Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Zalamea de la Serena. Área de Desarrollo Rural y Sostenibilidad (Badajoz). (02277/2023)
Bases por la que se regirá la convocatoria para la provisión, con carácter de interinidad, de una plaza de Oficial de Mantenimiento para el Ayuntamiento de Zalamea de la Serena
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Ayuntamiento de Zalamea de la Serena

Anuncio 2277/2023

segunda de la convocatoria, referidos siempre a la fecha de expiración del plazo señalado para la presentación de las
mismas, y se dirigirán al Sr. Alcalde-Presidente del Ayuntamiento de Zalamea de la Serena, presentándose en el registro
general del Ayuntamiento durante el plazo de 7 días hábiles, contados a partir del día siguiente al de la fecha de publicación
de esta convocatoria en el BOP de Badajoz.
La no presentación de la solicitud en tiempo y forma supondrá la exclusión del/a aspirante. Las solicitudes también podrán
presentarse en la forma que determina el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo
Común de las Administraciones Públicas.
Cuarta: Admisión de aspirantes.
Expirado el plazo de presentación de solicitudes, la Alcaldía aprobará mediante resolución, dentro de los cinco días
siguientes, la lista provisional de personas admitidas y excluidas, que se hará pública en el tablón de edictos y en la sede
electrónica del Ayuntamiento, y en el Boletín Oficial de la Provincia de Badajoz, concediéndose un plazo de 3 días hábiles
para su subsanación, entendiéndose caducado este derecho por el transcurso del plazo sin efectuar aquellas, y
considerándose definitivas las listas provisionales si no hay alegaciones.
En la misma resolución que apruebe definitivamente las listas se indicará fecha, lugar y hora de comienzo de las pruebas, así
como la composición del Tribunal Calificador.
La lista definitiva de personas admitidas y excluidas se publicará en la sede electrónica y en el tablón de edictos del
Ayuntamiento.
No obstante, si en cualquier momento posterior a la aprobación de la lista definitiva, incluso durante la celebración de las
pruebas, se advierte en alguna solicitud inexactitud o falsedad que fuera causa de exclusión, esta se considerará defecto
insubsanable y se resolverá dicha exclusión.
Los sucesivos anuncios relacionados con el desarrollo del proceso selectivo se publicarán únicamente en el tablón de
anuncios de la sede física y electrónica de este Ayuntamiento.
Quinta: Tribunal Calificador.
El Tribunal Calificador tendrá la categoría establecida en el artículo 30 del Real Decreto 462/2002, de 24 de mayo, estará
constituido en la forma que se determina en el artículo 60 del Texto Refundido de la Ley del Estatuto Básico del/a
Empleado/a Público/a, estando constituido por un número impar de miembros no inferior a cinco, todos/as ellos/as
funcionarios/as de carrera con nivel de titulación igual o superior al exigido para la plaza objeto de la presente convocatoria.
Las organizaciones sindicales que formen parte de la mesa de negociación correspondiente recibirán información sobre el
desarrollo del proceso selectivo, pudiendo participar como observadores/as en todas las fases y actos que integran dicho
proceso, excepto en aquellos en los que se delibere, decida y materialice el contenido de las pruebas antes de su realización.
El procedimiento de actuación del Tribunal se ajustará en todo momento a lo dispuesto en la Ley 40/2015, de 1 de octubre,
de Régimen Jurídico del Sector Público, estando sus miembros, así como el personal asesor, sujetos a los supuestos de
abstención y recusación previstos en los artículos 23 y 24 de la citada norma.
Sexta: Pruebas selectivas y su desarrollo.
Las pruebas selectivas a celebrar para el acceso a la plaza que se convoca son las siguientes:
Primera prueba: Constará de un ejercicio sobre el temario del anexo I que consistirá en contestar por escrito un cuestionario
tipo test, en un tiempo máximo de 40 minutos, formado por hasta 30 preguntas. Dentro de las preguntas que se formulen
se incluirán 5 que sustituirán, por su orden correlativo, a aquellas que pudieran ser objeto de anulación por contener algún
error. Se calificará de 0 a 4 puntos, siendo preciso para superarlo obtener una puntuación mínima de 2 puntos.
Segunda prueba: Constará en dos supuestos prácticos que versarán sobre las funciones que van a desarrollarse. Cada
supuesto se valorará de 0 a 3 puntos. Con carácter previo, se expondrán por los miembros del Tribunal a los aspirantes los
criterios de valoración de las pruebas fijados previamente. Será preciso obtener una puntuación mínima de 3 puntos por
ambas pruebas.
El proceso selectivo de la plaza que se convoca se desarrollará a partir de la publicación de las listas definitivas de
admitidos/as y excluidos/as.
En los ejercicios o pruebas que requieran la actuación de los/as aspirantes, estos/as serán convocados/as para cada uno de
ellos en llamamiento único por orden alfabético del primer apellido, salvo casos de fuerza mayor, debidamente justificado.
Séptima: Relación de aprobados/as, presentación de documentos y nombramiento.
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

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