Administración Autonómica. Junta de Extremadura. Consejería de Agricultura, Desarrollo Rural, Población y Territorio (Mérida). (02466/2023)
Orden de 27 de abril de 2023 por la que se convoca proceso de selección por el sistema de oposición libre a través del Tribunal Único, para la provisión de 61 plazas de Agente de la Policía Local en ayuntamientos de Extremadura
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Consejería de Agricultura, Desarrollo Rural, Población y Territorio

Anuncio 2466/2023

ADMINISTRACIÓN AUTONÓMICA
JUNTA DE EXTREMADURA
Consejería de Agricultura, Desarrollo Rural, Población y Territorio
Mérida (Badajoz)
Anuncio 2466/2023
Orden de 27 de abril de 2023 por la que se convoca proceso de selección por el sistema de oposición libre a través del
Tribunal Único, para la provisión de 61 plazas de Agente de la Policía Local en ayuntamientos de Extremadura

ORDEN DE 27 DE ABRIL DE 2023 POR LA QUE SE CONVOCA PROCESO DE SELECCIÓN POR EL SISTEMA DE OPOSICIÓN LIBRE
A TRAVÉS DEL TRIBUNAL ÚNICO, PARA LA PROVISIÓN DE 61 PLAZAS DE AGENTE DE LA POLICÍA LOCAL EN AYUNTAMIENTOS
DE EXTREMADURA.
El Estatuto de Autonomía de Extremadura en su artículo 9.1, apartados 40 y 41, atribuye a la Comunidad Autónoma de
Extremadura la competencia exclusiva en materia de vigilancia y protección de sus edificios e instalaciones, así como la
coordinación y las demás facultades previstas en la ley orgánica correspondiente en relación con las policías locales.
La Ley 7/2017, de 1 de agosto, de Coordinación de policías locales de Extremadura desarrolla en su artículo 5 las funciones
de coordinación en materia de actuación de Policía Local que tiene atribuidas la Comunidad Autónoma, entre las que figura
la de fijar los criterios básicos de selección, formación, promoción y movilidad del personal funcionario de las Policías
Locales de Extremadura.
Por su parte, el artículo 46.3 de dicha Ley acoge por primera vez en nuestra Comunidad Autónoma, la posibilidad de
desarrollar procesos únicos para la cobertura de plazas de nuevo ingreso o promoción de Policía Local, que serían asumidos
por la Junta de Extremadura a través de la Consejería competente en materia de coordinación de policías locales, mediante
la constitución de un Tribunal Único, previa solicitud del/los ayuntamiento/os convocantes de dichas plazas.
Esta previsión se ha materializado mediante la publicación del decreto 64/2022, de 8 de junio, por el que se regulan los
sistemas de selección, la provisión de puestos y la movilidad de las Policías Locales de Extremadura, así como el Tribunal
Único, con la finalidad de promover y potenciar, la realización de convocatorias conjuntas con el mayor número de
municipios de la región extremeña, dedicando su Título III a la regulación de dicho proceso unificado. En sus anexos I, II y III
regula, respectivamente, el cuadro de exclusiones médicas, las pruebas físicas con sus marcas y los temarios de las distintas
categorías y procedimientos de provisión. Finalmente, la disposición final primera faculta expresamente a la persona titular
de la Consejería que tenga atribuidas las competencias en materia de coordinación de policías locales para modificar dichos
anexos.
En desarrollo de dicho decreto 64/2022, de 8 de junio, para garantizar la unidad de criterios básicos en la selección de
policías locales de Extremadura, se ha publicado la Orden de 16 de febrero de 2023, de la Consejería de Agricultura,
Desarrollo Rural, Población y Territorio por la que se aprueban las bases para las convocatorias de procesos selectivos por
el sistema de oposición libre para la provisión de plazas de Agente de la Policía Local de Extremadura, en cuyo anexo II se
regulan expresamente las bases que, con carácter general, han de regir las convocatorias del proceso selectivo unificado,
mediante tribunal único, por el sistema de oposición libre para la provisión de plazas de Agente de Policía Local de
Extremadura. En dicha Orden se introducen también modificaciones puntuales de los anexos I y III del Decreto 64/2022, de 8
de junio.
Esta primera convocatoria de un proceso unificado de selección para policía local en Extremadura cumplirá el principio de
igualdad de trato entre mujeres y hombres en el acceso al empleo público, de acuerdo con lo que establece el artículo 14 de
la Constitución, la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la Igualdad Efectiva de Mujeres y Hombres, así como Ley
8/2011, de 23 de marzo, de Igualdad entre Mujeres y Hombres y contra la Violencia de Género en Extremadura.
Así, de conformidad con lo establecido en la normativa referenciada y en el artículo 92.1 de la Ley 1/2002, de 28 de febrero,
del Gobierno y de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura, previa informe favorable de la Comisión
de Coordinación de Policías Locales de Extremadura, y a propuesta de la Dirección General de Emergencias, Protección Civil
e Interior,
DISPONGO:
LA PUBLICACIÓN DE LAS BASES QUE HAN DE REGIR LA CONVOCATORIA DEL PROCESO SELECTIVO UNIFICADO, MEDIANTE
TRIBUNAL ÚNICO, POR EL SISTEMA DE OPOSICIÓN LIBRE PARA LA PROVISIÓN DE 61 PLAZAS DE AGENTE DE POLICÍA LOCAL
DE EXTREMADURA.
Primera.- Objeto de la convocatoria.

BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

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