Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Usagre. Delegación de Economía y Hacienda. Servicio de Planificación Presupuestaria, Control del Gasto (Badajoz). (02381/2023)
Aprobación definitiva del Reglamento de funcionamiento del espacio para la convivencia y la ciudadanía joven (ECCJ) de Usagre
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Ayuntamiento de Usagre
Anuncio 2381/2023
* Recibir un trato digno y respetuoso, tanto por parte del resto de usuarios, como de los responsables del
ECCJ.
* Participar en las actividades y proyectos de la casa, dentro de la capacidad de la misma, siempre y cuando
se cumplan las condiciones reglamentarias.
* Acceder a la información en todas y cada una de sus formas y modalidades, a través de los medios que
dispone el ECCJ de Usagre.
* A proponer ideas, proyectos y actividades que vayan en beneficio del colectivo juvenil, como una vía
permanente de escucha y desarrollo de los jóvenes dentro del ámbito municipal.
* A formar parte activa de las asociaciones juveniles, grupos de corresponsales juveniles, comisiones o
equipos que se puedan crear en torno al ECCJ, dentro de los marcos y condiciones previstos.
7B.- Deberes: Los usuarios del ECCJ de Usagre, tendrán el deber de:
* El único deber que los usuarios han de practicar es cumplir con todos y cada uno de los puntos que a modo
de normativa para el buen funcionamiento de la casa, están recogidos en el presente Reglamento, en
beneficio de todos.
8.- Horario del ECCJ.
El horario de apertura del ECCJ será el determinado por el Ayuntamiento de Usagre en función del interés general, del
personal laboral y de los recursos disponibles.
El horario de apertura del ECCJ fuera del horario estipulado por el Ayuntamiento de Usagre, será posible previa autorización
del Ayuntamiento y bajo la responsabilidad de alguna asociación o colectivo.
9.- Disposición final.
Primera.- La presente Ordenanza entrará en vigor, tras la publicación de su texto íntegro en el BOP y una vez
transcurridos 15 días desde la comunicación del acuerdo de aprobación a la Administración del Estado y de la
Comunidad Autónoma".
Segunda.- Desde el Ayuntamiento de Usagre y desde su voluntad de contribuir a la erradicación del
absentismo escolar, se observará especialmente la presencia en el ECCJ de aquellos/as usuarios/as que
acudan a sus instalaciones en horario lectivo debiendo estar en clase, y no traigan suficientemente avalada y
por escrito expedido por el centro correspondiente, o por el padre, madre o tutor, la razón que justifique su
ausencia de las aulas; pudiéndose emprender en su caso desde este Ayuntamiento, las acciones
administrativas pertinentes.
Tercera.- El presente reglamento que este ha de ser entendido como un instrumento que facilite el disfrute de
sus instalaciones y servicios, la conservación y mantenimiento del mismo, no solo por parte de la juventud de
Usagre, sino también del resto de la ciudadanía; y como cauce de participación de todos, tanto en la
utilización de este espacio, como en la aportación de ideas y sugerencias, para motivar a los jóvenes a ser
escuela de valores en el municipio.
ANEXO I:
ADQUISICIÓN DEL CARNÉ DE USUARIO:
Para el adecuado desarrollo de los servicios del espacio, el Ayuntamiento de Usagre, establece el "carné de usuario del ECCJ"
como un documento personal e intransferible, de carácter gratuito, salvo que una Ordenanza fiscal disponga lo contrario, y
obligatorio, para poder hacer uso de aquella o aquellas instalaciones y servicios, y según las condiciones de uso que en cada
momento determine el propio Ayuntamiento.
La solicitud establecida para la expedición de dicho carné, deberá ser cumplimentada y firmada por el/la solicitante y por el
padre/madre/tutor (en caso de menores de edad), y con dicha firma se declara que se conoce, acepta y compromete a
respetar las condiciones de uso de las instalaciones y servicios referidos.
Asimismo con la citada firma, los usuarios y/o sus representantes legales, se hacen responsables de las consecuencias que
se puedan derivar del incumplimiento de las condiciones de uso.
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop
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* Recibir un trato digno y respetuoso, tanto por parte del resto de usuarios, como de los responsables del
ECCJ.
* Participar en las actividades y proyectos de la casa, dentro de la capacidad de la misma, siempre y cuando
se cumplan las condiciones reglamentarias.
* Acceder a la información en todas y cada una de sus formas y modalidades, a través de los medios que
dispone el ECCJ de Usagre.
* A proponer ideas, proyectos y actividades que vayan en beneficio del colectivo juvenil, como una vía
permanente de escucha y desarrollo de los jóvenes dentro del ámbito municipal.
* A formar parte activa de las asociaciones juveniles, grupos de corresponsales juveniles, comisiones o
equipos que se puedan crear en torno al ECCJ, dentro de los marcos y condiciones previstos.
7B.- Deberes: Los usuarios del ECCJ de Usagre, tendrán el deber de:
* El único deber que los usuarios han de practicar es cumplir con todos y cada uno de los puntos que a modo
de normativa para el buen funcionamiento de la casa, están recogidos en el presente Reglamento, en
beneficio de todos.
8.- Horario del ECCJ.
El horario de apertura del ECCJ será el determinado por el Ayuntamiento de Usagre en función del interés general, del
personal laboral y de los recursos disponibles.
El horario de apertura del ECCJ fuera del horario estipulado por el Ayuntamiento de Usagre, será posible previa autorización
del Ayuntamiento y bajo la responsabilidad de alguna asociación o colectivo.
9.- Disposición final.
Primera.- La presente Ordenanza entrará en vigor, tras la publicación de su texto íntegro en el BOP y una vez
transcurridos 15 días desde la comunicación del acuerdo de aprobación a la Administración del Estado y de la
Comunidad Autónoma".
Segunda.- Desde el Ayuntamiento de Usagre y desde su voluntad de contribuir a la erradicación del
absentismo escolar, se observará especialmente la presencia en el ECCJ de aquellos/as usuarios/as que
acudan a sus instalaciones en horario lectivo debiendo estar en clase, y no traigan suficientemente avalada y
por escrito expedido por el centro correspondiente, o por el padre, madre o tutor, la razón que justifique su
ausencia de las aulas; pudiéndose emprender en su caso desde este Ayuntamiento, las acciones
administrativas pertinentes.
Tercera.- El presente reglamento que este ha de ser entendido como un instrumento que facilite el disfrute de
sus instalaciones y servicios, la conservación y mantenimiento del mismo, no solo por parte de la juventud de
Usagre, sino también del resto de la ciudadanía; y como cauce de participación de todos, tanto en la
utilización de este espacio, como en la aportación de ideas y sugerencias, para motivar a los jóvenes a ser
escuela de valores en el municipio.
ANEXO I:
ADQUISICIÓN DEL CARNÉ DE USUARIO:
Para el adecuado desarrollo de los servicios del espacio, el Ayuntamiento de Usagre, establece el "carné de usuario del ECCJ"
como un documento personal e intransferible, de carácter gratuito, salvo que una Ordenanza fiscal disponga lo contrario, y
obligatorio, para poder hacer uso de aquella o aquellas instalaciones y servicios, y según las condiciones de uso que en cada
momento determine el propio Ayuntamiento.
La solicitud establecida para la expedición de dicho carné, deberá ser cumplimentada y firmada por el/la solicitante y por el
padre/madre/tutor (en caso de menores de edad), y con dicha firma se declara que se conoce, acepta y compromete a
respetar las condiciones de uso de las instalaciones y servicios referidos.
Asimismo con la citada firma, los usuarios y/o sus representantes legales, se hacen responsables de las consecuencias que
se puedan derivar del incumplimiento de las condiciones de uso.
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