Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Villalba de los Barros. Área de Desarrollo Rural y Sostenibilidad (Badajoz). (01396/2023)
Aprobación del padrón fiscal y notificación colectiva de vados permanentes
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Ayuntamiento de Villalba de los Barros

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ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTOS
Ayuntamiento de Villalba de los Barros
Villalba de los Barros (Badajoz)
Anuncio 1396/2023
Aprobación del padrón fiscal y notificación colectiva de vados permanentes

NOTIFICACIÓN COLECTIVA DE PADRONES Y ANUNCIO DE COBRANZA
Don José Becerra Leal, Alcalde-Presidente del Ayuntamiento de Villalba de los Barros (Badajoz).
Aprobado por decreto de Alcaldía número, de 13 de enero de 2023, el Padrón fiscal relativo a la titularidad de los vados
permanentes del municipio de Villalba de los Barros, correspondiente al ejercicio 2019, a efectos de su notificación colectiva,
en los términos que se deducen del artículo 102.3 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria, por medio del
presente anuncio se exponen al público en el Boletín Oficial de la Provincia de Badajoz y en el tablón municipal de edictos,
por plazo de 15 días hábiles, a fin de que quienes se estimen interesados puedan formular cuantas observaciones,
alegaciones o reclamaciones que consideren oportunas.
Contra el acto de aprobación del mencionado Padrón y/o las liquidaciones contenidas en los mismos podrá interponerse
recurso previo de reposición ante la Alcaldía de este Ayuntamiento en el plazo de un mes desde el día siguiente al término
de la exposición pública, de acuerdo con lo establecido en el artículo 14 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo,
por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales.
De conformidad con lo establecido en el artículo 62.3 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria, se pone en
conocimiento de los contribuyentes que se procederá al cobro en periodo voluntario de la tasa por la entrada de vehículos a
través de las aceras correspondiente al año 2023, va desde el 19 de mayo de 2023 hasta el 21 de agosto de 2023.
Transcurrido el plazo de ingreso voluntario sin que se haya satisfecho la deuda se iniciará el periodo ejecutivo, de acuerdo
con lo dispuesto en los artículos 26, 28 y 161 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria, lo que determinará
la exigencia de los intereses de demora, así como los recargos que correspondan y, en su caso, de las costas del
procedimiento de apremio.
En Villalba de los Barros, a fecha de la firma digital.- El Alcalde-Presidente, José Becerra Leal.

BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

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