Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Jerez de los Caballeros. Organismo Autónomo de Recaudación y Gestión Tributaria (Badajoz). Servicio de Planificación Presupuestaria, Control del Gasto (Badajoz). (01518/2023)
Bases del proceso selectivo para la constitución de una bolsa para cubrir el puesto de Secretaría en régimen de interinidad
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Ayuntamiento de Jerez de los Caballeros

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ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTOS
Ayuntamiento de Jerez de los Caballeros
Jerez de los Caballeros (Badajoz)
Anuncio 1518/2023
Bases del proceso selectivo para la constitución de una bolsa para cubrir el puesto de Secretaría en régimen de interinidad

La Junta de Gobierno Local del Ayuntamiento de Jerez de los Caballeros en sesión ordinaria celebrada con fecha 23 de marzo
de 2023, ha acordado aprobar las bases que se transcriben literalmente a continuación:
BASES PARA LA PROVISIÓN INTERINA DEL PUESTO DE SECRETARÍA
Objeto de la convocatoria.
Las presentes bases tienen por objeto la regulación del concurso-oposición para la provisión interina
del puesto de Secretaría, categoría de entrada, de este Ayuntamiento, de conformidad con lo
dispuesto en los artículos 10.1.b) del Texto Refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado
Público, aprobado por el Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre (TREBEP), y 53 del Real
Decreto 128/2018, de 16 de marzo, porque se regula el régimen jurídico de los funcionarios de
Administración Local con habilitación de carácter nacional (RD 128/2018).
El nombramiento será válido hasta la reincorporación de su titular al cesar en la situación que la
motiva o la plaza sea cubierta por cualquiera de las fórmulas previstas en el RD 128/2018, que tengan
carácter prioritario al nombramiento interino.
Las retribuciones serán las correspondientes al grupo A, subgrupo A1, con el nivel 28 de complemento
de destino y demás retribuciones complementarias que estén determinadas en la respectiva relación
de puestos de trabajo y se hallen consignadas en el presupuesto municipal.
Condiciones de los aspirantes.
Para ser admitidos en la realización de estas pruebas selectivas, los aspirantes deberán reunir los
siguientes requisitos:
1. Nacionalidad. Tener la nacionalidad española conforme a lo establecido en el artículo 19.1º del RD
128/2018, que remite a lo dispuesto en el artículo 4 del Real Decreto 543/2001, de 18 de mayo, sobre acceso
al empleo público de la Administración General del Estado y sus organismos públicos de nacionales de otros
Estados, a los que es de aplicación el derecho a la libre circulación de trabajadores.
2. Capacidad. Poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas inherentes al puesto convocado.
3. Edad. Tener cumplidos 16 años y no exceder del límite establecido en las disposiciones legales vigentes
para la jubilación forzosa.
4. Habilitación. No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las
administraciones públicas o de los organismos constitucionales o estatutarios de las Comunidades
Autónomas, ni hallarse en inhabilitación absoluta o especial para empleos o cargos públicos por resolución
judicial, para el acceso a la escala de funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter
nacional.
5. Titulación. Estar en posesión, o en condiciones de obtener en el momento en que termine el plazo de
presentación de instancias, la titulación universitaria exigida para el ingreso en los Cuerpos o Escalas
clasificados en el subgrupo A1, de acuerdo con lo previsto en el TREBEP.
Los aspirantes con titulaciones obtenidas en el extranjero deberán acreditar que están en posesión de la
correspondiente homologación del título. Este requisito no será de aplicación a los aspirantes que hubieran
obtenido el reconocimiento de su calificación profesional, en el ámbito de las profesiones reguladas al
amparo de las disposiciones del Derecho de la Unión Europea.
Los requisitos establecidos en esta base deberán poseerse en el momento de finalizar el plazo de
presentación de solicitudes y mantenerse durante todo el proceso selectivo hasta el momento de la
toma de posesión como funcionario interino.
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

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