Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Almendralejo. Área de Fomento. Servicio de Planificación y Seguimiento de Proyectos (Badajoz). (01259/2023)
Bases de la convocatoria para la cobertura en propiedad de una plaza de Oficial de la Policía Local correspondiente a la oferta de empleo público de 2021
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Ayuntamiento de Almendralejo

Anuncio 1259/2023

El Tribunal de Selección incluirá 5 preguntas adicionales como reserva, haciéndolo constar así
en el cuestionario, para el caso de anulación posterior de alguna de las anteriores, de manera
que sólo serán tenidas en cuenta para el cómputo de la nota final a medida que se vaya
produciendo esa circunstancia.
8.ª.3.- Prueba práctica, que consistirá en resolver por escrito, en un máximo de noventa
minutos, dos supuestos prácticos que versarán sobre materias policiales relacionadas con el
contenido del programa incluido en el anexo III de esta convocatoria. Por parte del Tribunal se
podrá determinar la lectura del ejercicio.

Novena.- Fase de concurso.
9.ª.1- La fase de concurso, que será previa a la de oposición, no tendrá carácter eliminatorio y consistirá en la
calificación, por el Tribunal, de los méritos alegados y debidamente acreditados por los aspirantes, referidos a
la fecha de terminación del plazo de presentación de instancias. Se valorarán los méritos de conformidad con
el siguiente baremo.
9.ª.2- Experiencia profesional. La valoración máxima del apartado de experiencia profesional será de hasta un
máximo de 2,00 puntos de la puntuación a obtener.
Únicamente se valorarán meses completos los servicios prestados como Agente, a razón de 0,0125 puntos
por mes, hasta un máximo de 160 meses. Para determinar la puntuación obtenida se dividirá el número total
de días prestados por 30 días de cada mensualidad.
Tratándose de Auxiliares de Policía integrados en la categoría de Agente por aplicación de la disposición
transitoria primera de la Ley 7/2017, de 1 de agosto, de Coordinación de Policías Locales de Extremadura, o
normativa que la sustituya, se tendrá en cuenta el tiempo de servicio prestado en aquella categoría como si lo
hubiera sido en la de Agente.
Para acreditar este mérito se deberá presentar certificado de servicios prestados emitido por el órgano
competente de la Administración donde se hubieren prestado, con indicación del puesto desempeñado, la
naturaleza jurídica de la relación de servicios y el tiempo de su duración. Además se deberá acompañar vida
laboral, como documento complementario del anterior, sin que sirva por si sola para valorar los méritos
aducidos.
9.ª.3- Por formación académica. Representará hasta un máximo de 0,50 puntos de la puntación a obtener en
esta fase conforme se indica a continuación para cada titulación académica con sus correspondientes
equivalencias:
Doctorado: 0,4 puntos.
Grado: 0,3 puntos.
Técnico: 0,2 puntos.
Master: 0,1 puntos.
En todo caso, los títulos presentados para su valoración deberán de ser acordes a lo establecido en el Real
Decreto 822/2021, de 28 de septiembre, por el que se establece la organización de las enseñanzas
universitarias y del procedimiento de aseguramiento de su calidad, o normativa que lo sustituya.
Si se presenta más de un título de distinto nivel, excepto un Master, solo se valorará el de mayor nivel
académico conforme a la puntuación establecida. En caso de que se presente más de un título del mismo
nivel académico, excepto un Master, solo se valorará uno de ellos. Tratándose de un Master, podrán valorarse
todos los que se presenten y adicionarse a la titulación académica finalmente valorada hasta alcanzar el
máximo de puntuación prevista en este apartado.
9.ª.4- Por formación continúa. Representará hasta un máximo de 1 punto de la puntación a obtener en esta
fase.
Únicamente se valorará formación certificada por centros públicos regionales/nacionales de formación
policial, así como titulaciones expedidas por universidades públicas de la UE. También se valorará la
formación certificada por centros municipales, sindicales o privados cuando se trate de actividades formativas
que hubieran sido previamente reconocidas por centros públicos regionales/nacionales de formación policial.
Se valorarán un máximo de 2.000 horas lectivas, a razón de 0,0005 puntos por hora lectiva. Los cursos
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

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