Administración Local. Diputaciones. Diputación de Badajoz. Área de Recursos Humanos y Régimen Interior. Servicio de Gestión de Recursos Humanos (Badajoz). (01310/2023)
Bases para la provisión por el procedimiento de concurso específico de méritos del puesto Jefatura Negociado de Tasas perteneciente al Organismo Autónomo de Recaudación y Gestión Tributaria
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Área de Recursos Humanos y Régimen Interior

Anuncio 1310/2023

su cargo, tomar decisiones, alcanzar objetivos propuestos y evaluar resultados.
2.1.2. La memoria no podrá tener una extensión superior a 20 folios tamaño A4, escritos a una cara,
utilizando como fuente arial, tamaño de la letra 12, interlineado de 1,5 cm y márgenes de 3 cm.
2.1.3. La memoria se acompañará con la solicitud de participación.
2.1.4. La Comisión Técnica de Valoración, una vez examinada la documentación convocará a las personas
candidatas que hayan superado la puntuación mínima de la primera fase, para que realicen la defensa de la
memoria, en un tiempo no superior a veinte minutos, a la cual podrán acompañarse de una copia de la
misma y pudiendo las y los miembros de la Comisión Técnica de Valoración formular preguntas a las
personas candidatas una vez finalicen su exposición. No se podrán utilizar programas informáticos
(PowerPoint, …) para la defensa de la memoria.
2.1.5. La asistencia a la defensa será requisito indispensable para poder superar esta fase y optar a la
adjudicación de puesto.
2.1.6. Se establecen los siguientes criterios de valoración de la memoria: 0,625 puntos al contenido, 0,625
puntos al conocimiento (para valorar el conocimiento se tendrá en cuenta que la persona aspirante no lea la
memoria íntegramente, ni utilice textos legales; sí podrá apoyarse en notas o esquemas), 0,375 puntos a
exposición, 0,5 puntos a propuestas de mejoras y 0,375 puntos a las respuestas a las cuestiones planteadas.
La valoración de esta segunda fase se efectuará mediante la puntuación obtenida con la media aritmética de las otorgadas
por cada una de las y los miembros de la Comisión Técnica de Valoración. En el supuesto de que en algunas de las
puntuaciones haya una diferencia igual o superior a 0,5 puntos sobre el máximo de 2,5 puntos, se eliminarán la máxima y la
mínima. En el caso de que haya más de dos notas emitidas que se diferencien en 0,5 o más puntos solo se eliminará una de
las máximas y otra de las mínimas.
La puntuación mínima de la segunda fase se establece en 1 punto.
3. La Comisión de Valoración dictará resolución provisional que se publicará en la oficina de atención a la ciudadanía de la
Diputación de Badajoz, dando un plazo máximo de cinco días hábiles para que las personas interesadas puedan presentar
alegaciones. Una vez resueltas las alegaciones presentadas, en su caso, o transcurrido el plazo otorgado al efecto sin que se
hayan presentado, se elevará propuesta de resolución al órgano competente.
Séptima: Resolución de la convocatoria.
1. El plazo para la resolución del concurso será de seis meses contados desde el día siguiente al de finalización de
presentación de solicitudes. La resolución se publicará en el Boletín Oficial de la Provincia.
2. La propuesta de resolución recaerá sobre el candidato o candidata que haya obtenido mayor puntuación, sumados los
resultados finales de las dos fases.
3. En el caso de empate en la puntuación se acudirá para dirimirlo a la otorgada en cada uno de los méritos por el siguiente
orden: Méritos específicos, grado personal, valoración del trabajo desarrollado, titulación, antigüedad y cursos de formación
y perfeccionamiento. De persistir el empate se acudirá a la fecha de ingreso como personal funcionario de carrera en el
cuerpo o escala desde el que se concursa. En último término será el sorteo el sistema utilizado para resolver el empate.
4. Únicamente podrán quedar puestos desiertos cuando no concurran aspirantes que reúnan las condiciones y requisitos
exigidos en la convocatoria o, que en su caso, no superen la puntuación mínima exigida para resultar adjudicatario/a de un
puesto.
Octava: Incidencias.
La Comisión Técnica de Valoración queda autorizada para resolver cuantas cuestiones se susciten referentes a la
interpretación de las presentes bases y su desarrollo.
Novena: Toma de posesión.
1. El plazo para tomar posesión del nuevo destino obtenido será de tres días hábiles si no implica cambios de residencia
del/a funcionario/a, o de diez días hábiles si comporta cambio de residencia, que deberá justificarse.
El plazo de toma de posesión empezará a contarse a partir del día siguiente al del cese, que deberá efectuarse dentro de los
tres días hábiles siguientes a la publicación de la resolución del concurso. Si la resolución comporta el reingreso al servicio
activo, el plazo de toma de posesión deberá computarse desde dicha publicación, y será de tres días hábiles, a reserva de
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

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