Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Fuente del Maestre. Delegación de Economía y Hacienda. Servicio de Planificación Presupuestaria, Control del Gasto (Badajoz). (02328/2023)
Aprobación definitiva del Reglamento de régimen interno de funcionamiento del punto limpio
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Ayuntamiento de Fuente del Maestre
Anuncio 2328/2023
ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTOS
Ayuntamiento de Fuente del Maestre
Fuente del Maestre (Badajoz)
Anuncio 2328/2023
Aprobación definitiva del Reglamento de régimen interno de funcionamiento del punto limpio
APROBACIÓN DEFINITIVA
Al no haberse presentado reclamaciones durante el plazo de exposición al público, queda automáticamente elevado a
definitivo el acuerdo plenario inicial aprobatorio de Reglamento de régimen interno de funcionamiento de punto limpio de
Fuente del Maestre, cuyo texto íntegro se hace público, para su general conocimiento y en cumplimiento de lo previsto en el
artículo 70.2 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, de Bases del Régimen Local.
"REGLAMENTO DE RÉGIMEN INTERNO DE FUNCIONAMIENTO DE PUNTO LIMPIO DE FUENTE DEL MAESTRE NORMAS
GENERALES
1.ª.- Objeto y ámbito.
Las presentes normas tienen por objeto regular las actividades relacionadas con la puesta en marcha y funcionamiento del
punto limpio de residuos del municipio de Fuente del Maestre.
2.ª.- Definición.
A los efectos de las presentes normas se entiende por:
- Punto limpio: Los puntos limpios son instalaciones cerradas y ambientalmente controladas, ubicadas en
zonas urbanas o periurbanas, en las que se disponen de contenedores específicos para la recogida selectiva
de aquellos residuos asimilables a domésticos que requieren una recogida y tratamiento especializados.
- Residuos reciclables: Aquellos materiales que pueden ser reutilizados o reciclados como materia prima, para
que, mediante un proceso, se obtenga un producto distinto o igual al original.
- Proveedor: Persona natural o jurídica que hace entrega de los residuos reciclables en el punto limpio.
- Gestor: La persona o entidad, pública o privada, que realice cualquiera de las operaciones que componen la
gestión de los residuos, sea o no el productor de los mismos.
- Gestión: La recogida, el almacenamiento, el transporte, la valorización y la eliminación de los residuos,
incluida la vigilancia de estas actividades, así como la vigilancia de los lugares de depósito o vertido después
de su cierre.
3.ª.- Objetivos del punto limpio.
Los puntos limpios tienen como objetivos fundamentales:
- Aprovechar los materiales contenidos en los residuos que son susceptibles de un reciclaje directo
consiguiendo con ello un ahorro energético y de materias primas, y reduciendo el volumen de residuos a
eliminar.
- Servir a los ciudadanos como centro de depósito voluntario para la recogida selectiva de los residuos
producidos en el ámbito domiciliario.
- Ofrecer una forma sencilla de deshacerse de residuos que por sus características no pueden o no deben ser
gestionados a través de los sistemas tradicionales de recogida.
- Evitar el vertido incontrolado de residuos voluminosos que no pueden ser eliminados a través de los
servicios convencionales de recogida de basuras.
- Conseguir la separación en origen de los residuos, que serán recibidos, en distintos compartimentos
diferenciados entre sí.
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop
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APROBACIÓN DEFINITIVA
Al no haberse presentado reclamaciones durante el plazo de exposición al público, queda automáticamente elevado a
definitivo el acuerdo plenario inicial aprobatorio de Reglamento de régimen interno de funcionamiento de punto limpio de
Fuente del Maestre, cuyo texto íntegro se hace público, para su general conocimiento y en cumplimiento de lo previsto en el
artículo 70.2 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, de Bases del Régimen Local.
"REGLAMENTO DE RÉGIMEN INTERNO DE FUNCIONAMIENTO DE PUNTO LIMPIO DE FUENTE DEL MAESTRE NORMAS
GENERALES
1.ª.- Objeto y ámbito.
Las presentes normas tienen por objeto regular las actividades relacionadas con la puesta en marcha y funcionamiento del
punto limpio de residuos del municipio de Fuente del Maestre.
2.ª.- Definición.
A los efectos de las presentes normas se entiende por:
- Punto limpio: Los puntos limpios son instalaciones cerradas y ambientalmente controladas, ubicadas en
zonas urbanas o periurbanas, en las que se disponen de contenedores específicos para la recogida selectiva
de aquellos residuos asimilables a domésticos que requieren una recogida y tratamiento especializados.
- Residuos reciclables: Aquellos materiales que pueden ser reutilizados o reciclados como materia prima, para
que, mediante un proceso, se obtenga un producto distinto o igual al original.
- Proveedor: Persona natural o jurídica que hace entrega de los residuos reciclables en el punto limpio.
- Gestor: La persona o entidad, pública o privada, que realice cualquiera de las operaciones que componen la
gestión de los residuos, sea o no el productor de los mismos.
- Gestión: La recogida, el almacenamiento, el transporte, la valorización y la eliminación de los residuos,
incluida la vigilancia de estas actividades, así como la vigilancia de los lugares de depósito o vertido después
de su cierre.
3.ª.- Objetivos del punto limpio.
Los puntos limpios tienen como objetivos fundamentales:
- Aprovechar los materiales contenidos en los residuos que son susceptibles de un reciclaje directo
consiguiendo con ello un ahorro energético y de materias primas, y reduciendo el volumen de residuos a
eliminar.
- Servir a los ciudadanos como centro de depósito voluntario para la recogida selectiva de los residuos
producidos en el ámbito domiciliario.
- Ofrecer una forma sencilla de deshacerse de residuos que por sus características no pueden o no deben ser
gestionados a través de los sistemas tradicionales de recogida.
- Evitar el vertido incontrolado de residuos voluminosos que no pueden ser eliminados a través de los
servicios convencionales de recogida de basuras.
- Conseguir la separación en origen de los residuos, que serán recibidos, en distintos compartimentos
diferenciados entre sí.
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