Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Almendralejo. Área de Fomento. Servicio de Planificación y Seguimiento de Proyectos (Badajoz). (01260/2023)
Bases de la convocatoria para la cobertura en propiedad de una plaza de Agente de la Policía Local, a seleccionar mediante el sistema de movilidad por concurso de méritos, correspondiente a la oferta de empleo público de 2022
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Ayuntamiento de Almendralejo

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ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTOS
Ayuntamiento de Almendralejo
Almendralejo (Badajoz)
Anuncio 1260/2023
Bases de la convocatoria para la cobertura en propiedad de una plaza de Agente de la Policía Local, a seleccionar mediante
el sistema de movilidad por concurso de méritos, correspondiente a la oferta de empleo público de 2022

BASES PARA LA COBERTURA EN PROPIEDAD DE UNA PLAZA DE AGENTE DE LA POLICÍA LOCAL DEL EXCMO. AYUNTAMIENTO
DE ALMENDRALEJO MEDIANTE EL SISTEMA DE MOVILIDAD POR CONCURSO DE MÉRITOS.
La Junta de Gobierno Local, por delegación de la Alcaldía Presidencia, en uso de las atribuciones que le confiere el artículo
21.g) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local, en sesión celebrada el día 15 de marzo de
2023, adoptó el siguiente acuerdo:
Primero.- Aprobar las bases que regirán la convocatoria de selección para el nombramiento, con carácter de
personal funcionario de carrera, de una plaza de Agente de la Policía Local incluida en la oferta de empleo
público del año 2022, mediante el sistema de movilidad por concurso de méritos.
Segundo.- Publicar el texto integro de la bases en el Boletín Oficial de la Provincia de Badajoz, en la página
web www.almendralejo.es y en los tablones de edictos de este Ayuntamiento.
Tercero.- Que se proceda a realizar la convocatoria, para la provisión en propiedad de esta plaza, otorgando
un plazo de presentación de veinte días hábiles, a contar del siguiente a aquél en que aparezca publicado el
anuncio de la convocatoria en el Boletín Oficial del Estado, una vez que se hubiesen publicado íntegramente
las bases en el Boletín Oficial de la Provincia. El anuncio de la convocatoria también se publicará en el Diario
Oficial de Extremadura.
BASES
Primera.- Objeto de la convocatoria.
1.ª.1.- Objeto. Es objeto de la presente convocatoria la provisión en propiedad, mediante concurso de
movilidad, con arreglo a lo previsto en los artículo 55 de la Ley 7/2017, de 1 de agosto, de Coordinación de
Policías Locales de Extremadura, de una plaza de Agente de la Policía Local, encuadrada en la escala de
Administración Especial, subescala Servicios Especiales, clase de la Policía Local, escala Básica, pertenecientes
al subgrupo C1, según el artículo 76 del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se
aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, vacante en la plantilla de
personal funcionario y correspondiente a la oferta de empleo público para el año 2022.
1.ª.2.- Igualdad de trato. Todo el proceso selectivo se desarrollará en condiciones de igualdad efectiva entre
mujeres y hombres.
1.ª.3.- Adscripción. El miembro del cuerpo de Policía Local que resulte seleccionado se integrará, a todos los
efectos, como funcionario de carrera de la plantilla de este Ayuntamiento, respetándose los derechos de
grado y antigüedad que tuviese reconocido, quedando, respecto de la corporación local de procedencia, en la
situación administrativa de servicio en otras Administraciones Públicas.
El ingreso conllevará la adscripción al correspondiente puesto de trabajo vacante, contemplado en la vigente
relación de puestos de trabajo de personal funcionario (RPT en adelante), con las características, condiciones
de dedicación específicas, funciones, dependencia jerárquica y restantes determinaciones que corresponden
a este puesto, al margen de todas las establecidas, para el puesto de agente por la Ley Orgánica 2/1986, de 13
de marzo, de Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado así como por la Ley 7/2017, de 1 de agosto de
Coordinación de las Policías Locales de Extremadura.
1.ª.4.- Retribución. Estará dotado con las retribuciones básicas correspondientes al subgrupo C1 y demás
retribuciones complementarias, asignadas al puesto al que se adscriba, conforme a la vigente RPT.
1.ª.5.- Régimen de incompatibilidad. Estará sujeto a lo dispuesto en la Ley 53/1984, de 26 de diciembre, de
Incompatibilidades del Personal al Servicio de las Administraciones Públicas.
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

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