Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Burguillos del Cerro. (01899/2023)
Bases reguladoras de la convocatoria del Ayuntamiento de Burguillos del Cerro para la concesión de ayudas de suministros mínimos vitales 2023
9 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Ayuntamiento de Burguillos del Cerro
Anuncio 1899/2023
ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTOS
Ayuntamiento de Burguillos del Cerro
Burguillos del Cerro (Badajoz)
Anuncio 1899/2023
Bases reguladoras de la convocatoria del Ayuntamiento de Burguillos del Cerro para la concesión de ayudas de suministros
mínimos vitales 2023
BASES REGULADORAS DE LA CONVOCATORIA DEL AYUNTAMIENTO DE BURGUILLOS DEL CERRO PARA LA CONCESIÓN DE
AYUDAS DE SUMINISTROS DE MÍNIMOS VITALES 2023
Base primera.- Objeto de la convocatoria.
Constituye el objeto de las presentes bases, la regulación de las ayudas para suministros mínimos vitales del Ayuntamiento
de Burguillos del Cerro para el año 2023, que se regirán por lo dispuesto en la Ley 3/2019, de 22 de enero, de Garantía de la
autonomía municipal de Extremadura (artículo 46), Ley 6/2022, de presupuestos generales de la Comunidad Autónoma de
Extremadura para 2023 (artículos 51 a 53) y resolución de 16 de febrero de 2023 del Vicepresidente Segundo y Consejero de
Sanidad y Servicios Sociales por el que se ordena la publicación en el DOE del acuerdo de 1 de febrero de 2023 del Consejo
de Gobierno de la Junta de Extremadura, por el que se aprueba el Programa de Colaboración Económica Municipal para
suministros vitales 2023 y por lo recogido en estas bases.
Segunda.- Requisitos beneficiarios de las ayudas.
1. De conformidad con lo dispuesto en la publicación en el DOE del acuerdo de 1 de febrero de 2023 del Consejo de
Gobierno de la Junta de Extremadura, por el que se aprueba el Programa de Colaboración Económica Municipal para
suministros vitales 2023, serán beneficiarios de las ayudas para suministros mínimos vitales las unidades de convivencia,
independientemente de que exista o no entre sus miembros relación de parentesco, que cumplan los siguientes requisitos:
a) Ser mayores de edad o que, aun siendo menores de dicha edad, sean huérfanas absolutas o estén
emancipadas, por concesión judicial o de quienes ejerzan la patria potestad, y estén empadronadas y residan
legal y efectivamente en Extremadura.
b) Residir en alguno de los municipios de la Comunidad Autónoma de Extremadura con una antigüedad de, al
menos, seis meses inmediatamente anteriores a la fecha de presentación de la solicitud. Este requisito de
antigüedad no será exigible a los/as emigrantes extremeños/as retornados/as, a transeúntes, a extranjeros/as
refugiados/as o con solicitud de asilo en trámite, así como a quienes tengan autorizada su estancia por
razones humanitarias a las personas a las que se les haya reconocido la protección temporal conforme al
procedimiento establecido en la Orden PCM 169/2022, de 9 de marzo, por la que se desarrolla el
procedimiento para el reconocimiento de la protección temporal a personas afectadas por el conflicto de
Ucrania o, excepcionalmente, cuando la situación de emergencia comprometa gravemente la subsistencia de
la unidad de convivencia y así se haya acreditado en informe motivado emitido por el Servicio Social de
Atención Social Básica ido por el Servicio Social de Atención Social Básica.
c) Estar residiendo la unidad de convivencia en el municipio de Burguillos del Cerro a fecha de presentación
de la solicitud.
d) Carecer de rentas o ingresos suficientes. Se procederá a la suma de todos los ingresos netos computables
de la unidad de convivencia obtenidos en los tres meses anteriores al de la fecha de presentación de la
solicitud de la ayuda para suministro mínimos vitales y, se dividirá por tres, considerándose que existen
rentas o ingresos suficientes cuando los ingresos netos de la unidad de convivencia sean superiores al 120%
del importe mensual fijado en la Ley de Presupuestos Generales del Estado del ejercicio correspondiente para
el indicador público de renta de efectos múltiples (IPREM), referido a catorce pagas, incrementándose en un
8% por cada miembro de la unidad de convivencia.
En aquellas unidades de convivencia en la que haya algún miembro con una discapacidad en grado igual o superior al 65% o
tuvieran reconocida la situación de dependencia, con independencia del grado y nivel, se incrementará un 10% por cada
miembro de la unidad de convivencia.
Asimismo, si la persona solicitante miembro de la unidad de convivencia o en su caso, otra persona integrante de la unidad
familiar, estuviera abonando un préstamo hipotecario o alquiler sobre la vivienda habitual de residencia, a fin de determinar
la cantidad a imputar como recursos disponibles en el hogar se deducirá su importe mensual sobre el total de los ingresos
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop
Página 2 de 9
Anuncio 1899/2023
ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTOS
Ayuntamiento de Burguillos del Cerro
Burguillos del Cerro (Badajoz)
Anuncio 1899/2023
Bases reguladoras de la convocatoria del Ayuntamiento de Burguillos del Cerro para la concesión de ayudas de suministros
mínimos vitales 2023
BASES REGULADORAS DE LA CONVOCATORIA DEL AYUNTAMIENTO DE BURGUILLOS DEL CERRO PARA LA CONCESIÓN DE
AYUDAS DE SUMINISTROS DE MÍNIMOS VITALES 2023
Base primera.- Objeto de la convocatoria.
Constituye el objeto de las presentes bases, la regulación de las ayudas para suministros mínimos vitales del Ayuntamiento
de Burguillos del Cerro para el año 2023, que se regirán por lo dispuesto en la Ley 3/2019, de 22 de enero, de Garantía de la
autonomía municipal de Extremadura (artículo 46), Ley 6/2022, de presupuestos generales de la Comunidad Autónoma de
Extremadura para 2023 (artículos 51 a 53) y resolución de 16 de febrero de 2023 del Vicepresidente Segundo y Consejero de
Sanidad y Servicios Sociales por el que se ordena la publicación en el DOE del acuerdo de 1 de febrero de 2023 del Consejo
de Gobierno de la Junta de Extremadura, por el que se aprueba el Programa de Colaboración Económica Municipal para
suministros vitales 2023 y por lo recogido en estas bases.
Segunda.- Requisitos beneficiarios de las ayudas.
1. De conformidad con lo dispuesto en la publicación en el DOE del acuerdo de 1 de febrero de 2023 del Consejo de
Gobierno de la Junta de Extremadura, por el que se aprueba el Programa de Colaboración Económica Municipal para
suministros vitales 2023, serán beneficiarios de las ayudas para suministros mínimos vitales las unidades de convivencia,
independientemente de que exista o no entre sus miembros relación de parentesco, que cumplan los siguientes requisitos:
a) Ser mayores de edad o que, aun siendo menores de dicha edad, sean huérfanas absolutas o estén
emancipadas, por concesión judicial o de quienes ejerzan la patria potestad, y estén empadronadas y residan
legal y efectivamente en Extremadura.
b) Residir en alguno de los municipios de la Comunidad Autónoma de Extremadura con una antigüedad de, al
menos, seis meses inmediatamente anteriores a la fecha de presentación de la solicitud. Este requisito de
antigüedad no será exigible a los/as emigrantes extremeños/as retornados/as, a transeúntes, a extranjeros/as
refugiados/as o con solicitud de asilo en trámite, así como a quienes tengan autorizada su estancia por
razones humanitarias a las personas a las que se les haya reconocido la protección temporal conforme al
procedimiento establecido en la Orden PCM 169/2022, de 9 de marzo, por la que se desarrolla el
procedimiento para el reconocimiento de la protección temporal a personas afectadas por el conflicto de
Ucrania o, excepcionalmente, cuando la situación de emergencia comprometa gravemente la subsistencia de
la unidad de convivencia y así se haya acreditado en informe motivado emitido por el Servicio Social de
Atención Social Básica ido por el Servicio Social de Atención Social Básica.
c) Estar residiendo la unidad de convivencia en el municipio de Burguillos del Cerro a fecha de presentación
de la solicitud.
d) Carecer de rentas o ingresos suficientes. Se procederá a la suma de todos los ingresos netos computables
de la unidad de convivencia obtenidos en los tres meses anteriores al de la fecha de presentación de la
solicitud de la ayuda para suministro mínimos vitales y, se dividirá por tres, considerándose que existen
rentas o ingresos suficientes cuando los ingresos netos de la unidad de convivencia sean superiores al 120%
del importe mensual fijado en la Ley de Presupuestos Generales del Estado del ejercicio correspondiente para
el indicador público de renta de efectos múltiples (IPREM), referido a catorce pagas, incrementándose en un
8% por cada miembro de la unidad de convivencia.
En aquellas unidades de convivencia en la que haya algún miembro con una discapacidad en grado igual o superior al 65% o
tuvieran reconocida la situación de dependencia, con independencia del grado y nivel, se incrementará un 10% por cada
miembro de la unidad de convivencia.
Asimismo, si la persona solicitante miembro de la unidad de convivencia o en su caso, otra persona integrante de la unidad
familiar, estuviera abonando un préstamo hipotecario o alquiler sobre la vivienda habitual de residencia, a fin de determinar
la cantidad a imputar como recursos disponibles en el hogar se deducirá su importe mensual sobre el total de los ingresos
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop
Página 2 de 9