Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Quintana de la Serena. Área de Fomento. Servicio de Planificación y Seguimiento de Proyectos (Badajoz). (02233/2023)
Aprobación definitiva de la modificación de la Ordenanza fiscal reguladora de cementerios
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Quintana de la Serena (Badajoz)
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Aprobación definitiva de la modificación de la Ordenanza fiscal reguladora de cementerios

Acuerdo del Pleno de fecha 26 de enero de 2023 de la entidad Quintana de la Serena por el que se aprueba definitivamente
la modificación de la Ordenanza fiscal reguladora de cementerios.
Al no haberse presentado reclamaciones durante el plazo de exposición al público, queda automáticamente elevado a
definitivo el acuerdo plenario provisional de modificación de la Ordenanza fiscal reguladora de cementerios, cuyo texto
íntegro se hace público, para su general conocimiento y en cumplimiento del artículo 17.4 del Texto Refundido de la Ley
Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo:
"Aprobar provisionalmente la modificación de la ordenanza reguladora de la tasa del cementerio municipal,
consistente en modificar el artículo 9, que quedaría redactado como sigue: "Excepcionalmente se podrá
autorizar la adquisición, con la condición de que las obras estén terminadas en el plazo de 6 meses desde la
solicitud. No se formalizará la adquisición hasta tanto en cuanto, se acredite la terminación de las obras."
Contra el presente acuerdo, conforme al artículo 19 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales,
aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, se podrá interponer recurso contencioso-administrativo,
ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Extremadura con sede en Cáceres, en el
plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a la publicación del presente anuncio, de conformidad con el artículo 46
de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción Contencioso-administrativa.
Quintana de la Serena, a fecha de la firma digital.- El Alcalde, Raimundo Dávila Fortuna.

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Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

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