Administración Local. Diputaciones. Diputación de Badajoz. Delegación de Cultura y Deportes. Servicio de Actividades Culturales y Deportivas (Badajoz). (01468/2023)
Resolución de la convocatoria de subvenciones a municipios y entidades locales menores de la provincia de Badajoz que cuenten con Universidades Populares durante 2023
7 páginas totales
Página
Delegación de Cultura y Deportes

Anuncio 1468/2023

Segundo.- Ordenar la publicación de la presente resolución en el Boletín Oficial de la Provincia.
Tercero.- Comunicar la resolución dictada al Pleno de la Corporación en la próxima sesión
ordinaria que se celebre, de conformidad con lo establecido en el artículo 62 del Real Decreto
2568/1986, de 28 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de Organización,
Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Administraciones Locales, a efectos de conocimiento.
Lo dispone así el Vicepresidente Primero Diputado Delegado del Área de Cooperación Municipal y
Coordinador de la Delegación de Cultura y Deportes de la Diputación de Badajoz, por Decreto del Presidente,
en Badajoz, a fecha de firma electrónica. Fdo: Ricardo Cabezas Martín. (Decreto 5/07/2019, BOP 8/07/2019)."
Todo lo anterior se hace público para conocimiento y efectos oportunos, indicando que contra la presente resolución, que
pone fin a la vía administrativa, en los términos del artículo 52 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del
Régimen Local, podrá interponerse, potestativamente, recurso de reposición ante el Ilmo. Sr. Presidente de la Diputación de
Badajoz, dentro del plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de la publicación de la misma en el Boletín Oficial
de la Provincia, o directamente, recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo
competente dentro del plazo de dos meses, contados desde la fecha anteriormente indicada, todo ello de conformidad con
lo dispuesto por los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las
Administraciones Públicas, y los artículos 8.1, 14, 25.1 y 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción
Contencioso administrativa, y sin perjuicio de que pueda interponerse cualquier otro recurso que se estime procedente.
Badajoz, a fecha de la firma digital.- El Secretario General, Enrique Pedrero Balas.

BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

Página 6 de 7