Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Badajoz. Área de Recursos Humanos y Régimen Interior. Servicio de Gestión de Recursos Humanos (Badajoz). (02156/2023)
Aprobación definitiva del Reglamento del Parque Infantil de Educación Vial y Tráfico del Ayuntamiento de Badajoz
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Ayuntamiento de Badajoz
Anuncio 2156/2023
ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTOS
Ayuntamiento de Badajoz
Badajoz
Anuncio 2156/2023
Aprobación definitiva del Reglamento del Parque Infantil de Educación Vial y Tráfico del Ayuntamiento de Badajoz
"APROBACIÓN DEFINITIVA REGLAMENTO DEL PARQUE INFANTIL DE EDUCACIÓN VIAL Y TRÁFICO DEL EXCMO.
AYUNTAMIENTO DE BADAJOZ"
El Pleno del Excmo. Ayuntamiento de Badajoz, en sesión ordinaria celebrada el día 27 de febrero de 2023, procedió a la
aprobación inicial del Reglamento del Parque Infantil de Educación Vial y Tráfico del Excmo. Ayuntamiento de Badajoz.
Anunciado en el Boletín Oficial de la Provincia de Badajoz de fecha 3 de marzo de 2023, transcurrido el tiempo de exposición
obligatorio y no habiéndose interpuesto ninguna reclamación o sugerencia sobre el mismo, se procede a la aprobación
definitiva del Reglamento del Parque Infantil de Educación Vial y Tráfico del Excmo. Ayuntamiento de Badajoz.
En virtud de lo anterior, y en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 70.2 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de
las Bases de Régimen Local, y una vez transcurrido el plazo previsto en el artículo 65.2 de dicho texto legal, procede la
publicación íntegra de dicha Ordenanza, que entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Boletín Oficial de la
Provincia.
Asimismo, de conformidad con lo establecido, entre otros, en los artículos 52.2.a de la citada Ley 7/1985, artículo 112.3 de la
Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y los artículos
10.1.b), 25.1 y 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, contra el
acuerdo plenario de aprobación del Reglamento del Parque Infantil de Educación Vial y Tráfico del Excmo. Ayuntamiento de
Badajoz, ya citado, que es definitivo en vía administrativa, podrá interponerse recurso contencioso-administrativo ante la
Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Extremadura, en el plazo de dos meses desde el
día siguiente a la publicación de este anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia de Badajoz. Todo ello sin perjuicio de la
interposición de cualquier otro recurso que por los interesados se estime conveniente.
En Badajoz, a fecha de la firma digital.- El Alcalde, Ignacio Gragera Barrera.
______________________
REGLAMENTO DEL PARQUE INFANTIL DE EDUCACIÓN VIAL Y TRÁFICO DEL EXCMO. AYUNTAMIENTO DE BADAJOZ, QUE A
CONTINUACIÓN SE TRANSCRIBE:
"ÍNDICE
Exposición de motivos.
Título I.- Objeto y finalidad del parque.
Artículo 1.- Objeto del Reglamento.
Artículo 2.- Ubicación del Parque Infantil.
Artículo 3.- Finalidad.
Artículo 4.- Objetivos pedagógicos.
Artículo 5.- Objetivos específicos.
Artículo 6.- Metodología.
Título II.- Titularidad y financiación del Parque Infantil de Tráfico.
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop
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"APROBACIÓN DEFINITIVA REGLAMENTO DEL PARQUE INFANTIL DE EDUCACIÓN VIAL Y TRÁFICO DEL EXCMO.
AYUNTAMIENTO DE BADAJOZ"
El Pleno del Excmo. Ayuntamiento de Badajoz, en sesión ordinaria celebrada el día 27 de febrero de 2023, procedió a la
aprobación inicial del Reglamento del Parque Infantil de Educación Vial y Tráfico del Excmo. Ayuntamiento de Badajoz.
Anunciado en el Boletín Oficial de la Provincia de Badajoz de fecha 3 de marzo de 2023, transcurrido el tiempo de exposición
obligatorio y no habiéndose interpuesto ninguna reclamación o sugerencia sobre el mismo, se procede a la aprobación
definitiva del Reglamento del Parque Infantil de Educación Vial y Tráfico del Excmo. Ayuntamiento de Badajoz.
En virtud de lo anterior, y en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 70.2 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de
las Bases de Régimen Local, y una vez transcurrido el plazo previsto en el artículo 65.2 de dicho texto legal, procede la
publicación íntegra de dicha Ordenanza, que entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Boletín Oficial de la
Provincia.
Asimismo, de conformidad con lo establecido, entre otros, en los artículos 52.2.a de la citada Ley 7/1985, artículo 112.3 de la
Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y los artículos
10.1.b), 25.1 y 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, contra el
acuerdo plenario de aprobación del Reglamento del Parque Infantil de Educación Vial y Tráfico del Excmo. Ayuntamiento de
Badajoz, ya citado, que es definitivo en vía administrativa, podrá interponerse recurso contencioso-administrativo ante la
Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Extremadura, en el plazo de dos meses desde el
día siguiente a la publicación de este anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia de Badajoz. Todo ello sin perjuicio de la
interposición de cualquier otro recurso que por los interesados se estime conveniente.
En Badajoz, a fecha de la firma digital.- El Alcalde, Ignacio Gragera Barrera.
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CONTINUACIÓN SE TRANSCRIBE:
"ÍNDICE
Exposición de motivos.
Título I.- Objeto y finalidad del parque.
Artículo 1.- Objeto del Reglamento.
Artículo 2.- Ubicación del Parque Infantil.
Artículo 3.- Finalidad.
Artículo 4.- Objetivos pedagógicos.
Artículo 5.- Objetivos específicos.
Artículo 6.- Metodología.
Título II.- Titularidad y financiación del Parque Infantil de Tráfico.
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