informe Social.
1. Salvo en el supuesto recogido en el artículo 8.3, en la tramitación del procedimiento deberá emitirse un
informe social por los Servicios Sociales de Atención Social Básica, utilizando el modelo que figura en el anexo
III o el que se pudiera establecer en disposiciones de desarrollo de las presentes bases.
2. El informe social tendrá el siguiente contenido mínimo:
a) Datos de identificación del/la profesional que lo emite.
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