Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Alburquerque. (01792/2023)
Aprobación inicial de la modificación de NNSS en suelo no urbanizable
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Ayuntamiento de Alburquerque

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ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTOS
Ayuntamiento de Alburquerque
Alburquerque (Badajoz)
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Aprobación inicial de la modificación de NNSS en suelo no urbanizable

APROBACIÓN INICIAL DE MODIFICACIÓN DE NNSS EN SUELO NO URBANIZABLE
Aprobada inicialmente, mediante acuerdo del Pleno adoptado en sesión extraordinaria celebrada con fecha 23 de marzo de
2023, la modificación número 41 de las NNSS del municipio de Alburquerque, consistente en la reclasificación de parte de
las parcelas catastrales 259 y 264 del polígono 34, y 311 del polígono 50, de suelo no urbanizable a suelo urbanizable de uso
residencial. Además de estas 3 parcelas, también se ve afectada por la propuesta de recalificación parte de la parcela 9.028
del polígono 34, calleja del soterráneo, propiedad del Ayuntamiento, según documento redactado por la Técnico doña
Noelia Araujo Velo, de conformidad con los artículos 49.3.d y 57.5 de la Ley 11/2918, de 21 de diciembre, de Ordenación
Territorial y Urbanística Sostenible de Extremadura (LOTUS), y 55 del Decreto 143/2021, de 21 de diciembre, por el que se
aprueba el Reglamento General de la Ley 11/2918, de 21 de diciembre, de Ordenación Territorial y Urbanística Sostenible de
Extremadura, se somete a información pública por el plazo de 45 días, a contar desde el día siguiente al de publicación del
presente anuncio en el Diario Oficial de Extremadura y en la sede electrónica municipal.
Durante dicho período se podrán formular las alegaciones y sugerencias de cualquier tipo que se estimen pertinentes,
encontrándose el expediente de manifiesto en las oficinas del Departamento de Urbanismo de este Ayuntamiento, en
horario de atención al público, de lunes a viernes, de 09:00 a 14:00 horas.
Queda suspendida el otorgamiento de licencias de parcelación de terrenos, edificación y demolición, en las áreas afectadas
por la presente solicitud de modificación puntual de las NNSS y cuyas nuevas determinaciones supongan modificación del
régimen urbanístico vigente, conforme a lo dispuesto en el artículo 116.1 del Decreto 7/2007, de 23 de enero, por el que se
aprueba el Reglamento de Planeamiento de Extremadura, exceptuando las solicitudes de licencias de parcelación de
terrenos, edificación y demolición que, aún ubicándose en área afectada, la ejecución de las obras de parcelación de
terrenos, edificación y demolición, vengan impuestas por sentencia judicial firme. Es decir, están exceptuados de éste
acuerdo, y podrán otorgarse licencias de parcelación de terrenos, edificación y demolición cuando las obras a ejecutar
vengan impuestas a las partes mediante sentencia judicial firme.
En Alburquerque, a fecha de la firma digital.- El Alcalde, Juan Carlos Prieto Calderón.

BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

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