Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Castuera. Área de Recursos Humanos y Régimen Interior. Servicio de Gestión de Recursos Humanos (Badajoz). (01991/2023)
Convenio de colaboración entre el Ayuntamiento de Castuera y el Club Deportivo Castuera, año 2022-2023
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Ayuntamiento de Castuera

Anuncio 1991/2023

interés público se aleguen por el Ayuntamiento de Castuera.
8. La gestión de los equipos y secciones, la realizará el Club Deportivo Castuera y muy especialmente la
deportiva y la educativa de los jugadores, así como la de las respectivas mutualidades si las hubiera.
9. Autorizar al Club Deportivo Castuera la explotación de las barras-bar en las festividades de Carnaval y San
Juan en el año 2022.
Por parte del Club Deportivo Castuera.
1. Asumir cuantas obligaciones se deriven en el cumplimento de la normativa sanitaria y de venta o
disposición de bebidas en las instalaciones deportivas.
2. Vigilar el acceso de vehículos autorizados al recinto de la instalación (policía, guardia civil, ambulancia,
técnicos y árbitros).
3. Limpiar y recoger toda la basura de las zonas de público (platos, vasos, servilletas, plásticos, pipas y
similares, etc…) y depositarlas en los contenedores situados en la entrada para su posterior recogida por
parte del servicio de limpieza y basuras.
4. Incluir en su Junta Directiva al representante del Ayuntamiento, designado por el Alcalde, con los mismos
derechos que cualquier vocal de la misma.
5. El Ayuntamiento de Castuera podrá utilizar las instalaciones de mutuo acuerdo con el club, avisando con
antelación suficiente, dejando las mismas en el estado en que fueron entregadas.
6. El uso correcto y adecuado de las instalaciones, así como la vigilancia del más estricto consumo de agua y
electricidad, siendo responsable de los desperfectos o exceso de consumo que se produzcan.
7. El fomento del deporte base en la localidad y especialmente el fútbol.
8. Utilizar las instalaciones objeto del presente Convenio conforme a las estipulaciones derivadas del mismo.
9. Instalar publicidad en las instalaciones, la cual deberá contar con la autorización del Ayuntamiento, de
acuerdo a las estipulaciones del presente convenio.
10. Explotar las barras-bar en las festividades de Carnaval y San Juan en el año 2023.
Tercera. El órgano encargado de orientar y hacer el seguimiento de las acciones desarrolladas es la Concejalía de Deportes
del Excmo. Ayuntamiento de Castuera, u órgano que ejerza las competencias en materia de deportes.
Cuarta. El presente Convenio garantiza los gastos efectuados, dentro del objeto del mismo, desde el día 1 de julio de 2022
hasta el día 30 de junio de 2023 debiendo ser renovado expresamente, no admitiéndose su prórroga tácita.
Quinta. En todos aquellos aspectos, legislativos y de funcionamiento, no contenidos en el Convenio será de aplicación las
órdenes e instrucciones concretas que dicte el Ayuntamiento de Castuera, así como el Código Civil en sus artículos 1745 y ss.
Sexta. La forma de pago de la subvención se realizará:
1. Mediante un primer pago por importe de 7.000,00 € en los cinco días siguientes a la firma del Convenio; y el
resto del importe, hasta el total de la subvención y final del período subvencionado, mediante pagos
proporcionales de periodicidad mensual, a partir del mes siguiente de la suscripción del presente, que
deberán responder al ritmo de ejecución de la actividad subvencionada, debiéndose justificar trimestralmente
el destino de la subvención, a través de la presentación de documentos acreditativos de tal extremo en el
registro general de este Ayuntamiento para que el Concejal Delegado de Deportes informe al respecto sobre
la conformidad o disconformidad de tal justificación. El pago de las cantidades anteriores se abonará en la
cuenta corriente bancaria con el número de IBAN ES 62 3001 0044 834410000137, de Caja Almendralejo.
Septima. Las causas de resolución del presente Convenio serán:
1. Incumplimiento de alguna de las partes de las obligaciones establecidas en el mismo.
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Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
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