Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Pueblonuevo del Guadiana. Delegación de Economía y Hacienda. Servicio de Planificación Presupuestaria, Control del Gasto (Badajoz). (02382/2023)
Aprobación definitiva del expediente de modificación de créditos número 05/2023
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Ayuntamiento de Pueblonuevo del Guadiana

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ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTOS
Ayuntamiento de Pueblonuevo del Guadiana
Pueblonuevo del Guadiana (Badajoz)
Anuncio 2382/2023
Aprobación definitiva del expediente de modificación de créditos número 05/2023

A los efectos del artículo 169, por remisión del 177.2, del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales,
aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, se hace publico para general conocimiento, que esta
Corporación en sesión plenaria celebrada el día 30 de marzo de 2023, adoptó acuerdo inicial, que ha resultado definitivo al
no haberse presentado reclamaciones contra el mismo, de aprobar el expediente número 05/2023 suplemento de crédito
financiado con cargo al remanente líquido de tesorería para gastos generales resultante de la liquidación presupuestaria del
ejercicio 2022:
Suplementos en aplicaciones de gastos

Aplicación
Progr.

Económica

920

62202

Descripción

Créditos iniciales

Total:

Suplemento de crédito

Créditos
finales

190.614,90 €

175.191,16 €

365.806,06 €

190.614,90 €

175.191,16 €

365.806,06 €

Esta modificación se financia en los siguientes términos:
Suplementos en conceptos de ingresos

Aplicación: económica
Cap.

Art.

Subconc

8

87

87000

Descripción
Remanente líquido de tesorería para gastos generales

Euros
175.191,16 €

Contra el presente acuerdo, en virtud de lo dispuesto en el artículo 171 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las
Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, los interesados podrán interponer
directamente recurso contencioso-administrativo en la forma y plazos establecidos en los artículos 25 a 42 de la Ley
29/1998, de 13 de julio, Reguladora de dicha Jurisdicción.
Sin perjuicio de ello, a tenor de lo establecido en el artículo 113.3 de la Ley 7/1985, la interposición de dicho recurso no
suspenderá por sí sola la efectividad del acto o acuerdo impugnado.
Pueblonuevo del Guadiana, a fecha de la firma digital.- El Alcalde, Pedro Pablo González Merino.

BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

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