Administración Local. Diputaciones. Diputación de Badajoz. Delegación de Cultura y Deportes. Conservatorio Superior de Música (Badajoz). (02227/2023)
Bases específicas con convocatoria reguladoras del II Certamen Ibérico de Piano de la Diputación de Badajoz
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Bases específicas con convocatoria reguladoras del II Certamen Ibérico de Piano de la Diputación de Badajoz

BASES ESPECÍFICAS CONVOCATORIA REGULADORAS DEL II CERTAMEN IBÉRICO DE PIANO DE LA DIPUTACIÓN DE BADAJOZ
Decreto: En el Palacio de la Diputación de Badajoz, a fecha de firma electrónica.
Con la finalidad de favorecer el crecimiento económico y social así como el impulso, solidaridad, reequilibrio intermunicipal y
territorial, la Diputación de Badajoz realiza políticas públicas de fomento que parecen definidas en los planes estratégicos de
subvenciones, como instrumento de planificación que permite mejorar la eficacia de las mismas. Dentro de los objetivos
estratégicos de los planes se encuentra el fomento de las actividades relacionadas con la cultura y el deporte, en cuanto a
actividades que generan riqueza y empleo, favorecen la cohesión social, potencian la imagen de una provincia atractiva,
dinámica y viva y contribuyen al desarrollo local.
En consonancia, el Conservatorio Superior de Música "Bonifacio Gil" de Badajoz perteneciente al área de Cultura de la
Diputación de Badajoz, convoca el II Certamen Ibérico de Piano de la Diputación de Badajoz a que se refieren las presentes
bases.
La Diputación de Badajoz, a través del Conservatorio Superior de Música "Bonifacio Gil", celebrará el II Certamen Ibérico de
piano de la Diputación de Badajoz con la finalidad de otorgar un premio que constituya un estimulo para el desarrollo
musical de los pianistas que tendrán la oportunidad de demostrar las cualidades adquiridas a lo largo de su vida académica
y ver reconocidos sus esfuerzos sirviendo de impulso a su trayectoria artística, así como de favorecer el crecimiento
económico, social y cultural de la provincia mediante la realización de una actividad que contribuirá a proyectar la imagen de
una provincia atractiva, dinámica y viva.
Para ello se han de aprobar las bases específicas reguladoras del certamen, con arreglo a lo que disponen la Ley 38/2003, de
17 de noviembre, General de Subvenciones y su Reglamento aprobado por Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, así como
la Ordenanza general de subvenciones de la Diputación de Badajoz.
Vista la propuesta de la Directora del Área de Cultura, Juventud y Bienestar Social para la aprobación de unas bases
específicas con convocatoria reguladoras del II Certamen Ibérico de Piano de la Diputación de Badajoz, que constituyan la
normativa específica por la que se rija el mismo.
Considerando la competencia que me confiere el artículo 33.2 de la Ordenanza general de subvenciones de la Diputación de
Badajoz, y la regulación contenida en la disposición transitoria primera del Reglamento del registro electrónico de la
Diputación de Badajoz.
HE RESUELTO:
Primero.- Aprobar las bases específicas con convocatoria reguladoras del II Certamen Ibérico de Piano de la
Diputación de Badajoz, cuyo texto forma parte inseparable del presente acuerdo.
Segundo.- Aprobar el gasto por la cuantía del premio que fija la convocatoria.
Tercero.- Aprobar la convocatoria que desarrolla el procedimiento para la concesión del premio en régimen
de concurrencia competitiva, de acuerdo con los principios generales de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre,
General de Subvenciones, Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las
Administraciones Públicas y Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
Cuarto.- Dar traslado de la presente resolución al Pleno de la Corporación Provincial, en la próxima sesión
ordinaria que se celebre y publicar la misma en el Boletín Oficial de la Provincia, para garantizar su
divulgación, facilitar su conocimiento y cumplir con la normativa vigente y aplicable al efecto.
Contra la presente resolución, que pone fin a la vía administrativa, en los términos del artículo 52 de la Ley
7/1985, de dos de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, podrá interponerse, potestativamente,
recurso de reposición ante el Ilmo. Sr. Presidente de la Diputación de Badajoz, dentro del plazo de un mes
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Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
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