Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Mérida. (01892/2023)
Resolución del órgano delegado de 31 de marzo de 2023, por la que se resuelve con carácter definitivo la convocatoria de ayudas destinadas a deportistas y entidades deportivas emeritenses del año 2022
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Ayuntamiento de Mérida

Anuncio 1892/2023

ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTOS
Ayuntamiento de Mérida
Mérida (Badajoz)
Anuncio 1892/2023
Resolución del órgano delegado de 31 de marzo de 2023, por la que se resuelve con carácter definitivo la convocatoria de
ayudas destinadas a deportistas y entidades deportivas emeritenses del año 2022

RESOLUCIÓN DEL CONCEJAL-DELEGADO DE DEPORTES DE 4 DE ABRIL DE 2023, POR LA QUE SE RESUELVE CON CARÁCTER
DEFINITIVO LA CONVOCATORIA DE AYUDAS DESTINADAS A DEPORTISTAS Y ENTIDADES DEPORTIVAS EMERITENSES DEL AÑO
2022
Examinadas las solicitudes de subvención presentadas al amparo de la Orden de 18 de diciembre de 2022, del Concejal
Delegado de Deportes, por la que se convocaron para el ejercicio 2022, las ayudas destinadas a promover la practica del
deporte base, fomentar el asociacionismo deportivo, potenciar la actividad física deportiva en sus diferentes niveles o
modalidades, así como promover la mejora y perfeccionamiento de deportistas locales, que destaquen en su participación y
resultados en competiciones oficiales nacionales e internacionales de las distintas modalidades deportivas reconocidas,
tanto de deportes individuales como de equipo.
Examinado el informe propuesta del Servicio de Deportes de fecha 27 de marzo de 2023 y el informe propuesta de la
Comisión de Valoración de fecha 30 de marzo de 2023, y teniendo en cuenta los siguientes.
ANTECEDENTES DE HECHO
Primero.- Por la sesión ordinaria celebrada por la Junta de Gobierno Local el día 4 de noviembre de 2022, se aprueban las
bases de la convocatoria de ayudas destinadas a deportistas y entidades deportivas emeritenses de 2022, en el que se
delegan en el Concejal Delegado de Deportes, las firmas de las Resoluciones de la convocatoria de ayudas.
Segundo.- El resuelvo cuarto de la Orden de convocatoria, señala que la dotación económica prevista para la presente
convocatoria asciende a la cantidad total de setenta mil euros (70.000,00 €) con cargo a la partida número 3401-48000
(Ayudas al Deporte Base y Desplazamientos) del presupuesto del ejercicio 2023, para hacer frente al gasto total que supone
dicha convocatoria.
Tercero.- La citada convocatoria recoge en el punto octavo, las siguientes líneas de subvención:
a) Línea de entidades deportivas: Destinada a clubes deportivos que tengan la sede principal en Mérida o que
desarrollen su actividad principal en esta localidad. Dotación de la convocatoria: Cuarenta y cinco mil euros
(45.000,00€).
b) Línea de deportistas masculinos: Destinada al fomento, promoción, mejora y perfeccionamiento de
deportistas masculinos locales, que destaquen en su participación y resultados en competiciones oficiales
nacionales e internacionales. Dotación de la convocatoria: Doce mil quinientos euros (12.500,00 €).
c) Línea de deportistas femeninas: Destinada al fomento, promoción, mejora y perfeccionamiento de
deportistas femeninas locales, que destaquen en su participación y resultados en competiciones oficiales
nacionales e internacionales Dotación de la convocatoria: Doce mil quinientos euros (12.500,00 €).
Cuarto.- El resuelvo sexto de la citada Orden de convocatoria de 18 de noviembre de 2022 relativo, a los plazos de
presentación de solicitudes, señala que las solicitudes, la solicitud y toda documentación anexa, deberá ser presentada en la
plataforma digital municipal "https://sede.merida.es/", o mediante cualquiera de las fórmulas contempladas en el artículo
16.4 de Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, en el plazo
de veinte días hábiles, a contar desde el siguiente a la publicación de la presente convocatoria en el Boletín Oficial de la
Provincia de Badajoz.
Si las solicitudes o la documentación presentada no reuniese los requisitos establecidos, se concederá un plazo de 10 días
hábiles, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 14 de la Ordenanza general de subvenciones municipal, para que las
personas o entidades interesadas subsanen el defecto o aporten la documentación preceptiva, con indicación de que, si así
no lo hiciera, se le tendrá por desistido de su petición, previa resolución que deberá ser dictada en los términos previstos en
el artículo 21 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Quinto.- Por la sesión ordinaria celebrada por la Junta de Gobierno Local el día 4 de noviembre de 2022, se procedió de
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

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