Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Oliva de la Frontera. Organismo Autónomo de Recaudación y Gestión Tributaria (Badajoz). Servicio de Administración de Recursos Humanos (Badajoz). (02028/2023)
Bases de la convocatoria para cubrir en propiedad una plaza de Arquitecto/a Técnico/a, personal funcionario, turno libre, por el sistema de oposición
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Ayuntamiento de Oliva de la Frontera

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ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTOS
Ayuntamiento de Oliva de la Frontera
Oliva de la Frontera (Badajoz)
Anuncio 2028/2023
Bases de la convocatoria para cubrir en propiedad una plaza de Arquitecto/a Técnico/a, personal funcionario, turno libre,
por el sistema de oposición

BASES DE LA CONVOCATORIA PARA CUBRIR EN PROPIEDAD UNA PLAZA DE ARQUITECTO/A TÉCNICO/A, PERSONAL
FUNCIONARIO, TURNO LIBRE, POR EL SISTEMA DE OPOSICIÓN, PARA EL SERVICIO DEL AYUNTAMIENTO DE OLIVA DE LA
FRONTERA
Doña Luisa Osorio Vicho, Alcaldesa-Presidenta del Ayuntamiento de Oliva de la Frontera, en uso de las atribuciones
conferidas por el artículo 21.1 g) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local, convoca pruebas
selectivas para cubrir, una plaza de Arquitecto/a Técnico/a, vacante en la plantilla de personal de este Ayuntamiento,
correspondiente a las OEP 2023 publicada en el DOE número 57 del 23 de marzo de 2022, del turno libre, mediante sistema
de oposición, con arreglo a las siguientes.
BASES:
Primera. - Objeto de la convocatoria.
1.1.- Se convocan pruebas selectivas para cubrir, en propiedad mediante el sistema de oposición, en turno
libre, una plaza vacante de Arquitecto/a Técnico/a, incluida en la oferta de empleo público de 2023 del
Ayuntamiento de Oliva de la Frontera, personal funcionario pertenecientes al grupo A, subgrupo A2, con los
complementos consignados presupuestariamente y demás retribuciones que correspondan al puesto.
1.2.- El/la Arquitecto/a Técnico/a realizará sus funciones en el Ayuntamiento de Oliva de la Frontera y en su
término municipal, siendo las funciones propias del puesto de trabajo las siguientes:
Emisión de Informes de licencias urbanísticas, trabajos de inspección y comprobación de edificios,
obras y construcciones en el ámbito de las facultades de disciplina urbanística de competencia
municipal.
Funciones propias del correcto desarrollo urbanístico del municipio y asistencia directa a la Alcaldía y a
las Concejalías de Obras y Urbanismo.
Atención al público en temas relacionados con competencias municipales en las que tenga
consideración de interesado.
1.3.- En lo no previsto en estas bases, serán de aplicación al procedimiento selectivo, la Ley 7/1985, de 2 de
abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local; el Real Decreto Legislativo 781/1986, de 13 de abril, del Texto
Refundido de las disposiciones vigentes en materia de Régimen Local; el Real Decreto Legislativo 5/2015, de
30 de octubre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público
(EBEP); el decreto 201/1995, de 26 de diciembre, del Reglamento General de Ingreso del Personal al Servicio
de la Comunidad Autónoma de Extremadura, siendo de aplicación supletoria el Real Decreto 364/1995, de 10
de marzo, del Reglamento General de Ingreso del Personal al Servicio del Estado, y la Ley 39/2015, de 1 de
octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, así como la Ley 40/2015,
de Régimen Jurídico del Sector Público y demás normas concordantes de aplicación.
1.4.- El procedimiento de selección de los/las aspirantes será el de oposición.
Segunda.- Condiciones de admisión de los/las aspirantes.
2.1.- Para formar parte en el proceso de selección, será necesario reunir los requisitos establecidos en el
artículo 56 del Texto Refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, aprobado por Real
Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre:
a) Tener la nacionalidad española, sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 57 Texto
Refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público aprobado por Real Decreto
Legislativo 5/2015, de 30 de octubre.
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

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