Administración Local. Mancomunidades. Mancomunidad de Aguas y Servicios de la Comarca de Llerena. (02193/2023)
Bases de la convocatoria para la provisión de un puesto de Trabajador/a Social mediante concurso-oposición para prestar servicios en el Servicio Social de Atención Social Básica
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Mancomunidad de Aguas y Servicios de la Comarca de Llerena

Anuncio 2193/2023

ADMINISTRACIÓN LOCAL
MANCOMUNIDADES
Mancomunidad de Aguas y Servicios de la Comarca de Llerena
Llerena (Badajoz)
Anuncio 2193/2023
Bases de la convocatoria para la provisión de un puesto de Trabajador/a Social mediante concurso-oposición para prestar
servicios en el Servicio Social de Atención Social Básica

Por resolución de esta Presidencia, de fecha 21 de abril de 2023, se ha resuelto aprobar las bases de la convocatoria para la
provisión de un puesto de Trabajador/a Social mediante concurso-oposición para prestar sus servicios en el Servicio Social
de Atención Social Básica 042 de la Mancomunidad Integral de Aguas y Servicios de la Comarca de Llerena convocando al
mismo tiempo el correspondiente proceso selectivo, conforme al tenor literal siguiente:
«BASES DE LA CONVOCATORIA PARA LA PROVISIÓN DE UN PUESTO DE TRABAJADOR/A SOCIAL MEDIANTE CONCURSOOPOSICIÓN PARA PRESTAR SUS SERVICIOS EN EL SERVICIO SOCIAL DE ATENCIÓN SOCIAL BÁSICA 042 DE LA
MANCOMUNIDAD INTEGRAL DE AGUAS Y SERVICIOS DE LA COMARCA DE LLERENA.
Primera.- Objeto:
Es objeto de la presente convocatoria la provisión mediante concurso-oposición, de un puesto de Trabajador/a Social, en la
Mancomunidad Integral de Aguas y Servicios de la comarca de Llerena, al amparo del convenio de colaboración para el
mantenimiento del Servicio Social de Atención Social Básica 042, firmado entre esta entidad local y la Consejería de Sanidad
y Políticas Sociales.
La plaza convocada se cubrirá mediante contrato laboral de carácter indefinido a jornada completa, condicionado o
vinculado a la existencia del convenio de colaboración con destino al servicio anteriormente mencionado y a suscribir entre
la Consejería de Sanidad y Servicios Sociales de la Junta de Extremadura (o la que en cada momento sea competente) y esta
Mancomunidad, de tal manera que en el momento en que dejara de existir dicho convenio se produciría el consiguiente fin
de la relación laboral entre quien cubriese la plaza que se oferta mediante las siguientes bases y el SSASB. Se establecerá un
período de prueba de dos meses.
Las funciones a desempeñar serán las establecidas en la Ley 14/2015, de 9 de abril, de Servicios Sociales de Extremadura.
Las retribuciones brutas a percibir serán las establecidas en el convenio de colaboración.
Además, corresponderá al titular de la plaza, objeto de la presente convocatoria, una vez adjudicada, el desempeño de las
funciones derivadas del desarrollo de las actividades del título exigido para el acceso a este puesto, conforme a lo dispuesto
por el artículo 171 del Real Decreto Legislativo 781/1986, de 18 de abril, por el que se aprueba el Texto Refundido de las
disposiciones legales vigentes en materia de Régimen Local.
Estará, además, sujeto a lo dispuesto en la Ley 53/84, de 26 de diciembre, de Incompatibilidades del Personal al Servicio de
las Administraciones Públicas.
Segunda.- Requisitos de los aspirantes:
Para poder ser admitidos, los aspirantes deberán reunir a la fecha de terminación del plazo de presentación de solicitudes,
todos y cada uno de los siguientes requisitos:
a) Tener la nacionalidad española o cumplir los requisitos establecidos en artículo 57 de la Ley 7/2007, de 12
de abril, sobre el acceso al empleo público de nacionales de otros Estados.
b) Tener cumplidos los 16 años de edad y no exceder de la edad de jubilación forzosa, ambas referidas al día
en que finalice el plazo de presentación de instancias.
c) Estar en posesión a la fecha de finalización del plazo de presentación de instancias, o en condiciones de
obtenerlo, en la fecha en que finalice el plazo de presentación de instancias, del título oficial de Grado en
Trabajo Social o Diplomatura en Trabajo Social Trabajador/a Social, expedido con arreglo a la legislación
vigente.
En el supuesto de invocar un título equivalente obtenido en España cuya homologación expresa no esté
recogida en la normativa del Ministerio que tenga atribuidas la competencia en la materia, u obtenido en el
extranjero, habrá de acompañarse certificado expedido por la Secretaría de Estado de Educación, u
organismo que en su caso le sustituya, que acredite la equivalencia.
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

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