Administración Local. Diputaciones. Diputación de Badajoz. Delegación de Igualdad y Juventud (Badajoz). (01123/2023)
Convocatoria de subvenciones destinadas a entidades sin ánimo de lucro para la realización de proyectos, con perspectiva de género, dirigidos a promover la igualdad de género así como la lucha contra la violencia de género en el año 2023
40 páginas totales
Página
Delegación de Igualdad y Juventud

Anuncio 1123/2023

Por la propia naturaleza de los proyectos y la imposibilidad de las entidades sin fines de lucro de realizar las actividades sin
los fondos suficientes para ello, se establece aplicable la regla del pago previo, con posterior justificación de los fondos,
conforme a las bases de ejecución del presupuesto del año en curso y del artículo 34.4 de la Ley 38/2003, de 17 de
noviembre, General de Subvenciones y previo cumplimiento de los requisitos del 34.5.
Quedan expresamente excluidos estos proyectos de la obligación de constitución de aval, seguro de caución o cualquier otra
garantía financiera.
Las entidades beneficiarias recibirán los fondos vía transferencia bancaria una vez dictada la resolución correspondiente de
otorgamiento, y ésta haya sido publicada en su caso en el Boletín Oficial de la Provincia y en la Base de Datos Nacional de
Subvenciones.
BASE 10: OBLIGACIONES DE LAS ENTIDADES BENEFICIARIAS.
Las entidades beneficiarias estarán sujetas a las obligaciones establecidas en el artículo 14 de la Ley General
de Subvenciones y artículo 16 de la Ordenanza general de subvenciones de la Diputación Provincial de
Badajoz y en todo caso estarán sujetas a las siguientes obligaciones:
a) Realizar la actividad y gastos subvencionados en las condiciones previstas, incluida la
obligación de realizar todas las actividades y gastos según consta en la Base 5. No se admitirán
gastos que queden fuera de este periodo.
b) Comunicar cualquier eventualidad en el desarrollo de las actividades seleccionadas, en el
momento en que aquella se produzca, con el fin de obtener en su caso, la correspondiente
autorización sobre el cambio que resulte necesario realizar en el programa propuesto y
aprobado.
c) Posibilitar toda actividad de control e inspección de la actividad realizada por parte de la
Diputación de Badajoz, tal y como se recoge en el Título III de la Ley 38/2003, General de
Subvenciones, y con especial mención de lo recogido en el artículo 46 sobre obligación de
colaboración.
d) Hacer constar en todo el material documental (publicaciones, cartelería, informes...) a que dé
lugar la ejecución de las actividades, la colaboración y la imagen corporativa de la Diputación de
Badajoz.
Si la entidad beneficiaria quisiera aportar acreditación documental de las actividades realizadas, mediante la
presentación de imágenes correspondientes a cartelería, folletos, o por fotografías, vídeos u otros soportes
digitales con un tamaño superior al permitido por la sede electrónica solicitará al correo ofsubvenciones@dipbadajoz.es, la autorización para el acceso a la plataforma de intercambio de documentación MERCURIO para
su aportación.
- En el caso de que la entidad beneficiaria desarrolle recursos como fin del proyecto
subvencionado, harán llegar al Servicio de Igualdad de Diputación de Badajoz dichos recursos
(Guías, material didáctico, material audiovisual, libros, etc).
No se admitirá la aportación física de esta documentación.
e) Comunicar a la Diputación la concesión a la propuesta subvencionada de otras subvenciones
por parte de cualquier otra institución pública o privada. En caso de que con ellas se supere el
coste total de la propuesta de actividades, la entidad beneficiaria está obligada a reintegrar
dicho sobrante a la Diputación de Badajoz.
f) Reflejar en sus libros y registros de contabilidad las operaciones correspondientes a los
gastos de la subvención concedida.
g) Participar en las campañas provinciales de sensibilización y divulgación llevadas a cabo por
Diputación, así como en otras actuaciones que se estimen para divulgar y comunicar a la
ciudadanía los resultados de las propuestas subvencionadas como mecanismo de
sensibilización y educación para la igualdad de oportunidades y diversidad sexual.
h) Cualquier otra obligación establecida en las presentes bases.
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

Página 17 de 40