Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Casas de Reina. Organismo Autónomo de Recaudación y Gestión Tributaria (Badajoz). Servicio de Administración de Recursos Humanos (Badajoz). (01459/2023)
Aprobación definitiva de la modificación de la Ordenanza reguladora de la tasa por abastecimiento de agua
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Ayuntamiento de Casas de Reina

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ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTOS
Ayuntamiento de Casas de Reina
Casas de Reina (Badajoz)
Anuncio 1459/2023
Aprobación definitiva de la modificación de la Ordenanza reguladora de la tasa por abastecimiento de agua

Acuerdo del Pleno de fecha 22/12/2022 del Ayuntamiento de Casas de Reina por el que se aprueba definitivamente la
modificación de la Ordenanza fiscal reguladora de la tasa por abastecimiento de agua a domicilio.
Al no haberse presentado reclamaciones durante el plazo de exposición al público, queda automáticamente elevado a
definitivo el acuerdo plenario provisional de modificación de la Ordenanza fiscal Reguladora de la tasa por abastecimiento
de agua a domicilio, cuyo texto íntegro se hace público, para su general conocimiento y en cumplimiento del artículo 17.4 del
Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de
marzo.
«Artículo quinto: Todos los vecinos deberán colocar los contadores en el exterior de las viviendas, local establecimiento o
unidad de consumo susceptible de individualización en el plazo máximo de 3 meses desde la entrada en vigor de la
presente. Aquellos que pasado dicho plazo mantuviesen los contadores en zonas interiores o no plenamente accesibles por
personal del Ayuntamiento serán gravados automáticamente con un sobrecoste de 50,00 euros de devengo trimestral.»
Contra el presente acuerdo, conforme al artículo 19 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales,
aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, se podrá interponer recurso contencioso-administrativo,
ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Extremadura con sede en Cáceres, en el
plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a la publicación del presente anuncio, de conformidad con el artículo 46
de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
Casas de Reina, a fecha de la firma digital.- El Alcalde, Agustín Castelló Tena.

BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

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