Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Zafra. (01874/2023)
Extracto de las bases específicas para la convocatoria de las ayudas de suministros mínimos vitales del Ayuntamiento de Zafra para el año 2023
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Ayuntamiento de Zafra

Anuncio 1874/2023

ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTOS
Ayuntamiento de Zafra
Zafra (Badajoz)
Anuncio 1874/2023
Extracto de las bases específicas para la convocatoria de las ayudas de suministros mínimos vitales del Ayuntamiento de
Zafra para el año 2023

EXTRACTO DE LAS BASES ESPECÍFICAS PARA LA CONVOCATORIA DE LAS AYUDAS DE SUMINISTROS MÍNIMOS VITALES DEL
AYUNTAMIENTO DE ZAFRA PARA EL AÑO 2023
BDNS (Identif.): 686.948
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de
Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional
de Subvenciones (https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/686948)

EXTRACTO DE LAS BASES ESPECÍFICAS PARA LA CONVOCATORIA DE LAS AYUDAS DE SUMINISTROS MÍNIMOS VITALES DEL
AYUNTAMIENTO DE ZAFRA PARA EL AÑO 2023.
Primero. Beneficiarios.
Podrán solicitar esta subvención aquellas personas que carezcan de recursos económicos suficientes para hacer frente a los
gastos de energía eléctrica, gas natural y propano, agua potable y gas butano, que referidos a la vivienda habitual, se
consideran suministros mínimos vitales y que cumplan con los requisitos publicados en las bases
Segundo. Objeto.
Constituye el objeto de las presentes bases la regulación de las ayudas para suministros mínimos vitales del Ayuntamiento
de Zafra para el año 2023. Estas ayudas se regirán por las disposiciones del Decreto 11/2021, de 17 de marzo, por el
Acuerdo de 1 de febrero de 2023, del Consejo de Gobierno de la Junta de Extremadura y por lo establecido en las bases.
Tercero. Naturaleza de las ayudas, gastos subvencionables y cuantía máxima.
Son ayudas económicas finalistas destinadas a aquellas personas cuyos recursos resulten insuficientes para hacer frente a
los siguientes gastos que se especificarán a continuación:
- Gastos de energía eléctrica y gas natural y propano incluyendo la potencia contratada, la energía consumida,
alquiler de equipos de medida y control, en su caso, y los impuestos directos e indirectos que graven los
conceptos anteriores, así como cualquier otro concepto facturado relativo al suministro.
- Gastos de agua potable, incluyendo la cuota de servicio, el suministro de agua potable y las tasas, cánones e
impuestos directos e indirectos que graven los conceptos anteriores, así como cualquier otro concepto
facturado relativo al suministro, incluyendo el alcantarillado y la basura si constan en la misma factura.
- Gastos de alta y reconexión en caso de interrupción por impago del suministro de energía eléctrica, gas
natural, gas propano y agua potable.
- Gas butano.

Familias de 1 miembro

1 Bombona mensual

Familias de 2 o 3 miembros

2 Bombonas mensuales

Familias de más de 3 miembros

3 Bombonas mensures

La cuantía de la ayuda por todos los conceptos no podrá exceder de los importes por anualidad y unidad de convivencia que
se establecen a continuación:
- Hasta 2 miembros: 950,00 €.

BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

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