Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de La Albuera. Delegación de Economía y Hacienda. Servicio de Planificación Presupuestaria, Control del Gasto (Badajoz). (02624/2023)
Aprobación inicial de la Ordenanza de prestación patrimonial de carácter público no tributario del servicio de residencia
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Ayuntamiento de La Albuera

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Ayuntamiento de La Albuera
La Albuera (Badajoz)
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Aprobación inicial de la Ordenanza de prestación patrimonial de carácter público no tributario del servicio de residencia

APROBACIÓN INICIAL
ORDENANZA PRESTACIÓN PATRIMONIAL DE CARÁCTER PÚBLICO NO TRIBUTARIO DEL SERVICIO DE RESIDENCIA
El Pleno de la Corporación, en sesión ordinaria celebrada el día 30 de marzo de 2023, acordó aprobar inicialmente la
"Ordenanza reguladora de la prestación patrimonial de carácter público no tributario por la prestación del servicio municipal
de atención a mayores en la residencias de mayores de la localidad", para regular aspectos del pago de la prestación del
servicio tras ingreso en el centro residencial, teniendo un carácter periódico mensual, salvo en los supuestos de inicio o cese
del servicio, en cuyo caso su importe se ajustará a esa circunstancia.
En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 22.2.d) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen
Local, y en el artículo 56 del Real Decreto Legislativo 781/1986, de 18 de abril, por el que se aprueba el Texto Refundido de
las disposiciones legales vigentes en materia de Régimen Local, se somete el expediente a información pública por el plazo
de treinta días, a contar desde el siguiente a la publicación de éste anuncio en el BOP, para que pueda ser examinado y se
presenten las reclamaciones o sugerencias que se estimen oportunas.
Si transcurrido dicho plazo no se hubiesen presentado alegaciones, se considerará aprobada definitivamente sin necesidad
de acuerdo expreso por el Pleno, y entrará en vigor una vez transcurridos los plazos legales a partir de la publicación del
articulado íntegro de la citada modificación.
La Albuera, a fecha de la firma digital.- El Alcalde-Presidente, Manuel Antonio Díaz González.

BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

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