Administración Local. Diputaciones. Diputación de Badajoz. Delegación de Economía y Hacienda. Servicio de Planificación Presupuestaria, Control del Gasto (Badajoz). (02588/2023)
Aprobación definitiva de la modificación presupuestaria número 15/2023, aprobada en el Pleno de 31 de marzo de 2023
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Delegación de Economía y Hacienda
Anuncio 2588/2023
ADMINISTRACIÓN LOCAL
DIPUTACIONES
Diputación de Badajoz
Delegación de Economía y Hacienda
Servicio de Planificación Presupuestaria, Control del Gasto
Badajoz
Anuncio 2588/2023
Aprobación definitiva de la modificación presupuestaria número 15/2023, aprobada en el Pleno de 31 de marzo de 2023
"APROBACIÓN DEFINITIVA DE LA MODIFICACIÓN PRESUPUESTARIA NÚMERO 15/2023, APROBADA EN EL PLENO DE 31 DE
MARZO DE 2023"
De conformidad con lo establecido en el artículo 179.4 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se
aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, así como el articulo 169 del mismo texto
normativo, al cual se remite, aprobado inicialmente el expediente de modificación presupuestaria número 15/2023 por el
Pleno de la Corporación de fecha 31 de marzo, y habiendo estado el expediente expuesto para reclamaciones durante un
plazo de 15 días, tras el edicto número 1666 publicados en el BOP número 65, de 5 de abril y sin que se hayan presentado
reclamaciones, procede la aprobación definitiva de los acuerdos iniciales, en los siguientes términos, en su parte dispositiva:
La aprobación del expediente de modificación presupuestaria, de acuerdo al siguiente detalle por aplicaciones y con estricta
sujeción a los trámites y plazos regulados por Ley.
APLICACIÓN DE INGRESO QUE FINANCIA
Org
Econ.
Proyecto
170 87000
Descripción
Importe (€)
Remanente de tesorería para gastos generales
4.116.728,28
Total:
4.116.728,28
APLICACIONES DE GASTO DONDE SE SUPLEMENTA EL CRÉDITO
Org
Prog.
Econ.
Ods
Proyecto
136 92016 22100 0700
Descripción
Importe (€)
Modalidad
Suministro energía eléctrica
240.762,49 Suplemento de
crédito
Convenio carreterra "Y"; HelechosaBohonal-Villarta
407.263,82 Suplemento de
crédito
131 45382 61900 0900
Otras inversiones de reposición en
infraestructuras y bienes
504.930,24 Suplemento de
crédito
314 45300 61901 0900
Otras inversiones de reposición en
infraestructuras y bienes dtd
2.737.501,73 Suplemento de
crédito
132 92016 63200 1100
Inversión de reposición asociada a
edificios y otras constru
226.270,00 Suplemento de
crédito
320 45300 65000 0900
2019 2 CV
21
Total:
4.116.728,28
Lo que se hace público para general conocimiento y a los efectos oportunos, haciéndose saber a los interesados, que contra
el acuerdo de aprobación definitiva podrá interponerse recurso contencioso-administrativo ante la Sala del Tribunal
Superior de Justicia de Extremadura, en el plazo de 2 meses, a contar desde el día siguiente a su publicación en el BOP, de
conformidad con lo establecido por el artículo 179.4 en relación con los artículos 169.1 y 171 del Texto Refundido vigente de
la Ley Reguladora de las Haciendas Locales en relación con los artículos 10 y 46 de la Ley 29/1988, de 13 de julio, reguladora
de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa. Todo ello sin perjuicio de que los interesados puedan interponer cualquier
otro recurso que estimen oportuno.
En Badajoz, a fecha de la firma digital.- El Presidente, PD Vicepresidenta Segunda, Diputada Delegada del Área de RRHH y
Régimen Interior. Decreto 05/07/2019, BOP 08/07/2019, Virginia Borrallo Rubio.
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop
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Aprobación definitiva de la modificación presupuestaria número 15/2023, aprobada en el Pleno de 31 de marzo de 2023
"APROBACIÓN DEFINITIVA DE LA MODIFICACIÓN PRESUPUESTARIA NÚMERO 15/2023, APROBADA EN EL PLENO DE 31 DE
MARZO DE 2023"
De conformidad con lo establecido en el artículo 179.4 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se
aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, así como el articulo 169 del mismo texto
normativo, al cual se remite, aprobado inicialmente el expediente de modificación presupuestaria número 15/2023 por el
Pleno de la Corporación de fecha 31 de marzo, y habiendo estado el expediente expuesto para reclamaciones durante un
plazo de 15 días, tras el edicto número 1666 publicados en el BOP número 65, de 5 de abril y sin que se hayan presentado
reclamaciones, procede la aprobación definitiva de los acuerdos iniciales, en los siguientes términos, en su parte dispositiva:
La aprobación del expediente de modificación presupuestaria, de acuerdo al siguiente detalle por aplicaciones y con estricta
sujeción a los trámites y plazos regulados por Ley.
APLICACIÓN DE INGRESO QUE FINANCIA
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Proyecto
170 87000
Descripción
Importe (€)
Remanente de tesorería para gastos generales
4.116.728,28
Total:
4.116.728,28
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Ods
Proyecto
136 92016 22100 0700
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Importe (€)
Modalidad
Suministro energía eléctrica
240.762,49 Suplemento de
crédito
Convenio carreterra "Y"; HelechosaBohonal-Villarta
407.263,82 Suplemento de
crédito
131 45382 61900 0900
Otras inversiones de reposición en
infraestructuras y bienes
504.930,24 Suplemento de
crédito
314 45300 61901 0900
Otras inversiones de reposición en
infraestructuras y bienes dtd
2.737.501,73 Suplemento de
crédito
132 92016 63200 1100
Inversión de reposición asociada a
edificios y otras constru
226.270,00 Suplemento de
crédito
320 45300 65000 0900
2019 2 CV
21
Total:
4.116.728,28
Lo que se hace público para general conocimiento y a los efectos oportunos, haciéndose saber a los interesados, que contra
el acuerdo de aprobación definitiva podrá interponerse recurso contencioso-administrativo ante la Sala del Tribunal
Superior de Justicia de Extremadura, en el plazo de 2 meses, a contar desde el día siguiente a su publicación en el BOP, de
conformidad con lo establecido por el artículo 179.4 en relación con los artículos 169.1 y 171 del Texto Refundido vigente de
la Ley Reguladora de las Haciendas Locales en relación con los artículos 10 y 46 de la Ley 29/1988, de 13 de julio, reguladora
de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa. Todo ello sin perjuicio de que los interesados puedan interponer cualquier
otro recurso que estimen oportuno.
En Badajoz, a fecha de la firma digital.- El Presidente, PD Vicepresidenta Segunda, Diputada Delegada del Área de RRHH y
Régimen Interior. Decreto 05/07/2019, BOP 08/07/2019, Virginia Borrallo Rubio.
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www.dip-badajoz.es/bop
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