Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de La Codosera. Área de Fomento. Servicio de Planificación y Seguimiento de Proyectos (Badajoz). (01229/2023)
Bases y convocatoria para cubrir una plaza de Oficial Electricista, en régimen laboral fijo, por el sistema de concurso-oposición libre
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Ayuntamiento de La Codosera

Anuncio 1229/2023

N.º
orden

Concepto

Puntuación parcial

Puntuación
máxima

B.3

Experiencia: Se valorarán los servicios efectivos como Oficial
Electricista en la administración pública, en la empresa privada o
como autónomo, siendo excluyentes para un mismo periodo de
tiempo

0,0625 puntos/mes
de servicio efectivo

3,00 puntos

Justificación de los méritos
B1 Fotocopia compulsada de/los título/s.
B2 Fotocopia compulsada de los certificados expedidos por el Centro Oficial correspondiente, en los que deberá
constar expresamente las horas de duración de los cursos y las materias impartidas en el curso.
B3 1. Trabajos por cuenta ajena: Contrato/s de trabajo original/es o fotocopia compulsada, en los que debe constar
la ocupación de Oficial Electricista, acompañado de informe de vida laboral.
2. Autónomos: Copia del documento de alta en el Impuesto sobre Actividades Económicas en el epígrafe
correspondiente con el contenido de la categoría de la convocatoria.
Octava. Relación de aprobados, presentación de documentos y nombramiento.
Una vez terminada la calificación de los aspirantes, el Tribunal hará pública la relación de aprobados por orden de
puntuación en el tablón de edictos del Ayuntamiento, precisándose que el número de aprobados no podrá rebasar el
número de plazas vacantes convocadas.
De acuerdo con esta lista, se elevará al Ilmo. Sr. Alcalde-Presidente del Ayuntamiento, la propuesta de nombramiento, como
empleado en prácticas, del aspirante aprobado.
En el acta de la última sesión, se incluirá una relación de los aspirantes que, habiendo superado los ejercicios de la
oposición, no hayan sido incluidos en la lista de aprobados y propuesta de nombramiento, a los efectos de que si, por
cualquier circunstancia, algún aspirante aprobado no fuera nombrado, poder serlo, por orden de puntuación.
El aspirante propuesto aportará ante la Administración, dentro del plazo de veinte días hábiles desde que se publique en el
tablón de edictos del Ayuntamiento, los documentos acreditativos de las condiciones de capacidad y requisitos exigidos en
la convocatoria.
Quien dentro del plazo indicado, y salvo los casos de fuerza mayor, no presentase la documentación o de la misma se
dedujese que carece de alguno de los requisitos exigidos, no podrá ser contratado, quedando anuladas todas las
actuaciones, sin perjuicio de la responsabilidad en que pudiera haber incurrido por falsedad en su solicitud de participación.
Presentada la documentación por el interesado y siendo ésta conforme, el Ilmo. Sr. Alcalde-Presidente del Ayuntamiento
efectuará el nombramiento de empleado en prácticas a favor del opositor aprobado, que tendrá una duración de tres
meses.
Para obtener el nombramiento de empleado fijo, el aspirante aprobado deberá realizar y superar, con la calificación de
"apto", el citado periodo de prácticas.
Si el opositor no superase el período de prácticas perderá todos los derechos.
La toma de posesión del aspirante como empleado fijo deberá producirse en el plazo de los quince días siguientes a la
publicación en el Diario Oficial de Extremadura de la relación de aspirantes que lo hayan superado.
En el indicado plazo, si procede, deberán de ejercitar la opción prevista en el artículo 10 de la Ley 53/1984, de 26 de
diciembre, de Incompatibilidades del Personal al Servicio de las Administraciones Públicas.
En el acto de toma de posesión, el empleado nombrado deberá prestar juramento o promesa de acuerdo con la fórmula
prevista en el RD 707/1979, de 5 de abril.
Quien sin causa justificada no tome posesión en el plazo indicado, perderá todos los derechos derivados de la superación de
las pruebas y del nombramiento conferido.
Novena. Incidencias.
Las presentes bases y convocatoria podrán ser impugnadas de conformidad con lo establecido en la Ley 39/2015, de
Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

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