Administración Local. Diputaciones. Diputación de Badajoz. Área de Recursos Humanos y Régimen Interior. Servicio de Administración de Recursos Humanos (Badajoz). (02089/2023)
Bases de la convocatoria para la provisión, por promoción interna, de una plaza de Técnico/a Informática de Gestión
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Área de Recursos Humanos y Régimen Interior
Régimen
https://sede.dip-badajoz.es/portal/literal.do?opc_id=10071&ent_id=10&idioma=1.
Anuncio 2089/2023
Interior:
2. Segundo ejercicio (10 puntos máximo): Consistirá en contestar a tres supuestos prácticos, de
entre cinco propuestos, durante un tiempo máximo de dos horas, referentes al contenido del
temario anexo, en los que deberán acreditarse los conocimientos que se posean en referencia
a la plaza objeto de la convocatoria.
El Temario está recogido en el anexo a la presente convocatoria. La normativa que
expresamente se cita se considerará referida a aquella otra que pueda ser aprobada y la
sustituya. En todo caso, deberá exigirse por el Tribunal de Selección, la normativa vigente el día
de finalización del plazo de presentación de solicitudes.
El orden de actuación en aquellos ejercicios que no puedan realizarse conjuntamente será el
alfabético, comenzando por la persona aspirante cuyo primer apellido empiece por la letra "U"
de conformidad con la resolución de 9 de mayo de 2022 de la Secretaría de Estado de Función
Pública (BOE de 13-05-2022).
El desarrollo del proceso selectivo podría ser coincidente en el tiempo, en cualquiera de sus
fases, incluida la realización de ejercicios, con cualquier otro que se estén celebrando en, la
Diputación de Badajoz, sus Organismos Autónomos o Consorcios.
b) Fase de concurso (hasta un máximo de 6 puntos):
- Hasta 3 puntos, por servicios prestados en la Administración Pública en el grupo desde el que
se promociona para optar a las plazas ofertadas, se concederán 0,05 puntos por mes de
servicio efectivo, computándose hasta un máximo de sesenta meses, acumulando todos los
periodos y despreciándose la fracción final resultante inferior al mes.
Los servicios prestados en otras administraciones, en el mismo grupo desde el que se
promociona, al amparo de la Ley 70/1978, de 26 de diciembre, de reconocimiento de servicios
previos en la administración pública, se acreditarán mediante la aportación por el interesado
de: informe de vida laboral emitido por la Tesorería General de la Seguridad Social, certificación
expedida por el órgano competente de la Administración donde se hayan prestado los mismos
y cualquier otra documentación justificativa de los servicios prestados.
- Hasta 2 puntos, por haber realizado cursos de formación, concediéndose 0,01 puntos por
hora de formación. Únicamente se valorarán los cursos de formación y perfeccionamiento
impartidos por las administraciones públicas, Universidades públicas, así como los impartidos
por centros o entidades acogidos al Plan de Formación Continua de las Administraciones
Públicas, que estén directamente relacionados con las funciones de la categoría convocada, así
como con la materia de riesgos laborales e igualdad de género. No se asignará puntuación
alguna cuando la duración en horas no esté debidamente acreditada.
- 1 punto, por estar en posesión de otra titulación igual o superior a la requerida
para participar en esta convocatoria de promoción interna.
Se recabarán de oficio los méritos que consten en el expediente personal. A tal efecto, deberá
marcarse "remisión a mi expediente personal" en la solicitud de admisión. El personal en activo
podrán realizar la consulta electrónica de su expediente, mediante el acceso a través del gestor
de correo web ZIMBRA/"Portal del Empleado/Expediente personal en RRHH". Cualquier
consulta o aclaración relativa al expediente personal, podrá ser dirigida al Área de Recursos
Humanos, por correo electrónico a: expediente.personal@dip-badajoz.es
Los méritos que no consten en el expediente personal, se acreditarán mediante los
documentos correspondientes, que habrán de ser aportados junto a la solicitud de admisión,
de conformidad con lo establecido anteriormente en la base cuarta, apartado 3 (presentación
de la solicitud).
Los méritos se computarán hasta la fecha de terminación del plazo de presentación de
solicitudes. El Tribunal de Selección se reserva el derecho de comprobar la veracidad de la
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop
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Interior:
2. Segundo ejercicio (10 puntos máximo): Consistirá en contestar a tres supuestos prácticos, de
entre cinco propuestos, durante un tiempo máximo de dos horas, referentes al contenido del
temario anexo, en los que deberán acreditarse los conocimientos que se posean en referencia
a la plaza objeto de la convocatoria.
El Temario está recogido en el anexo a la presente convocatoria. La normativa que
expresamente se cita se considerará referida a aquella otra que pueda ser aprobada y la
sustituya. En todo caso, deberá exigirse por el Tribunal de Selección, la normativa vigente el día
de finalización del plazo de presentación de solicitudes.
El orden de actuación en aquellos ejercicios que no puedan realizarse conjuntamente será el
alfabético, comenzando por la persona aspirante cuyo primer apellido empiece por la letra "U"
de conformidad con la resolución de 9 de mayo de 2022 de la Secretaría de Estado de Función
Pública (BOE de 13-05-2022).
El desarrollo del proceso selectivo podría ser coincidente en el tiempo, en cualquiera de sus
fases, incluida la realización de ejercicios, con cualquier otro que se estén celebrando en, la
Diputación de Badajoz, sus Organismos Autónomos o Consorcios.
b) Fase de concurso (hasta un máximo de 6 puntos):
- Hasta 3 puntos, por servicios prestados en la Administración Pública en el grupo desde el que
se promociona para optar a las plazas ofertadas, se concederán 0,05 puntos por mes de
servicio efectivo, computándose hasta un máximo de sesenta meses, acumulando todos los
periodos y despreciándose la fracción final resultante inferior al mes.
Los servicios prestados en otras administraciones, en el mismo grupo desde el que se
promociona, al amparo de la Ley 70/1978, de 26 de diciembre, de reconocimiento de servicios
previos en la administración pública, se acreditarán mediante la aportación por el interesado
de: informe de vida laboral emitido por la Tesorería General de la Seguridad Social, certificación
expedida por el órgano competente de la Administración donde se hayan prestado los mismos
y cualquier otra documentación justificativa de los servicios prestados.
- Hasta 2 puntos, por haber realizado cursos de formación, concediéndose 0,01 puntos por
hora de formación. Únicamente se valorarán los cursos de formación y perfeccionamiento
impartidos por las administraciones públicas, Universidades públicas, así como los impartidos
por centros o entidades acogidos al Plan de Formación Continua de las Administraciones
Públicas, que estén directamente relacionados con las funciones de la categoría convocada, así
como con la materia de riesgos laborales e igualdad de género. No se asignará puntuación
alguna cuando la duración en horas no esté debidamente acreditada.
- 1 punto, por estar en posesión de otra titulación igual o superior a la requerida
para participar en esta convocatoria de promoción interna.
Se recabarán de oficio los méritos que consten en el expediente personal. A tal efecto, deberá
marcarse "remisión a mi expediente personal" en la solicitud de admisión. El personal en activo
podrán realizar la consulta electrónica de su expediente, mediante el acceso a través del gestor
de correo web ZIMBRA/"Portal del Empleado/Expediente personal en RRHH". Cualquier
consulta o aclaración relativa al expediente personal, podrá ser dirigida al Área de Recursos
Humanos, por correo electrónico a: expediente.personal@dip-badajoz.es
Los méritos que no consten en el expediente personal, se acreditarán mediante los
documentos correspondientes, que habrán de ser aportados junto a la solicitud de admisión,
de conformidad con lo establecido anteriormente en la base cuarta, apartado 3 (presentación
de la solicitud).
Los méritos se computarán hasta la fecha de terminación del plazo de presentación de
solicitudes. El Tribunal de Selección se reserva el derecho de comprobar la veracidad de la
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