Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Bienvenida. Área de Desarrollo Rural y Sostenibilidad (Badajoz). (01406/2023)
Acuerdo del Pleno del Ayuntamiento de Bienvenida por el que se aprueba la modificación de las retribuciones de los miembros de la Corporación
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Ayuntamiento de Bienvenida

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ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTOS
Ayuntamiento de Bienvenida
Bienvenida (Badajoz)
Anuncio 1406/2023
Acuerdo del Pleno del Ayuntamiento de Bienvenida por el que se aprueba la modificación de las retribuciones de los
miembros de la Corporación

ACUERDO DEL PLENO DEL AYUNTAMIENTO DE BIENVENIDA POR EL QUE SE APRUEBA MODIFICACIÓN DE LAS
RETRIBUCIONES DE LOS MIEMBROS DE LA CORPORACIÓN.
En la sesión plenaria extraordinaria urgente celebrada el 27 de diciembre de 2022, el Ayuntamiento Pleno adoptó entre
otros el acuerdo de modificación del régimen de retribuciones y dedicación parcial de miembros de la corporación
publicándose a continuación los puntos adoptados para su general conocimiento:
Primero.- Anular el régimen de retribuciones - del 50% de horas de la jornada normal de la semana: Primer
Teniente de Alcalde, (Concejal de Obras, Parques y Política del Agua) y del 75% de horas de la jornada normas
de la semana: Segundo Teniente de alcalde, (Concejal de Juventud, Festejos y Deportes), aprobados por Pleno
de 20 de junio de 2019, y la rectificación del importe en concepto de retribuciones del Primer Teniente de
Alcalde de este Ayuntamiento de Bienvenida, y régimen de retribuciones del Primer Teniente de Alcalde
aprobado por acuerdo de Pleno de y de 30 de marzo de 2020.
Segundo.- Modificar el régimen de retribuciones y de dedicación parcial de los siguientes cargos con
delegación:
El cargo de Concejal de Juventud, Festejos y Deportes y Primer Teniente de Alcalde se
desempeñara en régimen de dedicación parcial con un porcentaje del 75% y con una
retribuciones brutas anuales de 19.460,00 €, que se percibirán en catorce pagas, doce
correspondientes a las diferentes mensualidades del año y las dos restantes correspondientes
a las mensualidades de junio y diciembre, y manteniendo el alta en el régimen general de la
Seguridad Social, debiendo asumir esta Corporación el pago de las cuotas empresariales que
corresponda.
Tercero.- Mantener el régimen de dedicación parcial y retribuciones de la Alcaldía aprobados por acuerdos de
Pleno de 24 de septiembre de 2019, en lo siguientes términos: Régimen de dedicación parcial del AlcaldePresidente del 90% de la jornada, con una retribución bruta anual de 30.000,00 €, que se percibirán en
catorce pagas, doce correspondientes a las diferentes mensualidades del año y las dos restantes
correspondientes a las mensualidades de junio y diciembre, y manteniendo el alta en el régimen general de la
Seguridad Social, debiendo asumir esta Corporación el pago de las cuotas empresariales que corresponda.
Cuarto.- Determinar que el resto de delegaciones otorgadas se desempeñaran si dedicación y sin retribución
alguna.
Quinto.- Determinar que estas retribuciones y regímenes de dedicación se apliquen desde la fecha de su
nombramiento.
Contra el presente acuerdo, que pone fin a la vía administrativa, puede interponer alternativamente recurso de reposición
potestativo ante el Pleno de este Ayuntamiento, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de la publicación del
presente anuncio, de conformidad con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento
Administrativo Común de las Administraciones Públicas; o bien interponer directamente recurso contencioso-administrativo,
ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo , en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente al de la
publicación del presente anuncio, de conformidad con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción
Contencioso-administrativa. Si se optara por interponer el recurso de reposición potestativo no podrá interponer recurso
contencioso-administrativo hasta que aquel sea resuelto expresamente o se haya producido su desestimación por silencio.
Todo ello sin perjuicio de que pueda interponer Vd. cualquier otro recurso que pudiera estimar más conveniente a su
derecho.
En Bienvenida, a fecha de la firma digital.- El Alcalde-Presidente, Jesús González Rico.
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

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