Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de San Pedro de Mérida. Área de Recursos Humanos y Régimen Interior. Servicio de Gestión de Recursos Humanos (Badajoz). (01185/2023)
Bases reguladoras de las ayudas para suministros mínimos vitales del Ayuntamiento de San Pedro de Mérida para el año 2023
13 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Ayuntamiento de San Pedro de Mérida

Anuncio 1185/2023

ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTOS
Ayuntamiento de San Pedro de Mérida
San Pedro de Mérida (Badajoz)
Anuncio 1185/2023
Bases reguladoras de las ayudas para suministros mínimos vitales del Ayuntamiento de San Pedro de Mérida para el año
2023

BASES REGULADORAS DE LAS AYUDAS PARA SUMINISTROS MÍNIMOS VITALES DEL AYUNTAMIENTO DE SAN PEDRO DE
MÉRIDA PARA EL AÑO 2023
EXPOSICIÓN DE MOTIVOS:
La Ley 3/2019, de 22 de enero, de Garantía de la Autonomía Municipal de Extremadura (LGAMEX, en lo sucesivo) tiene entre
sus finalidades la transformación en incondicionales de las actuales transferencias condicionadas aportadas por la
Comunidad Autónoma, dotando de autonomía local en la vertiente del gasto para el efectivo desempeño de las
competencias municipales propias conforme a los intereses locales. Por ello, se articula una nueva forma de colaboración
económica de la Comunidad Autónoma con las entidades locales, basada en los principios de confianza legítima, buena fe,
lealtad institucional, eficacia, racionalización y agilidad procedimental así como los de cooperación, colaboración y
coordinación entre las administraciones públicas, a través de la configuración de los Programas de Colaboración Económica
Municipal, que trata de librar a favor de las entidades locales los fondos que coadyuven para el eficaz ejercicio de sus
competencias.
Dichos programas recaen sobre ámbitos competenciales compartidos entre la Comunidad Autónoma de Extremadura y las
entidades locales y al respecto de la presente se aprueba la resolución de 16 de febrero de 2023, del Vicepresidente
segundo y Consejero, por el que se ordena la publicación en el Diario Oficial de Extremadura del acuerdo de 1 de febrero de
2023 del Consejo de Gobierno de la Junta de Extremadura, por el que se aprueba el Programa de Colaboración Económica
Municipal para Suministros Mínimos Vitales para el 2023 (DOE número 34 de 17 de febrero de 2023).
El régimen jurídico y presupuestario del Programa de Colaboración Económica Municipal para los Suministros Mínimos
Vitales, ha sido establecido por la Ley de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma Extremadura para el ejercicio
2023, disponiendo los ayuntamientos de competencias ejecutivas y de gestión del mismo.
El Título V de la Ley 7/2016, de 21 de julio, de medidas extraordinarias contra la exclusión social, regula un conjunto de
medidas bajo el enunciado genérico de "mínimos vitales", y en su artículo 14 prevé el marco normativo general aplicable a la
"garantía de suministros mínimos vitales".
Esta habilitación dio pie a la aprobación del decreto 202/2016, de 14 de diciembre, por el que se establecen las bases
reguladoras de las subvenciones a conceder por la Junta de Extremadura a los municipios de la región para la financiación
de las ayudas para suministros mínimos vitales, que fue modificado por el decreto 12/2018, de 30 de enero.
La competencia municipal en esta materia se asume, en primer lugar, como consecuencia de las previsiones genéricas
recogidas en el artículo 14 de la Ley 7/2016, de 21 de julio, citada y, que enlaza con las competencias propias reconocidas a
los municipios en el artículo 15.1 d) 1.ª de la LGAMEX en lo que afecta a la gestión de las políticas de inclusión social, aunque
también a las facultades de programación y planificación.
Este Programa de Colaboración Económica Municipal tiene como objetivo garantizar los suministros mínimos vitales de la
vivienda habitual a las personas residentes en las entidades locales extremeñas que cumplan los requisitos previstos en la
resolución de 16 de febrero de 2023 del Vicepresidente segundo y Consejero, por el que se ordena la publicación en el
Diario Oficial de Extremadura del acuerdo de 1 de febrero de 2023 del Consejo de Gobierno de la Junta de Extremadura, por
el que se aprueba el Programa de Colaboración Económica Municipal para Suministros Mínimos Vitales para el 2023 (DOE
número 34 de 17 de febrero de 2023).
La tramitación de las ayudas se hará con arreglo al procedimiento que determine cada entidad local, resultando, por tanto,
necesaria la aprobación de las presentes bases reguladoras de las ayudas para suministros mínimos vitales del
Ayuntamiento de San Pedro de Mérida para el año 2023.
Primera.- Objeto.
Constituye el objeto de las presentes bases, la regulación de las ayudas para suministros mínimos vitales del Ayuntamiento
de San Pedro de Mérida para el año 2023, que se regirán por lo dispuesto en la resolución de 16 de febrero de 2023 del
Vicepresidente segundo y Consejero, por el que se ordena la publicación en el Diario Oficial de Extremadura del acuerdo de
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

Página 2 de 13