Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Badajoz. (01551/2023)
Bando de Semana Santa 2023
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Ayuntamiento de Badajoz

Anuncio 1551/2023

Día 1 de abril, sábado. Calles afectadas: quedará prohibido el estacionamiento, desde las 08:00 horas, hasta la
recogida de la procesión, en los siguientes sitios:
Día 5 de abril, Miércoles Santo. Calles afectadas: quedará prohibido el estacionamiento, desde las 15:00 horas, hasta
la recogida de la procesión, en los siguientes sitios:
Pza. de Cervantes

Plaza de España

Pza. Santo Domingo

C/ De Gabriel

C/ Donoso Cortés
Día 6 de abril, Jueves Santo. Calles afectadas: quedará prohibido el estacionamiento, desde las 15:00 horas, hasta la
recogida de la procesión, en los siguientes sitios:
C/ Donoso Cortés

Avd. Juan Carlos I

Plaza de España

Plaza San Agustín

C/ José Lanot

Plaza de Cervantes

Plaza Santiago Arolo

C/ Eugenio Hermoso

Rincón de San Blas

C/ Alberto Oliart Sausol

C/ Porvenir

C/ Toledo

Día 7 de abril, Viernes Santo. Calles afectadas: quedará prohibido el estacionamiento, desde las 15:00 horas, hasta la
recogida de la procesión, en los siguientes sitios:
C/ Otumba

C/ San Vicente de Paúl

C/ Manuel Pacheco

C/ Federico García Lorca

C/ Paseo de la Radio

C/ Grecia

C/ Alemania

C/ Donoso Cortés

Plaza San Agustín

C/ José Lanot

Rincón de San Blas

Plaza de España

Plaza de Cervantes

C/ San Pedro de Alcántara

Día 9 de abril, Domingo de Resurrección. Calles afectadas: quedará prohibido el estacionamiento, desde las 15:00
horas, hasta la recogida de la procesión, en los siguientes sitios:
Pza. de San Agustín

C/ Donoso Cortes

C/ José Lanot

Plaza de España

Tercero: Correspondiente a cada uno de los Desfiles, quedará cortado al tráfico rodado como mínimo desde una hora antes
del paso de cada desfile procesional por las diferentes ubicaciones de su itinerario y hasta la recogida de cada uno de ellos,
mediante la colocación de vallas por parte del Cuerpo de Policía Local, procediendo a su apertura una vez haya pasado la
procesión, siempre que no exista riesgo para el público. En el caso de que este Cuerpo policial considerara conveniente, por
razones relativas al buen orden de los desfiles procesionales o por la afluencia masiva de público en ciertos enclaves de
interés, cortar el circuito al tráfico con mayor antelación de la fijada, adoptará las medidas necesarias para llevar a cabo el
citado corte de tráfico.
Cuarto: Asimismo, las paradas de taxis que estén dentro de alguno de los circuitos procesionales, serán trasladadas de lugar
durante el transcurso del desfile, atendiendo en todo momento los conductores de taxis las indicaciones de la Policía Local,
consensuando con los mismos las ubicaciones provisionales de las mismas.
Quinto: Se recuerda a los titulares de todas aquellas terrazas de veladores que interfieran de alguna forma en los distintos
desfiles procesionales, por concentrar el espacio donde se ubican una presencia masiva de público, o bien, por su ubicación
en el interior del espacio destinado al itinerario de los mismos que deberán retirar todos aquellos elementos que
constituyan un obstáculo (retirada de mesas, sillas y resto de mobiliario de terraza), una hora antes del paso de las distintas
procesiones por cada una de las ubicaciones.
Dicha prohibición afectará igualmente a los veladores situados en las aceras, que una hora antes del paso del desfile
procesional por cada punto, obstaculicen la evacuación de los espacios que concentren una presencia masiva de público en
caso de emergencia, siendo notificados los titulares de los diferentes establecimientos mediante Oficio expedido por la
Policía Local, procurando establecer una alternativa de colocación, siempre que sea posible, en función de las características
de cada establecimiento.
Sexto: En cuanto a la ampliación de horarios de cierre de los establecimientos públicos de la Comunidad Autónoma, se
actuará conforme a resolución de la Secretaria General de Política Territorial y Administración Local, de la Junta de
Extremadura, a tenor de lo dispuesto en la Orden de la Consejería de Presidencia de 16 de septiembre de 1996.
Por último, este Alcalde realiza un llamamiento a todos los ciudadanos para que, cumpliendo lo establecido en el Bando,
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
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