Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Badajoz. Instituto Municipal de Servicios Sociales (Badajoz). Servicio de Planificación y Seguimiento de Proyectos (Badajoz). (01981/2023)
Aprobación definitiva de la Ordenanza reguladora del funcionamiento del servicio de ayuda a domicilio y teleasistencia domiciliaria del Instituto Municipal de Servicios Sociales
29 páginas totales
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Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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Instituto Municipal de Servicios Sociales
Anuncio 1981/2023
atención, así como avanzar el pronóstico de mejora en la situación del usuario.
Permitir establecer un sistema de priorización de la demanda de prestación del Servicio y de igualdad
de acceso.
1.- Situación Económica (puntuación máxima 20 puntos).
Número de miembros de la U.F.
N.º de veces el IPREM
N.º de veces el IPREM
1
2
3
0
1
20
20
20
1+ 0,01
1,5
18
18
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1,5+ 0,01 €
1,7
16
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1,7+ 0,01 €
1,9
14
16
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1,9+ 0,01 ct
2,1
12
14
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2,1+ 0,01 ct
2,3
10
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2,3+ 0,01 ct
2,5
8
10
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2,5+ 0,01 ct
2,7
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2,9
0
6
8
2,9+ 0,01 ct
3,1
0
0
6
3,1+ 0,01 ct
0 más
0
0
0
Para el cálculo del IPREM mensual se tendrá en cuenta el IPREM por doce pagas anuales dividido entre 12 meses.
Para la determinación de la situación económica, se tendrá en cuenta la suma de los ingresos mensuales percibidos por
todos los miembros de la unidad familiar de convivencia, entendiéndose por la misma, aquella formada por todas las
personas que, conviviendo en el mismo marco físico, estén unidas por matrimonio u otra forma de relación permanente
análoga a la conyugal, por adopción, parentesco de consanguinidad o afinidad hasta tercer grado. A estos ingresos se le
descontarán los gastos mensuales asumidos por la unidad familiar de convivencia.
Serán considerados ingresos económicos de la unidad familiar de convivencia todos los obtenidos por los
siguientes conceptos:
1. Los Ingresos netos derivados del trabajo, pensiones y prestaciones reconocidas durante el año en curso,
incluidas las pagas extraordinarias.
2. Los rendimientos netos derivados de actividades económicas.
3. Los rendimientos netos obtenidos del capital inmobiliario (rústico y urbano). Se contabilizará el 100% de
estos ingresos.
4. Los rendimientos netos obtenidos del capital mobiliario.
Serán considerados gastos asumidos por la unidad familiar de convivencia todos los determinados por los
siguientes conceptos:
1. Gastos de alquiler y/o hipoteca (contrato de alquiler legalmente establecido y último recibo y/o justificante
de préstamo hipotecario y último recibo).
2. Gastos por la contratación de personas o servicios para atender la situación de necesidad (facturas Centro
de Día, Ayuda a Domicilio, contrato de cuidadora, contrato ingreso en Centro Residencial, factura de
terapias,etc.).
3. Gastos por la contratación de personas o servicios para atender la situación de necesidad (facturas Centro
de Día, Ayuda a Domicilio, contrato de cuidadora, contrato ingreso en Centro Residencial, factura de
terapias,etc.).
2.- Autonomía Personal (puntuación máxima 35 puntos).
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop
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atención, así como avanzar el pronóstico de mejora en la situación del usuario.
Permitir establecer un sistema de priorización de la demanda de prestación del Servicio y de igualdad
de acceso.
1.- Situación Económica (puntuación máxima 20 puntos).
Número de miembros de la U.F.
N.º de veces el IPREM
N.º de veces el IPREM
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0 más
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Para el cálculo del IPREM mensual se tendrá en cuenta el IPREM por doce pagas anuales dividido entre 12 meses.
Para la determinación de la situación económica, se tendrá en cuenta la suma de los ingresos mensuales percibidos por
todos los miembros de la unidad familiar de convivencia, entendiéndose por la misma, aquella formada por todas las
personas que, conviviendo en el mismo marco físico, estén unidas por matrimonio u otra forma de relación permanente
análoga a la conyugal, por adopción, parentesco de consanguinidad o afinidad hasta tercer grado. A estos ingresos se le
descontarán los gastos mensuales asumidos por la unidad familiar de convivencia.
Serán considerados ingresos económicos de la unidad familiar de convivencia todos los obtenidos por los
siguientes conceptos:
1. Los Ingresos netos derivados del trabajo, pensiones y prestaciones reconocidas durante el año en curso,
incluidas las pagas extraordinarias.
2. Los rendimientos netos derivados de actividades económicas.
3. Los rendimientos netos obtenidos del capital inmobiliario (rústico y urbano). Se contabilizará el 100% de
estos ingresos.
4. Los rendimientos netos obtenidos del capital mobiliario.
Serán considerados gastos asumidos por la unidad familiar de convivencia todos los determinados por los
siguientes conceptos:
1. Gastos de alquiler y/o hipoteca (contrato de alquiler legalmente establecido y último recibo y/o justificante
de préstamo hipotecario y último recibo).
2. Gastos por la contratación de personas o servicios para atender la situación de necesidad (facturas Centro
de Día, Ayuda a Domicilio, contrato de cuidadora, contrato ingreso en Centro Residencial, factura de
terapias,etc.).
3. Gastos por la contratación de personas o servicios para atender la situación de necesidad (facturas Centro
de Día, Ayuda a Domicilio, contrato de cuidadora, contrato ingreso en Centro Residencial, factura de
terapias,etc.).
2.- Autonomía Personal (puntuación máxima 35 puntos).
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Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop
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