Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Bienvenida. Área de Fomento. Servicio de Planificación y Seguimiento de Proyectos (Badajoz). (01264/2023)
Resolución de Alcaldía por la que se subsana la lista definitiva de admitidos y excluidos, Tribunal y fecha y lugar de celebración de prueba de selección del proceso selectivo para cubrir una plaza de Auxiliar Administrativo, laboral fijo
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Ayuntamiento de Bienvenida

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ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTOS
Ayuntamiento de Bienvenida
Bienvenida (Badajoz)
Anuncio 1264/2023
Resolución de Alcaldía por la que se subsana la lista definitiva de admitidos y excluidos, Tribunal y fecha y lugar de
celebración de prueba de selección del proceso selectivo para cubrir una plaza de Auxiliar Administrativo, laboral fijo

RESOLUCIÓN DE ALCALDÍA 2023-0070 DE FECHA 16 DE MARZO DE 2023 DEL AYUNTAMIENTO DE BIENVENIDA POR LA QUE
SE SUBSANA LA RESOLUCIÓN DE ALCALDÍA 2023-0063 DE FECHA 7 DE MARZO DE 2023 APRUEBA LA LISTA DEFINITIVA DE
ADMITIDOS Y EXCLUIDOS, COMPOSICIÓN DEL TRIBUNAL Y FECHA Y LUGAR DE CELEBRACIÓN DE PRUEBA DE SELECCIÓN DEL
PROCESO SELECTIVO PARA CUBRIR UNA PLAZA DE AUXILIAR ADMINISTRATIVO, LABORAL FIJO.
Expirado el plazo de presentación de solicitudes de admisión en las pruebas de selección para la provisión en propiedad de
una plaza de Auxiliar Administrativo, convocadas por resolución de Alcaldía número 2022-0111 de fecha 25 de mayo de 2022
y publicadas en el Boletín Oficial de la Provincia de Badajoz de 30 de mayo de 2022, con corrección en el de 1 de julio de
2022, y en el Boletín Oficial del Estado número 166 de fecha 12 de julio de 2022, en el BOP de Badajoz de fecha 12 de
septiembre de 2022, se publicó el Decreto 2022-0205 de fecha 6 de septiembre de 2022, por el que se aprobaba la lista
provisional de admitidos y excluidos a las pruebas.
Visto que ha finalizado el plazo de presentación de reclamaciones a la lista provisional de aspirantes, comprobado el registro
general de documentos y examinada la documentación aportada por algunos de los aspirantes provisionalmente excluidos
de la convocatoria.
Visto que en el Boletín Oficial de la Provincia de Badajoz número 48 de 10 de marzo de 2023, se publica resolución
2023-0063, de fecha 7 de marzo de 2023, por la que se aprueba la lista definitiva de admitidos y excluidos, composición del
Tribunal y fecha y lugar de celebración de prueba de selección del proceso selectivo para cubrir una plaza de Auxiliar
Administrativo, laboral fijo.
Visto que en el Boletín Oficial de da Provincia de Badajoz número 50 de 14 de marzo de 2023, se publica corrección de error
de resolución de Alcaldía número 2023 de fecha 7 de marzo de 2023 del ayuntamiento de bienvenida por la que se aprueba
la lista definitiva de admitidos y excluidos, composición del Tribunal y fecha y lugar de celebración de prueba de selección
del proceso selectivo para cubrir una plaza de auxiliar administrativo, laboral fijo.
Visto que en la relación definitiva de admitidos y excluidos doña María Simón Fernández, con DNI …..194J aparece como
excluida por no aportar DNI o en su caso, pasaporte/NIE.
Visto que con fecha 15 de marzo de 2023 REG de entrada 2023-E-RE-32, por doña María Simón Fernández, con DNI…..194J se
presenta instancia en la que expone: "Habiéndose publicado lista de admitidos y excluidos definitiva, y encontrándome
excluida por no acompañar DNI. Visto que se dio plazo de subsanación. Visto que en fecha 23/9/2022 con registro de
entrada 2022-E-RE-se presenté escrito de subsanación aportando el DNI, vengo a solicitar que se subsane dicho defecto en
la lista de admitidos y excluidos definitiva.
Solicita se subsane el defecto de la lista de admitidos y excluidos definitiva y ser admitida en el proceso selectivo".
Visto que revisado el registro de entrada de la entidad se comprueba que mediante Registro de entrada 2022-E-RE- de fecha
23/09/2022 por doña María Simón Fernández, con DNI …..194J se aporto DNI en relación al proceso de selección para cubrir
una plaza de auxiliar administrativo, laboral fijo, dentro del periodo de alegaciones establecido al efecto.
Conforme a lo dispuesto en las bases de la convocatoria aprobadas por resolución de Alcaldía número 2022-0111 de fecha
25 de mayo de 2022 y publicadas en el Boletín Oficial de la Provincia de Badajoz de 30 de mayo de 2022, con corrección en el
de 1 de julio de 2022, y en el Boletín Oficial del Estado número 166 de fecha 12 de julio de 2022.
Y Considerando lo dispuesto en el artículo 68 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común
de las Administraciones Públicas y la reiterada jurisprudencia sobre la materia, entre otras, la Sentencia del TS de de 4
febrero de 2003, la Sentencia TS de 14 de septiembre de 2004 (en lo que respecta a la extensión del principio de
subsanación consagrado en el artículo 71 de la Ley 30/1992, -actualmente artículo 68 de la Ley 39/2015-, debiendo
requerirse al interesado para que pueda subsanar los posibles defectos que pueda contener su solicitud) y la Sentencia del
Tribunal Superior de Justicia de Galicia de 26 de enero de 2011 (que establece: La finalidad de este requisito impide que su
falta de cumplimiento, el pago de los derechos de examen, pueda ser subsanado fuera del plazo establecido. Porque "no
puede subsanarse lo inexistente". Puede ser subsanada la falta de acreditación del requisito, en este caso el pago de las
tasas, pero no la omisión del requisito mismo. Es definitiva, no es posible compartir el criterio de la instancia de que pudiera
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