Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Mérida. (02237/2023)
Bases para la provisión, como funcionario o funcionaria de carrera, mediante el sistema de oposición libre, de siete plazas de Agentes de la Policía Local del Ayuntamiento de Mérida, tres correspondiente de la OPE 2022 y cuatro de la OPE 2023
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Ayuntamiento de Mérida

Anuncio 2237/2023

15.11. Trasplante renal.
15.12. Cualquier hallazgo, lesión o enfermedad del aparato genitourinario que, bien por sí mismo, su
evolución o por el tratamiento requerido, dificulte o limite el correcto desempeño de las funciones
profesionales o puedan verse agravadas por las mismas.
15.13. Tumores malignos o benignos del aparato genital masculino que alteren o puedan alterar el normal
desarrollo de las funciones propias del servicio. Se valorarán según su importancia clínica funcional o
pronóstica.
15.14. Cualquier hallazgo, lesión o enfermedad del aparato genital masculino que, bien por sí mismo, su
evolución o por el tratamiento requerido (continuo o de larga duración), dificulte o limite el desarrollo de las
funciones profesionales.
15.15. Tumores malignos y lesiones precancerosas de mama, ovarios, trompa, útero, vagina y vulva que
alteren o puedan alterar el normal desarrollo de las funciones propias del servicio. Se valorarán según su
importancia clínica funcional o pronóstica.
15.16. Ginecomastia unilateral o bilateral. Mastopatías. Hipertrofia mamaria y prótesis mamarias. Será
valorado en función de su naturaleza y según su importancia clínica funcional o pronóstica.
15.17. Endometriosis incapacitante.
15.18. Cualquier hallazgo, lesión o enfermedad del aparato genital femenino que, bien por sí mismo, su
evolución o por el tratamiento requerido dificulte o limite el correcto desempeño de las funciones
profesionales o puedan verse agravadas por las mismas.
16. Otras causas de exclusión: La relación de causas de exclusión enumeradas anteriormente no tiene carácter exhaustivo,
por lo que el equipo médico que realice la valoración de esta prueba podrá apreciar cualquier otra patología que, a su juicio
y con la debida motivación, sea incompatible con el desarrollo normal del servicio policial.
17. Aplicación de las causas de exclusión. La concurrencia de alguna/as de las causas enumeradas anteriormente
determinará la exclusión de la persona del proceso de selección, salvo que por parte del equipo médico que realice la
valoración se aprecie, en base a informes emitidos por personal médico especialista directamente relacionado con dicha/ as
causa/as, que esa concurrencia es compatible con el desempeño normal del servicio policía.
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ANEXO III: PRUEBAS FÍSICAS
1.- Indicaciones previas:
Con anterioridad al inicio de las pruebas se procederá a la identificación de las personas aspirantes, a través del DNI, y a la
comprobación de la validez del certificado médico correspondiente, requisitos sin los cuales no se aceptará la participación
en ninguna de las pruebas.
El orden concreto de realización sucesivo de cada una de las pruebas será el establecido en las bases de la presente
convocatoria.
Las personas aspirantes no podrán hacer uso de vestuarios, deberán ir ya provistos de las prendas deportivas que vayan a
utilizar, –en la zona del torso, no utilizarán prendas acrílicas, dado que ese tejido, no permite adherir el dorsal en
condiciones óptimas, las personas aspirantes en todo caso traerán consigo cuatro imperdibles que emplearan en la sujeción
de su propio dorsal. El Ayuntamiento de Mérida, no facilitará los imperdibles–.
Durante el desarrollo de las pruebas no se permitirá el acceso de personas opositoras y/o público a las zonas establecidas a
tal fin para la ejecución de las pruebas, excepto aquellas personas candidatas, que las tengan que realizar en cada
momento.
El Tribunal está capacitado para, si se estima oportuno, solicitar las pruebas de control antidopaje necesarias para asegurar
la igualdad de oportunidades a todas las personas opositoras. Dichas pruebas serían supervisadas por alguno de los
laboratorios de referencia en esta materia en el ámbito nacional, y en caso de realizarse estarían sometidas a la legislación
vigente respecto a las pruebas de control antidopaje.

BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

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