Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Bodonal de la Sierra. Instituto Municipal de Servicios Sociales (Badajoz). Servicio de Planificación y Seguimiento de Proyectos (Badajoz). (01979/2023)
Aprobación definitiva del expediente de crédito extraordinario número 3/2023
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Ayuntamiento de Bodonal de la Sierra
Anuncio 1979/2023
ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTOS
Ayuntamiento de Bodonal de la Sierra
Bodonal de la Sierra (Badajoz)
Anuncio 1979/2023
Aprobación definitiva del expediente de crédito extraordinario número 3/2023
Habiéndose aprobado definitivamente el expediente de crédito extraordinario financiado con cargo al remanente líquido de
tesorería, al no haberse presentado alegaciones, se publica el mismo para su general conocimiento a los efectos del artículo
169.1, por remisión del 179.4, del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real
Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo:
Altas en aplicaciones de gastos.
Aplicación
Descripción
Créditos iniciales
Crédito extraordinario Créditos finales
Progr. Económica
1532
631
Arreglo de caminos
0,00 €
60.000,00 €
60.000,00 €
342
622
Pista de pádel
0,00 €
108.956,12 €
108.956,12 €
Total:
168.956,12 €
168.956,12 €
Altas en conceptos de ingresos.
Aplicación: económica
Cap.
Art.
870.00
Descripción
Euros
Conc.
Remanente de tesorería para gastos generales
168.956,12 €
Total ingresos: 168.956,12 €
Contra el presente acuerdo, conforme al artículo 171.1 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales,
aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, se podrá interponer recurso contencioso-administrativo, en
el plazo de dos meses a contar desde el día de la publicación del presente anuncio, de conformidad con el artículo 46 de la
Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción Contencioso-administrativa.
Sin perjuicio de ello, a tenor de lo establecido en el artículo 171.3 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas
Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, la interposición de dicho recurso no suspenderá
por sí sola la efectividad del acto o acuerdo impugnado.
Bodonal de la Sierra, a fecha de la firma digital.- La Alcaldesa, Lourdes Linares Matito.
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop
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Habiéndose aprobado definitivamente el expediente de crédito extraordinario financiado con cargo al remanente líquido de
tesorería, al no haberse presentado alegaciones, se publica el mismo para su general conocimiento a los efectos del artículo
169.1, por remisión del 179.4, del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real
Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo:
Altas en aplicaciones de gastos.
Aplicación
Descripción
Créditos iniciales
Crédito extraordinario Créditos finales
Progr. Económica
1532
631
Arreglo de caminos
0,00 €
60.000,00 €
60.000,00 €
342
622
Pista de pádel
0,00 €
108.956,12 €
108.956,12 €
Total:
168.956,12 €
168.956,12 €
Altas en conceptos de ingresos.
Aplicación: económica
Cap.
Art.
870.00
Descripción
Euros
Conc.
Remanente de tesorería para gastos generales
168.956,12 €
Total ingresos: 168.956,12 €
Contra el presente acuerdo, conforme al artículo 171.1 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales,
aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, se podrá interponer recurso contencioso-administrativo, en
el plazo de dos meses a contar desde el día de la publicación del presente anuncio, de conformidad con el artículo 46 de la
Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción Contencioso-administrativa.
Sin perjuicio de ello, a tenor de lo establecido en el artículo 171.3 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas
Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, la interposición de dicho recurso no suspenderá
por sí sola la efectividad del acto o acuerdo impugnado.
Bodonal de la Sierra, a fecha de la firma digital.- La Alcaldesa, Lourdes Linares Matito.
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