Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Almendralejo. (02312/2023)
Bases de la convocatoria para la concesión de becas escolares en régimen de concurrencia competitiva para el curso académico 2023/2024
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Ayuntamiento de Almendralejo
Anuncio 2312/2023
- Cursar estudios en el curso académico 2023-2024.
Quinta: Requisitos económicos de los beneficiarios.
A) Podrán optar a esta ayuda todas aquellas personas que durante el curso académico 2023 - 2024 se encuentren cursando
educación infantil, educación primaria o educación secundaria.
B) Se podrán proponer como beneficiarios de estas ayudas al alumnado con una renta familiar mensual disponible menor o
igual a:
Familias de 2 miembros hasta 720,00 €.
Familias de 3 miembros hasta 792,00 €.
Familias de 4 miembros hasta 871,20 €.
Familias de 5 miembros hasta 958,32 €.
Familias de 6 miembros hasta 1.054,15 €.
Familias de 7 o más miembros hasta 1.159,57 €.
(Cuantía IPREM 2023 incrementado en un 20% para hasta 2 miembros y un 10% por cada miembro que se incremente)
2.- La renta familiar disponible se obtendrá por suma de rentas mensuales disponibles de cada uno de los miembros
computables de la familia que obtengan ingresos de cualquier naturaleza.
3.- Se consideran miembros computables todas aquellas personas que se encuentren empadronadas en el domicilio del
alumno, independientemente de la relación de parentesco que exista.
4.- Aquellas unidades de convivencia que deban hacer un esfuerzo de vivienda (pago de hipoteca o alquiler) se les
descontará un 25% de los ingresos mensuales.
C) Existiendo crédito presupuestario suficiente, se concederán ayudas a aquellas familias que no excedan en más de 100,00
euros la renta familiar mensual correspondiente.
Sexta: Gastos subvencionados.
Los gastos subvencionados con la presente convocatoria serán gastos relacionados con material escolar.
Séptima: Régimen de incompatibilidades.
Las becas son compatibles entre sí e incompatibles con las concedidas por cualquier otra entidad pública o privada si esta
ha superado la cantidad de 650,00 €.
Octava: Documentación.
- Modelo de solicitud según anexo I de la presente convocatoria.
- DNI de los miembros de la unidad de convivencia.
- Libro de Familia.
- Certificado de empadronamiento.
- Tarjeta de demanda de empleo de aquellos miembros de la unidad de convivencia que se encuentren
desempleados.
- Certificado del SEPE de aquellos miembros de la unidad de convivencia mayores de 16 años que se
encuentren desempleados.
- Certificado de prestaciones de la Seguridad Social de los miembros de la unidad de convivencia mayores de
18 años.
- Documentos acreditativos de los ingresos obtenidos por todos los miembros de la unidad de convivencia
relativos a los tres meses anteriores a la presentación de la solicitud.
- Informe de vida laboral de los miembros mayores de 16 años de la unidad de convivencia.
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop
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Quinta: Requisitos económicos de los beneficiarios.
A) Podrán optar a esta ayuda todas aquellas personas que durante el curso académico 2023 - 2024 se encuentren cursando
educación infantil, educación primaria o educación secundaria.
B) Se podrán proponer como beneficiarios de estas ayudas al alumnado con una renta familiar mensual disponible menor o
igual a:
Familias de 2 miembros hasta 720,00 €.
Familias de 3 miembros hasta 792,00 €.
Familias de 4 miembros hasta 871,20 €.
Familias de 5 miembros hasta 958,32 €.
Familias de 6 miembros hasta 1.054,15 €.
Familias de 7 o más miembros hasta 1.159,57 €.
(Cuantía IPREM 2023 incrementado en un 20% para hasta 2 miembros y un 10% por cada miembro que se incremente)
2.- La renta familiar disponible se obtendrá por suma de rentas mensuales disponibles de cada uno de los miembros
computables de la familia que obtengan ingresos de cualquier naturaleza.
3.- Se consideran miembros computables todas aquellas personas que se encuentren empadronadas en el domicilio del
alumno, independientemente de la relación de parentesco que exista.
4.- Aquellas unidades de convivencia que deban hacer un esfuerzo de vivienda (pago de hipoteca o alquiler) se les
descontará un 25% de los ingresos mensuales.
C) Existiendo crédito presupuestario suficiente, se concederán ayudas a aquellas familias que no excedan en más de 100,00
euros la renta familiar mensual correspondiente.
Sexta: Gastos subvencionados.
Los gastos subvencionados con la presente convocatoria serán gastos relacionados con material escolar.
Séptima: Régimen de incompatibilidades.
Las becas son compatibles entre sí e incompatibles con las concedidas por cualquier otra entidad pública o privada si esta
ha superado la cantidad de 650,00 €.
Octava: Documentación.
- Modelo de solicitud según anexo I de la presente convocatoria.
- DNI de los miembros de la unidad de convivencia.
- Libro de Familia.
- Certificado de empadronamiento.
- Tarjeta de demanda de empleo de aquellos miembros de la unidad de convivencia que se encuentren
desempleados.
- Certificado del SEPE de aquellos miembros de la unidad de convivencia mayores de 16 años que se
encuentren desempleados.
- Certificado de prestaciones de la Seguridad Social de los miembros de la unidad de convivencia mayores de
18 años.
- Documentos acreditativos de los ingresos obtenidos por todos los miembros de la unidad de convivencia
relativos a los tres meses anteriores a la presentación de la solicitud.
- Informe de vida laboral de los miembros mayores de 16 años de la unidad de convivencia.
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop
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