Administración Local. Mancomunidades. Mancomunidad Integral de Municipios Centro (Calamonte). Área de Fomento. Servicio de Planificación y Seguimiento de Proyectos (Badajoz). (01249/2023)
Bases que han de regir la convocatoria para cubrir una plaza de Técnico, mediante contratación laboral temporal, a jornada completa, por el sistema de oposición libre, para la realización de un programa de prevención con familias y menores en riesgo
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Mancomunidad Integral de Municipios Centro

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ADMINISTRACIÓN LOCAL
MANCOMUNIDADES
Mancomunidad Integral de Municipios Centro
Calamonte (Badajoz)
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Bases que han de regir la convocatoria para cubrir una plaza de Técnico, mediante contratación laboral temporal, a jornada
completa, por el sistema de oposición libre, para la realización de un programa de prevención con familias y menores en
riesgo

RESOLUCIÓN DE LA PRESIDENCIA
BASES QUE HAN DE REGIR EN LA CONVOCATORIA PARA CUBRIR UNA PLAZA DE UN TÉCNICO, MEDIANTE CONTRATACIÓN
LABORAL TEMPORAL (ARTÍCULO10.1.C) DEL REAL DECRETO LEGISLATIVO 5/2015, DE 30 DE OCTUBRE, POR EL QUE SE
APRUEBA EL TEXTO REFUNDIDO DE LA LEY DEL ESTATUTO BÁSICO DEL EMPLEADO PÚBLICO), A JORNADA COMPLETA, POR
EL SISTEMA DE OPOSICIÓN LIBRE, PARA LA REALIZACIÓN DE UN PROGRAMA DE PREVENCIÓN CON FAMILIAS Y MENORES EN
RIESGO, PARA LA MANCOMUNIDAD INTEGRAL DE MUNICIPIOS CENTRO, SUBVENCIONADO POR LA JUNTA DE EXTREMADURA
Primera.- Objeto de la convocatoria.
Es objeto de la presente convocatoria la cobertura de una plaza de un Técnico, mediante contratación laboral temporal
(artículo10.1.c) del real decreto legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del
Estatuto Básico del Empleado Público), a jornada completa, para la realización de un programa de prevención con familias y
menores en riesgo, para la Mancomunidad Integral de Municipios Centro, subvencionado por la Junta de Extremadura,
regulado en la Orden de 6 de agosto de 2019, del Consejero de Sanidad y Servicios Sociales por la que se regula el Programa
de prevención con familias y menores en riesgo social y se establecen las bases reguladoras para la concesión de ayudas a
las entidades públicas que lo desarrollen, (DOE número 159 de 19 de agosto) siendo dichas bases de aplicación en todo lo
no expresamente regulado o previsto en esta convocatoria.
Segunda.- Normativa de aplicación.
El proceso selectivo se sujetará, en todo lo no expresamente previsto en las presentes bases, a lo regulado en las siguientes
normas jurídicas:
- Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local -LRBRL-.
- Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del
Estatuto Básico del Empleado Público -TREBEP-.
- Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del
Estatuto de los Trabajadores.
Tercera.- Requisitos de deben reunir los aspirantes.
Para poder tomar parte en la realización de las pruebas selectivas, los aspirantes deberán reunir, en la fecha en que
concluya el plazo de presentación de instancias, los siguientes requisitos:
a) Poseer la nacionalidad española o de algunos de los Estados miembros de la Unión Europea, de
conformidad con lo dispuesto en el artículo 57 del Real Decreto Ley 5/2015, de 30 de octubre, por el que se
aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público -TREBEP.
b) Poseer las capacidades y aptitudes físicas y psíquicas necesarias para el desempeño de las
correspondientes funciones o tareas.
c) Tener cumplidos dieciséis años y no exceder, en su caso, de la edad máxima de jubilación forzosa.
d) Cumplir los requisitos para ejercer las funciones que puedan serle encomendadas conforme a lo previsto
reglamentariamente.
e) Estar en posesión del Grado Universitario en Pedagogía, en Psicopedagogía, en Educación Social, en Trabajo
Social o en Psicología o Técnico en Integración Social o en condiciones de obtenerlo, en la fecha en que
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

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