Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Badajoz. Área de Recursos Humanos y Régimen Interior. Servicio de Gestión de Recursos Humanos (Badajoz). (02156/2023)
Aprobación definitiva del Reglamento del Parque Infantil de Educación Vial y Tráfico del Ayuntamiento de Badajoz
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Ayuntamiento de Badajoz
Anuncio 2156/2023
Título VIII.- Seguros.
Artículo 26.- Seguro de responsabilidad civil.
Artículo 27.- Cobertura del seguro.
Artículo 28.- Seguro de los usuarios.
Disposición adicional.
_____________
EXPOSICIÓN DE MOTIVOS
En cumplimiento de lo prevenido en la orden ministerial de 31 de enero de 1989, por la que se regula la creación,
funcionamiento y reglamentación de los Parques Infantiles de Tráfico, se articula el presente Reglamento del Parque Infantil
de Educación Vial y Tráfico del Excmo. Ayuntamiento de Badajoz, que pretende hacer efectivo el aspecto divulgativo de la
educación vial, en relación con los centros escolares, asociaciones de vecinos, así como otras entidades, instituciones u
organizaciones de cualquier tipo, interesadas en la educación vial como parte incuestionable de la seguridad ciudadana.
Esta regulación específica del Parque Infantil de Tráfico, supone para este municipio, la continuación de las actividades con
carácter permanente que se vienen desarrollando por el departamento de educación vial de la Policía Local de Badajoz, todo
ello en aras de aportar nuevos esfuerzos para lograr un "tráfico" más seguro en el futuro, que devenga de la actual inversión
en Educación Vial Infantil, como complemento ineludible de la enseñanza oficial obligatoria impartida desde los centros
educativos.
TÍTULO I.- OBJETO Y FINALIDAD DEL PARQUE
Artículo 1.- Objeto del Reglamento.
El presente Reglamento tiene por objeto establecer las normas por las que van a regirse la creación, funcionamiento y el
aprovechamiento del Parque Infantil de Educación Vial y Tráfico de Badajoz, que se define según O.M. de 31 de enero de
1989, como aquella "instalación fija, constituida por un circuito con viales, reproducción de situaciones de tráfico,
conteniendo todos aquellos elementos propios de las vías públicas con su correspondiente señalización, incluidos vehículos
que no podrán ser otros que bicicletas, ciclomotores y pequeños Karts no concebidos para competición deportiva y con un
exclusivo fin educativo", incorporando a dicho elenco los vehículos de movilidad personal.
Artículo 2.- Ubicación del Parque Infantil.
El Parque Infantil de Educación Vial y Tráfico, objeto de la presente regulación, se sitúa en la actualidad en las instalaciones
de la Policía Local de Badajoz, de propiedad municipal y sitas en la calle Gaspar Méndez, número 2.
Artículo 3.- Finalidad.
El Parque Infantil de Educación Vial y Tráfico se constituye como un elemento pedagógico complementario de primer orden
en la educación vial escolar, y tiene como finalidad inmediata la impartición de programas prácticos específicos de
Educación Vial dirigidos fundamentalmente a nuestra población infantil, ya sea mediante la conformación de grupos
previamente concertados, ya en forma de jornadas planificadas para centros escolares, asociaciones de vecinos, etc., que se
muestren interesados en sus actividades de educación vial.
Artículo 4.- Objetivos pedagógicos.
Entre los objetivos pedagógicos a desarrollaren el Parque Infantil de Educación Vial y Tráfico, en materia de educación vial,
se destacan los siguientes:
- Facilitar a los usuarios del Parque Infantil de Educación Vial y Tráfico toda la información relativa a la
seguridad vial, siempre en consonancia con la edad del grupo escolar y promover igualmente, una eficaz
comprensión de todos los contenidos impartidos.
- Ampliar las informaciones que en materia de seguridad vial, hayan podido recibir los usuarios desde otras
instituciones o cualesquiera otros medios de información.
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop
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Título VIII.- Seguros.
Artículo 26.- Seguro de responsabilidad civil.
Artículo 27.- Cobertura del seguro.
Artículo 28.- Seguro de los usuarios.
Disposición adicional.
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EXPOSICIÓN DE MOTIVOS
En cumplimiento de lo prevenido en la orden ministerial de 31 de enero de 1989, por la que se regula la creación,
funcionamiento y reglamentación de los Parques Infantiles de Tráfico, se articula el presente Reglamento del Parque Infantil
de Educación Vial y Tráfico del Excmo. Ayuntamiento de Badajoz, que pretende hacer efectivo el aspecto divulgativo de la
educación vial, en relación con los centros escolares, asociaciones de vecinos, así como otras entidades, instituciones u
organizaciones de cualquier tipo, interesadas en la educación vial como parte incuestionable de la seguridad ciudadana.
Esta regulación específica del Parque Infantil de Tráfico, supone para este municipio, la continuación de las actividades con
carácter permanente que se vienen desarrollando por el departamento de educación vial de la Policía Local de Badajoz, todo
ello en aras de aportar nuevos esfuerzos para lograr un "tráfico" más seguro en el futuro, que devenga de la actual inversión
en Educación Vial Infantil, como complemento ineludible de la enseñanza oficial obligatoria impartida desde los centros
educativos.
TÍTULO I.- OBJETO Y FINALIDAD DEL PARQUE
Artículo 1.- Objeto del Reglamento.
El presente Reglamento tiene por objeto establecer las normas por las que van a regirse la creación, funcionamiento y el
aprovechamiento del Parque Infantil de Educación Vial y Tráfico de Badajoz, que se define según O.M. de 31 de enero de
1989, como aquella "instalación fija, constituida por un circuito con viales, reproducción de situaciones de tráfico,
conteniendo todos aquellos elementos propios de las vías públicas con su correspondiente señalización, incluidos vehículos
que no podrán ser otros que bicicletas, ciclomotores y pequeños Karts no concebidos para competición deportiva y con un
exclusivo fin educativo", incorporando a dicho elenco los vehículos de movilidad personal.
Artículo 2.- Ubicación del Parque Infantil.
El Parque Infantil de Educación Vial y Tráfico, objeto de la presente regulación, se sitúa en la actualidad en las instalaciones
de la Policía Local de Badajoz, de propiedad municipal y sitas en la calle Gaspar Méndez, número 2.
Artículo 3.- Finalidad.
El Parque Infantil de Educación Vial y Tráfico se constituye como un elemento pedagógico complementario de primer orden
en la educación vial escolar, y tiene como finalidad inmediata la impartición de programas prácticos específicos de
Educación Vial dirigidos fundamentalmente a nuestra población infantil, ya sea mediante la conformación de grupos
previamente concertados, ya en forma de jornadas planificadas para centros escolares, asociaciones de vecinos, etc., que se
muestren interesados en sus actividades de educación vial.
Artículo 4.- Objetivos pedagógicos.
Entre los objetivos pedagógicos a desarrollaren el Parque Infantil de Educación Vial y Tráfico, en materia de educación vial,
se destacan los siguientes:
- Facilitar a los usuarios del Parque Infantil de Educación Vial y Tráfico toda la información relativa a la
seguridad vial, siempre en consonancia con la edad del grupo escolar y promover igualmente, una eficaz
comprensión de todos los contenidos impartidos.
- Ampliar las informaciones que en materia de seguridad vial, hayan podido recibir los usuarios desde otras
instituciones o cualesquiera otros medios de información.
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