Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Almendralejo. Área de Fomento. Servicio de Planificación y Seguimiento de Proyectos (Badajoz). (01261/2023)
Bases de la convocatoria para la cobertura en propiedad de tres plazas de Oficiales de Obras correspondientes a las ofertas de empleo público de 2021 y 2022
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Ayuntamiento de Almendralejo

Anuncio 1261/2023

obligaciones inherentes a tal situación.
Duodécima.- Fase de periodo de prácticas.
12.ª.1.- Periodo de prácticas y duración: Para obtener la condición de funcionario de carrera, los funcionarios
en prácticas deberán superar una fase de prácticas evaluables y eliminatorias que tendrá una duración de dos
meses.
12.ª.2.- Contenido del periodo de prácticas: Durante esta fase los funcionarios en prácticas realizarán las
funciones propias del puesto de trabajo al que optan, adscritos al Servicio o Sección de dependencia orgánica.
Compaginarán el desempeño de las funciones con formación teórica en prevención de riesgos laborales, con
el conocimiento de los servicios, de los edificios e instalaciones municipales y otros espacios públicos.
12.ª.3.- Evaluación de las prácticas: Se realizará el seguimiento necesario de la actuación de las personas
aspirantes para constatar las aptitudes y actitudes personales, respecto al ejercicio de sus funciones. A estos
efectos se le asignará como tutor a un encargado o funcionario de la especialidad, que informará del
cumplimiento de la fase de prácticas.
Al finalizar el periodo de prácticas, la Jefatura de la Sección, en la que se han realizado las prácticas, recabará
información del tutor asignado así como de, al menos, dos empleados públicos de la misma unidad, y emitirá
un informe motivado sobre el trabajo realizado en este periodo de práctica, con la calificación de "apta" o "no
apta", según proceda.
Las personas que no superen el período de prácticas por haber obtenido la calificación de "no apta" perderán
todos los derechos a su nombramiento como personal funcionario de carrera.
Quienes no pudieran realizar el periodo de prácticas por causa de fuerza mayor debidamente justificada y
apreciada por la Administración, podrán efectuarlo con posterioridad.
12.ª.4.- Convalidación de la fase de prácticas: Quedan exentas de realizar esta fase aquellas personas
aspirantes que acrediten servicios prestados, en la misma categoría y especialidad, en este Ayuntamiento,
durante un mínimo de un año.
Décimo tercera.- Nombramiento como personal funcionario de carrera.
13.ª.1.- Nombramiento definitivo. Quienes hayan obtenido la clasificación de persona apta en el periodo de
prácticas será nombrada personal funcionario de carrera, por resolución de la Alcaldía-Presidencia,
publicándose anuncio del referido nombramiento en el "Diario Oficial de Extremadura".
13.ª..2.- Toma de posesión. La adscripción con carácter definitivo a los puestos de trabajo vacantes que se
ofrezcan a los aspirantes, se realizará según las preferencias ejercitadas por los interesados y teniendo en
cuenta la puntuación en el proceso selectivo.
Quienes sean nombrados personal funcionario de carrera deberán tomar posesión de su cargo en el plazo
máximo de 30 días siguientes a la notificación del nombramiento. Si no lo hiciera, sin causa justificada,
quedarían anuladas todas las actuaciones entendiéndose, así mismo, que renuncia a la plaza.
En el indicado plazo, si procede, el nombrado deberá ejercitar la opción prevista en el artículo 10 de la Ley
53/84, de 26 de diciembre. A falta de opción en el plazo señalado, se entenderá que opta por el nuevo puesto,
pasando a la situación de servicios en otras Administraciones Públicas, en el que viniera desempeñando.
En el acto de toma de posesión, el funcionario nombrado deberá prestar juramento o promesa de acuerdo
con la formula prevista en el Real Decreto 707/1979, de 5 de abril. Así mismo, desde la toma de posesión, los
funcionarios quedarán obligados a utilizar los medios que para el ejercicio de sus funciones ponga a
disposición el Ayuntamiento.
Décimo cuarta.- Constitución de lista de espera.
Concluido el proceso selectivo, con las personas aspirantes declaradas aptas, al menos en el primer ejercicio
de la oposición, y que no hayan obtenido el puesto de trabajo, objeto de la selección, se podrá formular una
lista de espera. En todo caso, su constitución, puesta en funcionamiento y vigencia dependerá de su
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

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