Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Usagre. Delegación de Economía y Hacienda. Servicio de Planificación Presupuestaria, Control del Gasto (Badajoz). (02381/2023)
Aprobación definitiva del Reglamento de funcionamiento del espacio para la convivencia y la ciudadanía joven (ECCJ) de Usagre
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Ayuntamiento de Usagre
Anuncio 2381/2023
ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTOS
Ayuntamiento de Usagre
Usagre (Badajoz)
Anuncio 2381/2023
Aprobación definitiva del Reglamento de funcionamiento del espacio para la convivencia y la ciudadanía joven (ECCJ) de
Usagre
REGLAMENTO DE FUNCIONAMIENTO DEL ESPACIO PARA LA CONVIVENCIA Y LA CIUDADANÍA JOVEN (ECCJ) DE USAGRE
1.- Fundamentación.
La Constitución Española de 1978, incluye en su capítulo III del título I, de los principios rectores de la política social y
económica, "el relativo a la participación de la juventud".
Así, el artículo 48 de nuestra Carta Magna dispone: "Los poderes públicos promoverán las condiciones para la participación
libre y eficaz de la juventud en el desarrollo político, social, económico y cultural".
Por otra parte, en su artículo 20.1.d, "reconoce como uno de los derechos fundamentales, el derecho a la información, por lo
que este debe ser garantizado a los jóvenes y concretarse en una prestación social asumida por los poderes públicos,
incluyendo en la misma, además de la información, el asesoramiento necesario sobre todo tipo de acciones y posibilidades
de actuación".
Igualmente, la Ley Reguladora de las Bases de Régimen Local, en su artículo 25.2 m), "otorga competencias a los municipios
en materia de actividades o instalaciones al tiempo libre, además de la competencia genérica para el establecimiento de
servicios que contribuyan a satisfacer las necesidades y aspiraciones de la comunidad vecinal"; así como las competencias
de las entidades locales menores que establece el artículo 72 de la Ley 17/2010, de 22 de diciembre, de Mancomunidades y
Entidades Locales Menores de Extremadura.
En cumplimiento de estos mandatos, reconocimientos y concesiones, las distintas administraciones públicas, asumen la
responsabilidad de proporcionar las infraestructuras y espacios necesarios que permitan hacer posible el progreso personal
y social de los jóvenes; así como acercarles la información para profundizar en la democracia y fortalecer a la sociedad con
la participación de un sector de vital importancia como es la juventud.
El espacio para la convivencia y ciudadanía joven (ECCJ) tiene carácter público, garantizándose en consonancia con ello la
preservación de su carácter plural, dirigiendo su actividad a la totalidad de los/as jóvenes de Vivares, incidiendo en la
prevención de situaciones de desventaja por razones físicas o sociales.
Es por todo ello por lo que, el Ayuntamiento de Usagre, ha considerado necesario regular su utilización y funcionamiento,
como soporte físico más importante de las actividades destinadas a la juventud y asociaciones juveniles de nuestra
localidad.
2.- Ámbito.
El presente Reglamento, contendrá las normas de funcionamiento por las que ha de regirse el ECCJ de Usagre, situado en c/
Ana María de Llera, s/n, local Complejo Deportivo, y que dará cobertura a toda la población juvenil de la localidad de Usagre
3.- Objetivos del ECCJ.
El ECCJ del Ayuntamiento de Usagre, es un equipamiento estable con estructura flexible y multifuncional,
convenientemente equipado para:
3.1.- Ofrecer servicios, recursos y actividades a la juventud, facilitándoles las infraestructuras y los medios
necesarios para que puedan crecer, desarrollarse y madurar, propiciando los valores de solidaridad,
sentimiento de pertenencia, respeto, tolerancia y responsabilidad en un ambiente participativo y de
cooperación.
3.2.- "Dar respuesta" a las demandas e inquietudes que por parte de la población joven nos sean
transmitidas. Además, se intentará, en la medida de lo posible, apoyar iniciativas de la población que estén
relacionadas con la juventud.
3.3.- Proporcionar espacios para el encuentro, la interrelación y la dinamización socio-cultural de la población
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop
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Usagre (Badajoz)
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Usagre
REGLAMENTO DE FUNCIONAMIENTO DEL ESPACIO PARA LA CONVIVENCIA Y LA CIUDADANÍA JOVEN (ECCJ) DE USAGRE
1.- Fundamentación.
La Constitución Española de 1978, incluye en su capítulo III del título I, de los principios rectores de la política social y
económica, "el relativo a la participación de la juventud".
Así, el artículo 48 de nuestra Carta Magna dispone: "Los poderes públicos promoverán las condiciones para la participación
libre y eficaz de la juventud en el desarrollo político, social, económico y cultural".
Por otra parte, en su artículo 20.1.d, "reconoce como uno de los derechos fundamentales, el derecho a la información, por lo
que este debe ser garantizado a los jóvenes y concretarse en una prestación social asumida por los poderes públicos,
incluyendo en la misma, además de la información, el asesoramiento necesario sobre todo tipo de acciones y posibilidades
de actuación".
Igualmente, la Ley Reguladora de las Bases de Régimen Local, en su artículo 25.2 m), "otorga competencias a los municipios
en materia de actividades o instalaciones al tiempo libre, además de la competencia genérica para el establecimiento de
servicios que contribuyan a satisfacer las necesidades y aspiraciones de la comunidad vecinal"; así como las competencias
de las entidades locales menores que establece el artículo 72 de la Ley 17/2010, de 22 de diciembre, de Mancomunidades y
Entidades Locales Menores de Extremadura.
En cumplimiento de estos mandatos, reconocimientos y concesiones, las distintas administraciones públicas, asumen la
responsabilidad de proporcionar las infraestructuras y espacios necesarios que permitan hacer posible el progreso personal
y social de los jóvenes; así como acercarles la información para profundizar en la democracia y fortalecer a la sociedad con
la participación de un sector de vital importancia como es la juventud.
El espacio para la convivencia y ciudadanía joven (ECCJ) tiene carácter público, garantizándose en consonancia con ello la
preservación de su carácter plural, dirigiendo su actividad a la totalidad de los/as jóvenes de Vivares, incidiendo en la
prevención de situaciones de desventaja por razones físicas o sociales.
Es por todo ello por lo que, el Ayuntamiento de Usagre, ha considerado necesario regular su utilización y funcionamiento,
como soporte físico más importante de las actividades destinadas a la juventud y asociaciones juveniles de nuestra
localidad.
2.- Ámbito.
El presente Reglamento, contendrá las normas de funcionamiento por las que ha de regirse el ECCJ de Usagre, situado en c/
Ana María de Llera, s/n, local Complejo Deportivo, y que dará cobertura a toda la población juvenil de la localidad de Usagre
3.- Objetivos del ECCJ.
El ECCJ del Ayuntamiento de Usagre, es un equipamiento estable con estructura flexible y multifuncional,
convenientemente equipado para:
3.1.- Ofrecer servicios, recursos y actividades a la juventud, facilitándoles las infraestructuras y los medios
necesarios para que puedan crecer, desarrollarse y madurar, propiciando los valores de solidaridad,
sentimiento de pertenencia, respeto, tolerancia y responsabilidad en un ambiente participativo y de
cooperación.
3.2.- "Dar respuesta" a las demandas e inquietudes que por parte de la población joven nos sean
transmitidas. Además, se intentará, en la medida de lo posible, apoyar iniciativas de la población que estén
relacionadas con la juventud.
3.3.- Proporcionar espacios para el encuentro, la interrelación y la dinamización socio-cultural de la población
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